Diario de Valladolid

Los procuradores mantienen el privilegio de no ser juzgados por sus votos y opiniones

En la reforma del Estatuto para eliminar aforamientos PP y Cs, además, no suprimen el que no podrán ser detenidos salvo «flagrante delito», al igual que los miembros de la Junta, algo que el PSOE sí retira

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Publicado por
Felipe Ramos
Valladolid

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Fin de los aforamientos, pero a medias. Los procuradores de las Cortes de Castilla y León no pierden todos los privilegios. Eso es, al menos, lo que se desprende de las dos propuestas de reforma del Estatuto de Autonomía que plantean el Partido Popular y Ciudadanos, por un lado, y el PSOE, por el otro, y que se encuentran ya registradas en el Boletín Oficial de las Cortes autonómicas.

PP, Cs y PSOE mantienen el privilegio de inviolabilidad que el artículo 22 del Estatuto otorga a los parlamentarios en el ejercicio de sus votos y opiniones como procuradores. O lo que es lo mismo que mantienen el que no podrán ser juzgados por el sentido de su voto y lo que opinen, en el ejercicio de su cargo.

Es más, en el caso de los partidos que conforman el pacto de Gobierno, ‘populares’ y Ciudadanos, dejan inamovible, incluso, el que no puedan ser detenidos, salvo en claso de «flagrante delito», algo que sí suprimen en la propuesta que plantean desde los socialistas y que firman sus 35 procuradores.

En lo sí conciden los tres partidos es en eliminar y dejar sin efecto la segunda parte de ese artículo 22 del Estatuto de Autonomía, la que hace referencia a que deberán ser juzgados por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León: «...Correspondiendo decidir en todo caso sobre su inculpación, prisión, procesamiento y juicio al Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. Fuera del territorio de la Comunidad, la responsabilidasd penal será exigida en los mismos términos ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo».

En la argumentación para justificar esta reforma exprés del Estatuto, la dupla del pacto de gobierno PP-Cs señala, tal y como recoge su propuesta, que existe un amplio «consenso político y en la sociedad civil» por lo que se considera un «privilegio» y entienden que «conviene suprimir la figura del aforamiento para los procuradores de Castilla y León y de los miembros de la Junta», a la vez que indican que se lleva a cabo en aras de la transparencia, «como herramienta fundamental para mejorar la confianza de la ciudadanía en las instituciones».

El PSOE de Castilla y León justifica el que los procuradores y los dirigentes de la Junta dejen de estar aforados en los casos de corrupción política y en «una demanda del conjunto de la sociedad». «La supresión de los aforamientos para los cargos públicos dejando el enjuiciamiento para los tribunales ordinarios es una medida de regeneración democrática que debe de adoptarse a la mayor brevedad», destaca el PSOE en su propusta registrada ya por el boletín del Parlamento autonómico.

Lo que también aclaran desde el PSOE, algo que no se hace en el caso del PP y de Ciudadanos, es el porqué deciden que se mantenga ese privilegio de inviolabilidad por lo votos emitidos y las opiniones manifestadas en el ejercicio de su cargo. «Tan sólo esta última cautela tiene sentido ya que se trata de garantizar la independencia en el ejercicio de sus funciones del cargo», explican, a la vez que consideran que «el aforamiento como las previsiones en cuanto a la inviolabilidad resultan hoy un anacronismo».

Lo más curioso, en el caso del grupo liderado por el secretario autonómico del PSOE, Luis Tudanca, es que esa prebenda de inviolabilidad que sí ven necesaria para los procuradores no la entienden igual en el caso de los miembros del Ejecutivo. De esa forma, desde el Partido Socialista de Castilla y León se plantea la supresión del actual artículo 29 del Estatuto, en el que se recogen las «prerrogativas» del presidente de la Junta y de los consejeros.

PP-Cs, por contra, proponen que se mantenga en su parte final, aquella en la que se detalla que «el presidente y los demás miembros de la Junta, durante su mandato y por los actos delictivos cometidos en el territorio de la Comunidad, no podrán ser detenidos ni retenidos sino en caso de flagrante delito».

tramitación

Una vez presentadas y publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León ambas propuestas de reforma se inicia el periodo de tramitación. Así se recoge en el artículo 91, apartado 5 del Reglamento de las Cortes, en el que se deja claro que, de no prosperar la reforma, no podrá presentarse otra hasta transcurrido al menos un año.

Lo que toca ahora es dar traslado a la Junta, para que manifieste su criterio. Una vez que lo haga y se publique, llegará la toma de consideración en las Cortes, previa al debate y aprobación por el procedimiento de lectura única. Esto supone que no tiene que pasar por comisión para la presentación de enmiendas, por lo que requeriría que PP-Cs y PSOE hubieran consensuado de antemano un texto único. De prosperar este acuerdo, el Pleno de las Cortes deberá aprobarlo por mayoría de dos tercios.

El paso siguiente sería la remisión del proyecto de reforma a las Cortes Generales, donde debe recibir el respaldo tanto del Congreso como del Senado.

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