Diario de Valladolid

El pueblo de Valladolid que pagará 42.000 euros a una mujer herida tras el desplome de la plaza toros

El TSJ condena al Consistorio y a la empresa de los festejos de julio de 2019

Plaza de totos portátil instalada en Villafranca en julio de 2019 y cartel de los festejos taurinos. -ZARBAS88

Plaza de totos portátil instalada en Villafranca en julio de 2019 y cartel de los festejos taurinos. -ZARBAS88

Publicado por
Íñigo Arrúe
Valladolid

Creado:

Actualizado:

El Tribunal Superior de Justicia (TSJCyL) ha condenado al Ayuntamiento de Villafranca de Duero (Valladolid) , y también, de forma solidaria, a la empresa que organizó los espectáculos taurinos y a la aseguradora de la misma, a indemnizar con 42.038 euros a una mujer asistente a un festejo taurino al que acudió a las 10 de la mañana del 21 de julio de 2019 al final del encierro urbano de las fiestas populares de ‘ Santa María Magdalena ’, y que se lesionó de gravedad tras el derrumbe de una grada de toros portátil donde se encontraba sentada la denunciante. 

La sentencia ratifica la de primera instancia dictada, en los mismos términos, en marzo de 2023 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo 1 de Valladolid y que fue recurrida por las partes condenadas. La caída fue desde dos metros y medio de altura y le provocó lesiones de gravedad, tanto que fue dada de alta un año después, el 3 de julio de 2020, fecha en la que los médicos certificaron la consolidación completa de la fractura sufrida. 

El TSJCyL concluye que el accidente se produjo bajo la responsabilidad municipal. «En el presente caso existe responsabilidad patrimonial del Ayuntamiento de Villafranca de Duero, como administración organizadora y supervisora del festejo taurino, lo que determina su responsabilidad en virtud del principio de culpa in vigilando, teniendo el deber de comprobación o supervisión de las condiciones de seguridad que las instalaciones han de tener. A esta conclusión no obsta el hecho de que el Ayuntamiento demandado adjudicara a la entidad la organización de los festejos taurinos»., reza la sentencia. 

OPERADA TRAS LA CAÍDA

La denunciante tuvo que ser intervenida quirúrgicamente en el Hospital Clínico Universitario de Valladolid al día siguiente, el 22 de julio de 2019. Los médicos le realizaron una osteosíntesis cerrada y reducción mediante endomedular tipo Muhloc, según refleja la sentencia de la Sala de lo Contencioso del TSCyL a la que ha tenido acceso este diario. Cuatro testigos de los hechos, franceses, coincidieron en que la grada donde estaba sentada la actora se cayó al pisar en el tablón una tercera mujer. Un testimonio tenido en cuenta para la condena al Consistorio. 

Dos cónyuges galos testigos del suceso, lo describieron así: “Pudimos ver cómo los tablones de la grada de al lado donde estaba sentada la accidentada estaban separados por la mitad y, cuando una señora pisó en ellos, la grada se colapsó”. La víctima, en su denuncia, también agregó otras irregularidades en plaza desmontable. Así, indicó que «un empleado del Ayuntamiento no podía cerrar las puertas de hierro de la plaza y dio varios golpes para forzar su cerramiento. Después de varios intentos, al fin logró que se cerraran las puertas, lo cual influyó en la desestabilización de la estructura de la plaza, dando comienzo el mencionado encierro». 

El Ayuntamiento replicó estas manifestaciones. Interesó que se había producido una prescripción de los hechos y cuestionó  incluso que los testigos no acudieron al acto de juicio, por lo que, a su entender, abocó a un «vacío probatorio». 

PISADA EN UN ASIENTO

Todo ello después de recalcar que una señora pisó una zona de asiento, algo que no tuvo que hacer, y de desmentir que algún empleado municipal hubiese participado en las tareas de cierre de puertas de la plaza de toros del festejo taurino celebrado ese día 21. Es más, recalcó que todas las actuaciones relativas al montaje, y funcionamiento de dicha instalación, fueron realizadas por los operarios de la empresa del espectáculo, afirmación que confirmó el representante de legal de esta empresa contratada que añadió, a mayor abundamiento, que «existe un certificado del arquitecto técnico competente», obligatorio para la autorización y realización de los festejos, que certificó que la plaza estaba correctamente montada.

Toda esta batería de descargos, no convenció al abogado de la víctima, quien, hasta el final, ha apuntado al Consistorio y a la empresa de espectáculos: «La estructura falló por un motivo que nadie alcanza a concretar de forma fehaciente; y ese fallo debe atribuirse a quien tenía la responsabilidad del correcto montaje para que los festejos se desarrollaran de forma segura. No ha quedado acreditada la intervención externa de la actora o de un tercero en la consecución del daño, por lo que no se ha roto el nexo de causalidad entre la actuación de la entidad codemandada y la producción del accidente «, afirmó. 

DERECHO DE LA VÍCTIMA

La sentencia, que también condena en costas al Ayuntamiento y a las otras dos partes condenadas, incide en que la demandante no tiene el deber de discernir a quién compete que la plaza portátil estaba mal montada, si fue el Ayuntamiento o la empresa del espectáculo. 

«La relación contractual que las une a ambas», sostiene el TSJCyL, «no afecta a la parte recurrente, que está reclamando en virtud de una responsabilidad patrimonial extracontractual ajena a dicho contrato. Y todo ello, además, sin perjuicio del derecho de repetición que asiste al Ayuntamiento frente a la entidad que montó la plaza, en virtud del pliego de condiciones jurídicas y económico administrativas que rigen en la adjudicación para la realización de los encierros de novillos y demás actos taurinos durante las fiestas. La sentencia, cuando fue notificada, no era firme y podía ser recurrida en casación ante la misma sala del TSJCyL.

tracking