Diario de Valladolid

Las renuncias a herencias baten récord y se multiplican por tres en once años

Un 10,6% de los que heredan en Castilla y León, 2.714, desisten para evitar responder de las deudas del fallecido / León y Valladolid lideran el número de contribuyentes que no asumen las herencias

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J. Luis F. del Corral

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Una herencia es para muchos un regalo envenenado por más que proceda de sus seres más queridos. No por la voluntad del fallecido; tampoco necesariamente por el cuestionado impuesto de sucesiones, sino, sobre todo, porque con el patrimonio se heredan deudas y cargas tan pesadas que pueden ser más costosas que el valor de lo recibido en el testamento.

La crisis y sus secuelas han multiplicado por 3,5 el número de contribuyentes de Castilla y León que ha renunciado a aceptar las herencias. Si en 2007 fueron 784, el año pasado aumentaron hasta 2.714, según un estudio del Consejo General del Notariado.

Los 2.714 que renunciaron formalmente a recibir la herencia en 2018 representan el 10.6% de los que tenían derecho a asumir bienes de fallecidos. Hace once años, cuando se publicaron por primera vez estas estadísticas de los notarios, solo desistía el 3,5% de los herederos. La crisis y la lentitud de la recuperación explican que se hayan disparado tanto las renuncias a las herencias. «A los fallecidos no les dio tiempo a recuperar bienes gravados u otras deudas», señalan fuentes de los notarios.

En los últimos once años el número de renuncias ha aumentado todos los años en la Comunidad autónoma, excepto en 2016 cuando se produjo una ligera disminución (46 menos). La tendencia en el conjunto de España ha sido similar, aunque con mayor incremento de los desestimientos, que se multiplicaron por 4,2. De hecho, sólo en 2007 y en 2009 el aumento de las renuncias fue ligeramente mayor en la región que en el país.

Castilla y León con un 246% es la cuarta comunidad con menor repunte de las renuncias desde 2007, detrás del País Vasco (136%), Navarra (171%) y Aragón (199%). Murcia (555%), Andalucía (521%) y Galicia (448%) encabezan el aumento desde la precrisis hasta 2018.

Los notarios atribuyen este menor incremento de las renuncias a la tendencia menor de los castellanos y leoneses a endeudarse y a la actividad económica menos intensa de la Comunidad que se traduce en un menor incremento del patrimonio de sus ciudadanos.

Frente a la tendencia creciente de los últimos once años, el estudio de los notarios revela una desaceleración de las renuncias en 2018 al aumentar solo un 3,2% en Castilla y León, menos de la mitad que la media nacional (8,6%). Sin embargo, este menor incremento se produce después de un 2017 con casi un 25% de desestimientos más que el año anterior. Asturias lideró los aumentos de quienes descartaron sus herencias (28,6%), seguida de Castilla-La Mancha (25,4%) y Galicia (17,5%). La recuperación está provocando un freno cuando no reducción en algunas regiones, como Navarra (-8,9%), Aragón (-3%) y País Vasco (-0,9%).

Este fenómeno decreciente ya empieza a producirse en algunas provincias de Castilla y León. Valladolid (-12,1%), Ávila (-3,7%) y León (-1,4%) son las únicas donde el año pasado se redujeron los desestimientos a herencias. En el resto, aumentó.

José Ángel Tahoces, decano del Colegio Notarial de Castilla yLeón no tiene dudas por su larga experiencia de que «la existencia de deudas en el canal hereditario» es la causa fundamental de las renuncias, sobre todo cuando las deudas son muy elevadas. «Son deudas importantes generadas a lo largo de la crisis, que muchas veces son superiores a lo que se hereda».

En segundo lugar, pero a una distancia considerable, el decano de los notarios constata que hay hijos que renuncian a la herencia en favor de los nietos. «Esa renuncia no tiene efecto fiscal y son los nietos los que reciben la herencia en sustitución de los hijos».

José Ángel Tahoces reconoce que no son hechos frecuentes y que para que sea válida esta renuncia debe estar prevista en el testamento y formalizarla en el plazo de seis meses establecido para la liquidación del impuesto de sucesiones. «Si se sobrepasa este plazo, ya se considera una donación y la fiscalidad es mayor».

Un tercer motivo que la experiencia personal del notario castellano y leonés le ha enseñado es el llamado «efecto fiscal», cuando los herederos no son hijos o cónyuges y son «colaterales». Ya no les afecta la exención de 400.000 euros del impuesto de sucesiones enCastilla yLeón. «Si se sale del vínculo familiar ya no hay beneficio fiscal y el impuesto se empieza a disparar», ya que «es mayor cuando el parentesco es más lejano».

Es complejo precisar a cuánto asciende la herencia media de las renuncias en Castilla y León. «Hay muy pocas que superan el millón de euros, la media podría estar entre 200.000 y 400.000 euros» por heredero, estima el decano de los notarios de la Comunidad. «A las grandes herencias no se suele renunciar», añade.

¿Por qué hay tanta diferencia entre unas comunidades y otras sobre el impacto de las renuncias de herencias? José Ángel Tahoces lo atribuye al efecto del «boom inmobiliario». El mayor aumento se registra en comunidades autónomas como Murcia o Andalucía donde la crisis inmobiliaria fue mayor. Ese es el motivo de que Castilla y León esté entre las cinco menos afectadas. «Estamos en una comunidad menos expuesta al sector inmobiliario», agrega José Ángel Lahoces.

El decano de los notarios augura que en los próximos años se producirá «claramente» una disminución de las renuncias a herencias. «Aunque es imposible preverlo, la situación se ha revertido. El crecimiento económico contribuirá a que todos los problemas de insolvencia que generó la crisis se suavicen y no se repitan», explica Lahoces.

El representante de los notarios atribuye la gran diferencia del volumen de renuncias entre unas regiones y otras a motivos fiscales. Desde 2007 hasta ahora, las comunidades autónomas han ido ejerciendo su capacidad normativa sobre el impuesto de sucesiones creando una gran variedad de bonificaciones. «Cuanto menos gravoso es el impuesto, resulta más atractivo heredar».

La renuncia a una herencia solo se puede realizar cuando ha fallecido el testador y debe formalizarse en una escritura pública. Cuando los herederos desisten de recibir una herencia ésta corresponde al Estado. En esos casos, la ley dispone que las administraciones reciben la herencia «a beneficio inventario», por lo que sólo responden de las deudas y demás cargas de la herencia hasta donde alcanzan los bienes incluidos en ella, precisan fuentes del Consejo General del Notariado.

Para evitar renuncias y prevenir sobresaltos, los notarios están haciendo énfasis en los últimos años en la figura de la herencia a beneficio de inventario. Aunque es un proceso más lento, también es más seguro. Se hace un inventario de los bienes heredados y, tras pagar a los deudores, lo que queda se entrega al heredero.

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