Diario de Valladolid

Un juzgado de Valladolid condena a Asisa por un error que obligó a un paciente a ir a Navarra para un diagnóstico

La sentencia condena a pagar a la aseguradora una indemnización de 37.310 Euros

Publicado por
Europa Press

Creado:

Actualizado:

El Juzgado de Primera Instancia número 2 de Valladolid ha condenado a la aseguradora Asisa por el error en una patología digestiva a un paciente que se vio obligado a acudir a la Clínica de Navarra para conseguir un diagnóstico certero.

En la sentencia, en un caso que han llevado los servicios jurídicos de El Defensor del Paciente, se condena a la aseguradora a pagar una indemnización de 37.310 Euros a un asegurado.

Los hechos se remontan al verano de 2013, cuando el paciente, de 51 años y abogado de profesión, acudió el día 25 de agosto al Hospital Sagrado Corazón de Valladolid, perteneciente al cuadro médico de la aseguradora, por presentar malestar general, febrícula y cefalea. El paciente fue diagnosticado de "astenia" y derivado a su médico de Atención Primaria para control, según el relato de El Defensor del Paciente.

El día 23 de septiembre de 2013 el paciente volvió a urgencias del mismo hospital, por persistencia y agudización de los mismos síntomas, por lo que quedó ingresado a cargo de Medicina Interna con el diagnóstico de "fiebre de origen desconocido".

Entre las pruebas realizadas, destacaba TAC abdominal que mostraba una gran esplenomegalia, informe en el que el radiólogo indicaba "habría que descartar cirrosis/hipertensión portal o enfermedad hematológica". Sin embargo, el paciente fue dado de alta el día 28 de septiembre sin realizar ese estudio diferencial apuntado por el radiólogo.

El paciente continuaba con los mismos síntomas, por lo que decidió consultar con un médico del cuadro de Asisa especialista en Medicina Interna, al que acudió hasta en tres ocasiones durante el mes de octubre, sin alcanzar un diagnóstico.

El día 5 de noviembre su médico de Atención Primaria mandó realizar una ecografía abdominal en la que se observó que la vena porta estaba muy aumentada de calibre y la esplenomegalia había aumentado respecto del estudio previo.

El día 11 de noviembre el paciente acudió de nuevo a urgencias del Hospital Sagrado Corazón, donde quedó ingresado con el mismo diagnóstico que en ocasiones anteriores, "síndrome febril de origen desconocido", tras lo que fue dado de alta el día 14 del mismo mes. El médico que le atendió consideró que la fiebre podría estar causada por un seroma de una antigua herida quirúrgica.

SIN PRUEBAS COMPLEMENTARIAS

Todo ello sin atender a los resultados de las pruebas realizadas anteriormente, ni el nuevo TAC abdominal que se efectuó al ingreso, en el que se informaba de una gran esplenomegalia cuyo polo inferior alcanzaba la creta ilíaca. Tampoco en esta ocasión se realizaron estudios complementarios para alcanzar un diagnóstico diferencial.

A la vista de que continuaba sin diagnóstico ni tratamiento efectivo, el paciente decidió acudir a la Clínica de Navarra, que no pertenecía al cuadro médico de Asisa, el día 19 de noviembre de 2013.

El paciente aportó los estudios previos realizados desde el inicio de su periplo, tras lo que en Navarra se le realizó un nuevo TAC abdominal que evidenciaba una probable fístula en unión gastroesofágica con componente inflamatorio y estenosis de vena porta y en unión esplenomesentérica, que condicionaba la hipertensión portal.

Por fin, se alcanzó un diagnóstico que indicaba hipertensión portal prehepática y probable fístula en unión gastroesofágica y se adoptaron las medidas terapéuticas oportunas. Una de las posibilidades diagnósticas apuntadas era la que indicaba ya en septiembre el radiólogo del Hospital Sagrado Corazón que realizó el primer TAC abdominal al paciente.

En la revisión realizada en la Clínica de Navarra el día 7 de diciembre se le realizaron varias pruebas de control y se evidenció la perforación de la unión gastroesofágica que había condicionado el flemón perigástrico con estenosis portal, todo ello en relación con la esplenomegalia. Así, fue intervenido quirúrgicamente y se procedió a la colocación de una endoprótesis.

En Navarra, a diferencia de lo que ocurrió en el Hospital Sagrado Corazón, sí realizaron el diagnóstico diferencial, ha apuntado la asociación.

El paciente estaba adscrito a la póliza colectiva suscrita por el Colegio de Abogados de Valladolid con la compañía Asisa y debió acudir a una clínica ajena al cuadro médico de su aseguradora y asumió su coste, debido a que los medios dispuestos por Asisa resultaron "incompetentes" para alcanzar un diagnóstico, "poniendo en peligro la salud e incluso la vida del paciente".

Por tanto, la sentencia, considera que el paciente ha de ser reintegrado en los gastos abonados por el ingreso, intervención y tratamientos realizados en la Clínica de Navarra.

El fallo apunta que los facultativos del cuadro médico de Asisa bien podían haber alcanzado el diagnóstico desde el primer ingreso hospitalario del paciente. Sin embargo, éste debió acudir a un centro ajeno, al ver cómo su estado de salud empeoraba "a pasos agigantados" sin que los médicos adscritos al cuadro médico de su compañía hubieran dispuesto los medios para alcanzar un diagnóstico de un cuadro que se prolongaba durante meses con reiteradas consultas a distintos especialistas e ingresos hospitalarios.

El afectado había reclamado reiteradamente los gastos a la aseguradora, la cual respondido negativamente al haber recurrido a un hospital ajeno al cuadro médico.

Asimismo, estima procedente indemnizar al paciente por los días que median entre el primer ingreso en el Hospital Sagrado Corazón (23 de septiembre) y el día 19 de noviembre, fecha en que el paciente es diagnosticado en Navarra, al entender que el diagnóstico se podía haber alcanzado desde el primer ingreso hospitalario y que existió un retraso de diagnóstico entre ambas fechas que debe ser objeto de indemnización al afectado, además de los intereses al considerar que existe causa justificada para su imposición.

tracking