Tribunales
El TSJ también absuelve a un joven de Valladolid acusado de violar a su casera mientras estaba drogada
El tribunal ratifica la sentencia de la Audiencia Provincial y sostiene que las relaciones fueron consentidas y no tenía anulada su voluntad

Comisaria de Policía de Delicias, donde se denunciaron los hechos.
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha ratificado la absolución de un joven que fue acusado de violar a su casera de un piso de Delicias mientras ella estaba colocada tras ingerir cocaína.
El juicio por estos hechos se celebró en febrero de este año en la Audiencia Provincial de Valladolid, tribunal que dictó la absolución del joven al entender de que las relaciones sexuales fueron consentidas y ella no tenía anulada su voluntad sobre las mismas. También se le juzgó por un delito de amenazas, ya que la denunciante expuso que la coaccionó a ella y a su tía para que no relatara los hechos a la Polícía, acusación de la que también fue exonerado.
El acusado, Eduardo G., se enfrentó a una posible condena de ocho años y medio de prisión interesada por la Fiscalía y de 14 años de cárcel que solicitó la acusación particular. Esta última presentó el recurso de apelación que ahora acaba de ser desestimado por el alto tribunal castellano y leonés.
Según recoge el apartado de hechos probados de la sentencia, todo ocurrió durante la tarde del día 12 de agosto de 2023, cuando el procesado se encontraba en el domicilio del barrio de Delicias (Valladolid), en el que residía como inquilino desde hacía unos días, en compañía de unos amigos y de la arrendadora de la vivienda.
Dos rayas por la mañana
La citada era consumidora de cocaína y ese día había esnifado a lo largo de la mañana dos rayas de cocaína y por la tarde, algo más de esta sustancia estupefaciente, sin especificar la cantidad.
Cuando se quedaron solos en la vivienda, entre la 1 horas y la 1.30 horas, de la madrugada del día 13 de agosto de 2023, mantuvieron relaciones sexuales en el dormitorio de la denunciante, con penetración vaginal y sin preservativo, llegando a eyacular el procesado. Estas relaciones fueron consentidas por Andrea que no se hallaba profundamente dormida, ni tenía anulada su voluntad.
También añade que no ha resultado acreditado que el procesado amenazara a la casera en persona, por teléfono, por la aplicación de mensajería instantánea denominada Telegram, ni a través de su tía, entre los días 13 de agosto de 2023 y 16 de agosto de 2023.
En su razonamiento, el TSJCYL destaca “como de especial relevancia” la manifestación la propia denunciante cuando narró que se encontraba “en condiciones normales antes de acostarse, sin que se haya acreditado la existencia de sustancia alguna distinta de la cocaína, cuyo consumo reconoció, ni que dicho consumo produjera un estado incompatible con la prestación de consentimiento”.
Y sobre las amenazas recuerda que no están probadas. “No resulta convincente la versión relativa a las supuestas amenazas telefónicas, pues la denunciante sostuvo que se produjeron mediante llamadas que el acusado niega haber realizado, afirmando ella que las borró y que aportaría la correspondiente factura, extremo que, finalmente, no llegó a acreditar”, concluye la sentencia de la que ha sido ponente la magistrada Isabel Durán Seco.