Tribunales
Investigan como atentado la agresión a una médico de Valladolid por no recetar un champú
Le dio un puñetazo que la tumbó al suelo cuando le indicó que no era asunto prioritario y acudiera otro día a la médico de familia
La posible pena oscila entre uno y 4 años de cárcel

Protesta de sanitarios del Centro de Salud de Laguna del Duero al día siguiente de la agresión.
La sección segunda de la Audiencia Provincial (AP) de Valladolid ordena que la supuesta agresión de una paciente a la médico de urgencias de Centro de Salud de Laguna de Duero porque no le recetó un champú, se investigue como un delito de atentado a funcionario público y otro leve de lesiones. El primero de ellos puede acarrar penas de uno a cuatro años de cárcel, tal y como recoge el artículo 550 del Código Penal y como está promoviendo el Colegio Oficial de Médicos de Valladolid para poner fin a las agresiones a sanitarios.
El suceso ocurrió sobre las 21 horas del lunes 13 de enero de 2025, cuando la presunta agresora se acercó al centro de salud de urgencias de Laguna de Duero con la intención de que la prescribieran un producto que acababa de comprar en una farmacia, en concreto, un champú anticaspa.
Al ser atendida por la víctima, la médico de urgencias se negó a extender la receta al entender que ese tratamiento lo tenía que efectuar, si así lo consideraba, con su médico de cabecera, además de que era un producto «más cosmético que farmacológico». De hecho, le dio cita para el jueves 16 de enero con su médico de familia.
Pero ahí no quedó su malestar. Salió contrariada de la consulta y, al cabo de un hora, volvió al centro de salud. En su regreso a las instalaciones sanitarias, la presunta agresora, que fue atendida por otra profesional, se cruzó con la primera médica, momento en el que, según consta en las diligencias, se abalanzó sobre ella para propinarle un puñetazo que le partió el labio, del que acabó sangrando, y la tiró al suelo.
Es más, tuvo que ser separada por las personas que se encontraban en la sala de espera. Además de la lesión en la cara, la médico sufrió secuelas psicológicas que comprometieron su futuro como médico de guardia.
«Sin cruzar palabra, la propinó un puñetazo que la tiró al suelo y en la caída lesionó a una enfermera que estaba al lado. Es inaudito que piense que tiene derechos para exigir un champú y a agredir a la médico si no le da la receta», indicó Raimundo Baamonde, letrado de la víctima.
Atentado incluso con insultos
Precisó el abogado a este diario que, desde hace un tiempo, con la modificación del código penal, ya se reconoce que los médicos son autoridad y toda agresión se puede considerar atentado, incluso sin llegar a agresión física, basta con insultos o vejaciones, porque se consideran humillaciones. «El Colegio de Médicos de Valladolid está promoviéndolo: acusa sistemáticamente. No puede ser que un médico que está para ayudar, tratando de favorecer al paciente con trato cordial y exquisito... acabe agredido. Es importante que se sepa que estas conductas se castigan con una posible condena de cárcel, porque hay muchos casos. Es necesario que los médicos trabajen sintiéndose amparados. Hay que imponerse por las buenas y, si no, por las malas», recalcó el abogado.
En este caso de Laguna, la abogada de la acusada ya intentó dejar sin efecto el auto de la plaza 5 de Instrucción del Tribunal de Instancia, al entender que la motivación del auto de abrir diligencias por atentado y delito leve de lesiones «es absolutamente insuficiente y generador de indefensión». Interpuso recurso de reforma que fue desestimado en enero de 2026. Tras este rechazo, la letrada recurrió en apelación ante la sección segunda de la AP.
El tribunal penal vallisoletano ha llegado a la misma conclusión.
«El auto se remite a las diligencias de investigación realizadas, con ofrecimiento de acciones y declaración de la perjudicada, así como las testificales de las profesionales de la sanidad, y la declaración de la denunciada, con incorporación de su hoja histórico penal. En los fundamentos de derecho, además de detallar los hechos imputados y su provisional calificación, se describe la herida sangrante en el labio, existiendo informe forense sobre las lesiones que sufrió la perjudicada por la agresión descrita», indica el auto del que es ponente el magistrado César Gil Margareto.
Testigos de los hechos
El auto también resalta, para la avalar la verosimilitud de la denuncia, la presencia en el lugar de los hechos de las otras profesionales sanitarias oídas como testigos.
«La parte recurrente utiliza argumentación genérica para atacar la resolución recurrida e invoca nulidad y vulneración de derechos de su defendida sin ningún argumento concreto salvo el de la falta de motivación y análisis de indicios, argumentación que, carece de fundamento", indica la AP.
«La resolución recurrida está poyada en la declaración de la víctima y de tres testigos (están incorporados los videos de sus declaraciones) y en la existencia de lesiones objetivadas en un parte de asistencia o atención continuada que ya se incorporaba al atestado inicial y analizadas en el informe médico forense», concluye el auto. Por todo ello, la Audiencia Provincial desestima el recurso de apelación de la letrada de la denunciada, aunque el auto declara las costas de oficio «al no apreciarse temeridad en el recurso».