Diario de Valladolid

La presunta víctima de violación en el pinar tenía ADN salival del acusado

El fiscal reitera los once años de prisión y la acusación 12 más 30.000E de indemnización

Entrada a la sala cerrada al público por tratarse de un juicio de violación.-E. M.

Entrada a la sala cerrada al público por tratarse de un juicio de violación.-E. M.

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Íñigo Arrúe
Valladolid

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«Hoy no ha ido demasiado bien para nuestros intereses». El abogado del joven M.L., de 24 años, juzgado en la Audiencia de Valladolid por presunta violación y supuestas amenazas a su ex novia, fue sincero ayer al resumir el desarrollo de la última sesión de la vista oral que tuvo como protagonista el dictamen de los forenses sobre restos salivales encontrada en el cuerpo de la joven: eran del acusado.

El letrado se refería a la práctica de una prueba del Instituto Nacional de Toxicología que acredita la presencia de ADNcompatible con el perfil del acusado, pero de saliva, no de semen. La saliva fue encontrada en el cuerpo de la víctima y la posterior toma de un frotis bucal al investigado es lo que ha revelado la coincidencia del perfil genético.

Los restos salivales fueron detectados tras el lavado vaginal realizado sobre la víctima tras la supuesta agresión sexual. El lavado vaginal es una prueba incluida en el protocolo de atención sanitaria a víctimas en los casos de penetración. Además de tomas con hisopos en seco y de algodón, el lavado vaginal se realiza con suero fisiológico para la investigación del esperma y otros restos con ADN, como la saliva.

El abogado del encausado aseguró que el Instituto Nacional de Toxicologia detectó escasos restos de semen, pero descartados en cualquier caso como de M.L. Hay que tener en cuenta que la víctima, en aquella época mantenía una relación sentimental con otro varón.

Con la constatación de la presencia de saliva en el cuerpo de la chica, la defensa atribuyó estos restos a los «tocamientos» que intercambiaron en el coche en el día de autos. No fue el único mal trago para la defensa, ya que dos psicólogas que reconocieron a la víctima días después de los hechos, apreciaron en ella síntomas de ansiedad.

Relatos opuestos

Acusado y denunciante habían salido desde 2009 a 2014 –ella lo desmiente– y rompieron unos meses antes de la fecha de los hechos, el 3 de febrero de 2015, a medianoche, en el Pinar de Antequera. Él sostiene que habían estado juntos por la mañana y la tarde y tomaron incluso consumiciones en un bar. Aquí, uno y otro refirieron un final de cita opuesto.

La joven sostuvo que cuando le pidió a M.L. que la llevara a la casa de su novio, éste la trasladó al Pinar de Antequera sobre medianoche y en este espacio consumó la violación con penetración y el mismo día del suceso presentó denuncia por estos hechos en la Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía de Delicias.

M.L., por contra, sostiene que llevó a la joven a casa del novio de ésta y ahí acabó todo. Tajante, negó que la hubiese violado o forzado y también la emboscada con propósito sexual en el Pinar de Antequera.

«Entendemos que el móvil de todo es un resentimiento o una venganza porque ella quería reanudar la relación sentimental y él la rechazó», resumió el abogado defensor, que ayer se ratificó en la petición de la absolución en base la presunción de inocencia y en que las testificales no fueron, a su juicio concluyentes.

Contradicciones

«La víctima no se acordaba de nada y los testigos propuestos por la Fiscalía y la acusación particular, a pesar de ser parientes de la joven –el padre de ella y su novio–, no fueron muy explícitos y se escucharon muchas contradicciones», señaló. Del mismo modo vio «no acreditado» que su cliente amenazara a la víctima con matarle si no retiraba la denuncia, delito tipificado como ‘obstrucción de la Justicia’. El acusado nunca ha llegado a ingresar en prisión provisional por estos hechos.

El ministerio público se ratificó ayer en pedir un total de once años de prisión por un delito de agresión sexual y de obstrucción a la Administración de Justicia, para los que pide, por el primer delito, una pena de 9 años de prisión. Por el segundo delito interesa dos años de prisión y multa de diez meses a razón de seis euros por día.

La acusación particular eleva la solicitud de pena por el primer delito a diez años y coincide con la acusación pública en la solicitud de dos años por el segundo pero añade el pago de 30.000 euros de indemnización por los daños y secuelas.

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