PROCURADOR DEL COMÚN
Tirón de orejas a 12 ayuntamientos de Castilla y León por sus campamentos no inclusivos
El Procurador del Común censura las actividades «inaccesibles» en municipios de las provincias de León, Valladolid, Ávila, Zamora y Soria / Según el Cermi, la mitad del alumnado con discapacidad no participa nunca o casi nunca
Si la conciliación es un desafío para cualquier familia, cuando se trata de críos con alguna discapacidad o necesidad especial la misión puede resultar épica. Por eso –y por los derechos a la igualdad real, la inclusión y el juego en la infancia– el Procurador del Común tira de las orejas a doce ayuntamientos de Castilla y León por no adaptar sus campamentos para que sean accesibles a cualquier menor. Lo hace en una actuación de oficio recién emitida por el llamado ‘defensor del pueblo’ de la Comunidad.
En concreto, señala a cinco municipios de la provincia de León (Ponferrada, Bembibre, Sariegos, Valencia de don Juan, Valverde de la Virgen), otros dos de Valladolid (La Cistérniga y Cigales), otro par de Ávila (Arévalo y Las Navas del Marqués), dos más en Zamora (la capital y Toro) y, por último, al consistorio de la ciudad de Soria.
A todos ellos les envía una resolución tras «constatar» que desarrollan actividades de ocio, tiempo libre o deportivas donde «no consta su adaptación a las necesidades de la población menor de edad con discapacidad, ni la disposición de personal especializado o con formación específica para su desarrollo».
«Estas circunstancias convierten a estas actividades en inaccesibles y, por tanto, en contrarias a lo dispuesto en la Convención de los Derechos del Niño, en la que se reclama ‘el derecho al esparcimiento, el juego y a participar en actividades artísticas y culturales’, así como en la Convención de la ONU sobre Derechos de las Personas con Discapacidad, que reconoce el ‘derecho de las personas con discapacidad a participar, en igualdad de condiciones con las demás, en la vida cultural’, así como en ‘actividades recreativas, de esparcimiento y deportivas’, y a tener acceso a los servicios que ofrecen esas actividades», argumenta el equipo de Tomás Quintana.
Para los menores, contextualiza el Procurador, este tipo de actividades «constituye un recurso imprescindible para fomentar su inserción social y autonomía personal» y, además, permite a las familias conciliar sus responsabilidades parentales y laborales».
Con ese objetivo varios ayuntamientos de Castilla y León a organizan una «oferta de campamentos de ocio y naturaleza, urbanos o de multideporte, que se revelan como un instrumento útil en la medida que facilitan el enriquecimiento y desarrollo personal, la formación y el intercambio juvenil». «Ahora bien, resulta fundamental que la participación se facilite a los menores con necesidades especiales, contando con personal de apoyo, monitores especializados y actividades y medios adaptados a sus características», matiza en su resolución.
En su argumentación, se apoya en los datos del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (el Cermi), al asegurar que «la mitad del alumnado con discapacidad no participa nunca o casi nunca» en este tipo de actividades de ocio «y solo el 20% lo hace de forma habitual». Añade que, según distintos colectivos destinados a la defensa de las personas con discapacidad física y orgánica, «la mayoría de los campamentos no son inclusivos, quedándose muchos niños y niñas sin participar».
La inaccesibilidad de los campamentos en estos doce consistorios señalados «atenta contra el derecho a la igualdad de trato en la infancia con discapacidad, y exige demandar la adopción de las medidas necesarias para que tal discriminación desaparezca».
Recuerda el Común que desde hace una década la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social reconoce «el derecho a los servicios de ocupación del ocio y del tiempo libre, exigiendo a las administraciones públicas su protección de forma especialmente intensa». Y, en Castilla y León, además, la ley de Igualdad de Oportunidades exige desde 2013 a las administraciones públicas, en colaboración con asociaciones o entidades privadas, «el desarrollo de programas y actuaciones dirigidas a facilitar el acceso y disfrute de las personas con discapacidad al ocio en igualdad de condiciones que las demás personas».
Esta exigencia dirigida a hacer efectivo el derecho a la igualdad en el acceso y participación en los servicios de ocio y tiempo libre «enlaza directamente con la inclusión». «De ahí nace la necesidad de crear entornos inclusivos que garanticen que todas las personas tengan las mismas oportunidades de participar», es decir, «espacios que tengan en cuenta» las diversas necesidades y «estén preparados con un tipo de actividades pensadas para que todos puedan participar y relacionarse, y adaptados a sus circunstancias, con el objetivo final de eliminar las diferencias y romper con todas las barreras».
Ante esta situación, y en una nueva resolución en defensa de la «integración plena», el Procurador del Común reclama «actividades de ocio y tiempo libre que respondan con plenitud» a las características y necesidades específicas, «respondiendo a los retos y dificultades que encuentran las familias para facilitar el ocio, el derecho al juego y las necesidades de cuidado que tienen sus hijos».
En concreto, emplaza a todos los municipios a «convertir en entornos o espacios plenamente inclusivos los campamentos para menores de edad, «de forma que estén preparados para la participación e integración de personas con necesidades especiales en convivencia con otras sin discapacidad, en un ambiente de tolerancia y respeto».
Y reclama, así, que, como mínimo, faciliten «el acceso y la participación real» de las personas con discapacidad, «desarrollen programas y actividades inclusivas que permitan participar a todos con flexibilidad y con independencia de sus condiciones físicas o intelectuales», que su entorno «sea previsible, controlable y accesible para todos y que «fomenten las relaciones interpersonales, incluyendo actitudes sociales positivas, y generen oportunidades de comunicación entre las personas.
Emplaza, además, a los organizadores a contar con «profesionales cualificados y formados debidamente en el desarrollo de un ocio inclusivo, considerando a tales efectos lo exigido en la normativa autonómica, así como a disponer de «los apoyos necesarios (personales y materiales) para contribuir a la participación de todos y a la atención específica de las personas con discapacidad y a tener «en cuenta las opiniones de las organizaciones del sector de la discapacidad para adaptar los espacios a otras necesidades reales de esta población».
No es la primera vez que Quintana se ocupa de los obstáculos para acceder a campamentos inclusivos. El año pasado, en otra actuación de oficio dictada en términos similares, instaba a la Consejería de Familia a promover actividades de ocio y tiempo libre que «respondan con plenitud a las características y necesidades específicas de las personas con discapacidad».