Diario de Valladolid

El Supremo avala las jubilaciones en Sanidad

El Colegio de Médicos asegura que las jubilaciones «indiscriminadas» provocan un «déficit» de profesionalesSáez Aguado confía en que la sentencia del Tribunal Supremo ayude a clarificar las reclamaciones individuales

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ICAL

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El Tribunal Supremo avala el Plan de Ordenación de Recursos Humanos en materia de prolongación del servicio activo, aprobado mediante una orden de la Consejería de Sanidad en diciembre de 2012. El fallo, que rechaza el recurso de casación del Consejo de Colegios Profesionales de Médicos de Castilla y León, confirma la competencia del consejero para su aprobación y la no vulneración de la normativa europea, española y autonómica en materia de jubilación, según informó la Junta en un comunicado recogido por Ical.

En ese sentido, la sentencia de marzo de 2016 del alto tribunal confirma la dictada en primera instancia por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el 11 de abril de 2014. Ambas reconocen la competencia del consejero de Sanidad, Antonio María Sáez Aguado, para aprobar el denominado plan de jubilaciones, así como que la orden no excede los límites marcados por la legislación.

Asimismo, en su fundamento séptimo señala que «es clara la competencia del consejero de Sanidad para la aprobación de la orden por la que se aprueba el Plan y también para ejercer la potestad reglamentaria y la función ejecutiva en las materias propias de su Consejería». También, confirma que en la validez del programa no incide el que éste sea parcial.

Igualmente, confirma que el Plan no vulnera, como alegaba el recurrente, la normativa europea sobre el retraso de la edad de jubilación, ni tiene carácter discriminatorio ni arbitrario, al aplicarse con carácter general a todo el personal incluido dentro de su ámbito de aplicación.

Respecto a la finalización de las prolongaciones de permanencia ya autorizadas con anterioridad a la entrada en vigor del Plan, ratifica que no existe «un derecho subjetivo por parte de los funcionarios a obtener la jubilación a una determinada edad y la posibilidad del legislador de modificarla sin contravenir por ello el artículo 9.3 de la Constitución». Por último, el Supremo rechaza de plano los motivos de casación del Colegio en torno a que la sentencia de instancia ha incurrido en vicios formales e incongruencia interna.

Cabe recordar que el Estatuto Jurídico del Personal Sanitario establece que «la jubilación forzosa se declarará al cumplir el interesado los 65 años». No obstante, añade que se «podrá solicitar voluntariamente prolongar la permanencia en el servicio activo hasta cumplir, como máximo, los 70 años» y que esta autorización se resolverá por los servicios de salud de acuerdo con los planes de recursos humanos que se aprueben.

Tras conocer esta resolución, el presidente del Consejo de Colegios Oficiales de Médicos de Castilla y León, José Luis Díaz Villarig, destacó que acatarían la sentencia, si bien aseguró que las jubilaciones «indiscriminadas» han provocado un «déficit» de profesionales.

Villarig insistió en que, aunque respetan la sentencia, no están de acuerdo y estudiarán sus detalles, así como, si es posible, recurrirla, aunque personalmente se mostró partidario de no presentar otro recurso. Además, argumentó que se opusieron al Plan de Sanidad porque insistió en que pone en «peligro» la asistencial en «muchas áreas» de salud de la Comunidad.

En ese sentido, Díaz Villarig, que preside el sindicato médico CESM, que también recurrió el plan de jubilaciones, remarcó que los efectos de esta medida han tenido un especial impacto en Atención Primaria y en algunas especialidades. «Tendrán que darle a lo que está ocurriendo una salida. No podrán continuar así», afirmó tras insistir que la sanidad pública de la Comunidad ha prescindido de profesionales por un criterio «economicista» en un momento de dificultades.

Por su parte, el consejero de Sanidad, Antonio María Sáez Aguado, confió en que esta sentencia sirva para clarificar los pronunciamientos judiciales sobre las reclamaciones individuales que han presentado los profesionales a los que se les ha denegado la permanencia en el sistema sanitario al alcanzar la edad máxima de jubilación.

Así, el consejero destacó que la sentencia clarifica la validez del plan de Castilla y León, mientras los tribunales han tumbado otros programas similares puestos en marcha por los gobiernos autonómicos de Castilla-La Mancha, la Comunidad Valenciana y Baleares.

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