La Fiscalía y la familia solicitan la nulidad del juicio por el crimen del vallisoletano Sergio Delgado
El Ministerio Público ve «infracción de normas y garantías procesales» en la condena a José Luis Novoa a 4 años por matar de un puñetazo al joven vallisoletano

José Luis Novoa, junto a su abogado, durante el juicio
La Fiscalía de Burgos y la acusación particular han presentado un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) en el que las dos partes solicitan la nulidad, y por tanto la repetición, del juicio con jurado celebrado el pasado mes de febrero en la Audiencia Provincial de Burgos a José Luis Novoa. Juicio en el que el que el jurado popular le declaró culpable de matar de un puñetazo al vallisoletano Sergio Delgado la madrugada del 24 de febrero de 2024, aunque indicaba en su veredicto que Novoa no tenía intención de matar a Sergio cuando le agredió.
Este veredicto eliminaba la posibilidad de que el acusado fuera condenado por un delito de asesinato, como reclamaba la acusación particular, o de homicidio, como pedía la Fiscalía. Días después, el magistrado presidente del tribunal, Roger Redondo, dictaba la sentencia que condenaba a José Luis Novoa a una pena de cuatro de prisión por un delito de homicidio por imprudencia grave.
Según ha podido confirmar este periódico, la Fiscalía Provincial de Burgos ya ha presentado este recurso ante el Alto Tribunal de la Comunidad después de haber analizado la sentencia. Estas mismas fuentes señalan que la presentación del recurso se fundamenta en la «infracción de normas y garantías procesales», lo que hace que se solicite la nulidad del juicio celebrado el pasado mes de febrero.
La fiscal que participó en las sesiones del juicio con jurado tuvo en muchas ocasiones problemas para poder llevar con normalidad sus interrogatorios y fueron muchos los momentos en los que no podía terminar algunas de sus preguntas por que le cortaba el juez, como cuando preguntó en el juicio al policía que instruyó el atestado por la causa de la agresión y el agente respondió que «la conclusión que sacamos es que se desencadena todo a raíz de preguntarle si era de Pucela», así como que el acusado estaba vinculado con grupos de ultraizquierda -llevaba pegatinas del grupo Mancebos en la riñonera con la que acudió a comisaría-, a lo que el presidente de la sala indicaba que ese relato policial se basaba en «conjeturas».
También confirmaba a este periódico la familia de Sergio Delgado que su abogado ya había presentado el recurso a la sentencia condenatoria a José Luis Novoa y también lo hacía para solicitar la nulidad del juicio con jurado. Este recurso ya lo anunció la hermana de Sergio,Carla, a las puertas de la Audiencia Provincial de Burgos minutos después de que se conociera el veredicto del jurado. Tras estallar y decir que «es una puta vergüenza», la hermana de Sergio cargó contra el juez cuando aseguró que «la vida de mi hermano merece más respeto del que ha tenido en esta sala». Entonces, ya planteó la posibilidad de solicitar la nulidad del juicio.
En este caso, según las fuentes jurídicas consultadas, las posibles causas para solicitar esta anulación del juicio puede pasar por que el veredicto «adolezca de algún defecto procesal o formal», es decir, que hubiera cuestiones en el objeto del veredicto que se entregó al jurado que «no eran adecuadas». Estas fuentes inciden en que es el objeto del veredicto en el que se centran los recursos a los fallos de los juicios con jurado, en ocasiones porque se plantean preguntas dudosas o ambiguas. Otra posible causa para recurrir es que el objeto del veredicto no tenga «una motivación suficiente».
El objeto del veredicto, que constaba de 17 preguntas, que finalmente se entregó a los nueve miembros del jurado fue sometido a las partes, como es norma en un juicio con jurado, y ya mostraron rechazo en algunos casos con la redacción de algunas preguntas y se plantearon diversas modificaciones. Las mismas fuentes jurídicas consultadas señalan que uno de los motivos por los que se pide la anulación de un juicio con jurado es que pueda haber defectos en el objeto del veredicto.
Por otro lado, la Audiencia de Burgos rechaza todas las atenuantes presentadas por la defensa de José Luis Novoa, condenado a cuatro años de prisión por matar de un puñetazo a Sergio Delgado la madrugada del 24 de febrero de 2024. Atenuantes que no se habían contemplado por el tribunal tras el fallo del jurado popular y que por «un error de transcripción informático, e involuntario» no aparecieron en la sentencia condenatoria dictada por el juez Roger Redondo y que se han incluido en el fallo a través de un auto aclaratorio.
El auto señala que la atenuante de embriaguez no es aplicable para Novoa. Aunque el jurado dio por probado que el agresor del joven vallisoletano había consumido alcohol, el tribunal considera que «es necesario que la ingesta alcohólica afecte a las facultades psico-físicas, conocimiento y voluntad, del acusado». El auto remarca que «no es suficiente» en este caso la ingesta de alcohol para aplicar la atenuante que reclama la defensa, ya que requiere «una limitación de las facultades intelectivas y volitivas». El juez aclara que en este caso que la víctima apreciara que Novoa se encontraba «muy borracho» sin que haya otro análisis «o dato fáctico» que apuntale esa «alteración relevante de sus facultades que la atenuante exige, impide su apreciación».
El juez señala que no se debe confundir la limitación de facultades «con el sentimiento de superioridad que aflora en quien consolida con el recurso a l violencia patrones de dominación en las relaciones».
El auto aclaratorio rechaza también la atenuante de confesión por considerar que no concurren las circunstancias. La razón principal que aduce el juez es que el acusado no confesó la agresión cuando acudió a la comisaría de la Policía, después de que supiera a la mañana siguiente que el joven vallisoletano había fallecido. De hecho, en su primer contacto con los policías encargados de la investigación el acusado «inicialmente no admitió ante la Policía el haber propinado un puñetazo a Sergio». Lo admitió después, «tras el resultado de la investigación policial, visionado de grabación, recogida de ropa de su domicilio, y testimonios de los presentes en el lugar de los hechos».
El tercer atenuante presentado por la defensa de Novoa y que también rechaza el tribunal es el de reparación del daño. El acusado consignó 20.000 euros a favor de los familiares de la víctima, algo que hizo antes de la celebración del juicio. En este caso, el juez recuerda que las cantidades indemnizatorias solicitadas por el Ministerio Fiscal, la Acusación Particular, y las fijadas por sentencia, que ascienden a 250.000 euros, «la cantidad consignada por el acusado no reúne los requisitos para producir el efecto atenuatorio».