Diario de Valladolid

SEMANA SANTA VALLADOLID 2025

Nueva procesión de la Penitencia en Valladolid sin indulto: El Ministerio rechaza la petición

Esta Semana Santa será la novena en la que un preso de la provincia no es excarcelado durante la procesión del Jueves Santo de la Cofradía de Nuestra Señora de la Piedad

Procesión de Penitencia de la Semana Santa de Valladolid, imagen de archivoICAL

Publicado por
Maria Bausela

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La Cofradía de Nuestra Señora de la Piedad de Valladolid vive de nuevo la nativa de su solicitud de indulto que en esta ocasión era para una reclusa de la cárcel de Villanubla. Esta hermandad lleva más de 100 años realizando este tipo de peticiones, pero cumple nueve Semanas Santas sin haber recibido el indulto por parte del Ministerio del Interior.

Hoy era el último día para que se pronunciaran a favor de esta petición al haberse celebrado el último Consejo de Ministros antes de la procesión de la Penitencia, que se llevará a cabo durante el Jueves Santo. Una cita que tal y como se ha ido sucediendo desde 2016 no contará con la excarcelación de un preso frente a la Audiencia Provincial.

En esta ocasión la persona seleccionada trata de “una presa muy joven que está a punto de entrar en el tercer grado que tiene muy buenos informes de buena conducta”, apunta Ángel Herrero, el hermano mayor de la penitencial. Su caso está relacionado con un suceso de violencia doméstica mutua por el que su entonces pareja también cumple condena.

Con ella había otros tres candidatos, todos hombres. “Empezamos por tener reuniones con el director de la prisión y con el presidente de la Audiencia Provincial que nos comunican una lista de personas que tienen buena conducta y luego nosotros decidimos”. Para tomar la decisión entre los diferentes reclusos valoran “la situación de cada persona. Vemos y hablamos con la familia, nos traen los informes favorables tanto del centro penitenciario como del juzgado y la sentencia, la leemos, nos informamos, y a partir de ahí es cuando nos ponemos en contacto con Madrid porque nos piden estos informes”.

Estas liberaciones están reservadas para los presos que cuenten con penas ya reducidas o en la recta final de su condena. Además, no deben haber cometido delitos de sangre, es decir, estar condenados por delitos considerados menores.

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