Diario de Valladolid

Varapalo judicial al PSOE: El juzgado avala el coordinador político nombrado por Carnero

El tribunal desestima punto por punto el recurso de los socialistas contra el nombramiento de Indalecio Escudero y le impone las costas

Óscar Puente y Pedro Herrero, en una imagen de archivo durante un pleno antes del nombramiento del ex alcalde como ministro.

Óscar Puente y Pedro Herrero, en una imagen de archivo durante un pleno antes del nombramiento del ex alcalde como ministro.E. M.

Publicado por
Felipe Ramos
Valladolid

Creado:

Actualizado:

Punto por punto. Varapalo judicial al PSOE de Valladolid del Juzgado de lo Contencioso de Valladolid, que avala el cargo de coordinador político nombrado por el alcalde de Valladolid, Jesús Julio Carnero. Y lo avala porque el Juzgado desestima punto por punto todos los argumentos del recurso presentado por el portavoz del PSOE en el consistorio vallisoletano, Pedro Herrero, además de imponerles a la parte demandante "dado que la misma ha visto desestimadas íntegramente sus pretensiones", remarca la sentencia de 19 folios del Juzgado número 3 de 11 de abril, remitida desde el TSJ.

De esta forma,el Contencioso-Administrativo número tres de Valladolid da el visto bueno al acuerdo de la Junta de Gobierno adoptado en la sesión celebrada el día 21 de agosto del pasado año, por el que se modificaba la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) del Ayuntamiento para incorporar el puesto de director de Coordinación de Políticas Públicas, cargo que acabaría asumiendo Indalecio Escudero, ex viceconsejero de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano de la Consejería de la Presidencia.

La sentencia es clara y considera que el Ayuntamiento, gobernado por el PP y VOX, ha cumplido el procedimiento formal exigido, en el que figuran los trámites de contar con un informe previo de la Secretaria, negociar la aprobación con los representantes sindicales, recibir la aprobación de la Junta de Gobierno y ser publicado en el Boletín Oficial de la Provincia.

Argumentaciones a la que añade que se llevaba a cabo el preceptivo informe de sostenibilidad financiera, algo alegado por el portavoz del PSOE en su recurso. "El Ayuntamiento tiene habilitación presupuestaria para asumir el gasto", sentencia el magistrado, para acto seguido manifestar que se rechaza que el informe jurídico del interventor fuera solicitado y emitido sin que se remitiera el expediente administrativo completo ni a la asesoría jurídica ni al Secretario General ni al interventor.

Al mismo tiempo, en la sentencia se concluye que la aprobación del nuevo puesto de trabajo no debe pasar por Pleno y se recalca que "en ningún momento se está produciendo una delegación de funciones, sino que se está creando un órgano de apoyo a la Alcaldía".

Algo para lo que deja claro que en el catálogo de funciones no dice que el director de coordinación de Políticas Públicas tenga la potestad de elaborar o decidir la planificación de la acción de gobierno, o que coordine las políticas públicas, "su función es la de apoyar al alcalde y coordinar la labor municipal".

tracking