Diario de Valladolid

El TSJ confirma la absolución de un joven de violación a una «follamiga»

Whatsapps, informe forense y testigos propician el ‘in dubio pro reo’ y le libran de 9 años de cárcel

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Publicado por
Santiago G. del Campo
Valladolid

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La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJ) ratificó ayer la absolución de un joven de 25 años, acusado de agredir sexualmente a una ex pareja, de 19, que él mismo calificó en el juicio de «follamiga». El Alto Tribunal confirmó así la sentencia de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valladolid del pasado 17 de mayo, al desestimar el recurso de apelación interpuesto por la supuesta víctima. El encausado se enfrentaba a 9 años de prisión.

El caso está documentado con decenas de mensajes de la aplicación móvil Whatsapp, que la supuesta víctima y el acusado se cruzaron durante meses. En ellos se evidencia el ánimo de venganza que pudo motivar a la joven, al sentirse despechada por haber roto él la relación el 29 de julio de 2017. Ella denunció que la agresión sexual había tenido lugar el 21 de octubre siguiente, casi tres meses después, tras haber tenido relaciones sexuales que en anteriores ocasiones los dos habían calificado de «duras».

A estas pruebas se sumó el informe forense ginecológico efectuado el día siguiente, 22 de octubre, y esgrimido por la denunciante. Según detalló la Audiencia de Valladolid, «no presentaba ningún síntoma físico revelador de que hubiese sido víctima de una agresión sexual, ni lesiones en el área genital, excepto un eritema en el labio anterior del cérvix que pudiera ser debido a las peculiaridades de una relación sexual de cierta intensidad, pero que podría haber sido consentida».

Por otra parte, los testimonios de amigos de la pareja, y de un compañero de piso de la denunciante que durmió en la habitación contigua y no escuchó «nada raro» la noche del 21 de octubre, contribuyeron a que el Tribunal aplicase el principio in dubio pro reo, es decir: ‘en caso de duda, a favor del acusado’. La sentencia señala que no es posible determinar con seguridad que la relación sexual no fuera consentida.

«Que te jodan (...) que te hagan el doble de daño que me has hecho», le escribió ella a él cuando le comunicó, también por Whatsapp, que le había denunciado. Un tono que no era la primera vez que utilizaba la joven. La Audiencia consideró probado que el 16 de septiembre llegaron a quedar un día, en el que volvieron a discutir, llamándole ella a él «payaso de mierda», dolida de que fuera él quien la dejó. «Tu madre no tiene la culpa de haber parido a un hijo de puta desgraciado como tú», le espetó en esa ocasión. «El mundo es cruel y yo he decidido serlo más», aseguró en otros mensajes.

La sentencia detalla también el ‘culebrón’ de la separación. Después de romper «seguían manteniendo múltiples contactos vía Whatsapp en los que se pone en evidencia que S. (ella) estaba enamorada de J. (él) y era éste el que no quería volver a la relación con ella», explica el documento.

Él, por su parte, en mensajes del 11 de septiembre, reconoce que ya «no la quiere nada». Ella le reprocha que la hubiera dejado mientras él miraba la televisión, y que él sólo tenía «follamigas».

Especialmente prolijos en detalles son los mensajes de los teléfonos móviles del 21 de octubre. El procesado conectó con ella a través del Whatsapp, concretamente a las 5,21 horas, permitiendo ella que subiera al piso en el que residía, en Valladolid, piso que compartía con otros compañeros. Uno de ellos estaba ese día como durmiendo en la habitación contigua.

El acusado estaba «muy bebido» y S. le propuso que durmiera con ella en su habitación. «Una vez en la cama ambos comenzaron a besarse y a abrazarse, desnudándose, y comenzaron a mantener una relación sexual consentida por ambos, de la misma manera que habían mantenido relaciones sexuales en otras ocasiones y que ellos califican de ‘duras’», señala la sentencia. Después él se quedó dormido.

Fue horas más tarde, por la mañana, cuando entre ambos se produjo de nuevo una situación tensa. A las 15,17 ella le envía un mensaje en el que le dice «coge tu abrigo y vete», y él se marchó. Tras otra conversación de Whatsapp también hostil, ella acude, sobre las 19 horas del 22 de octubre, al Servicio de Ginecología del Hospital del Río Hortega de Valladolid, y le denuncia. Asegura que al principio las relaciones fueron consentidas pero luego le dijo que parara y él no lo hizo.

El fallo de la Audiencia Provincial ratificado ahora por el TSJ se opone a los nueve años de cárcel que habían sido solicitados tanto por la acusación pública como por la particular que, además, había solicitado una orden de alejamiento de al menos 500 metros.

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