Una polémica ordenanza que registró más de 5.000 sanciones
Un total de 106 fueron por ejercer la mendicidad, mientras que transitar en bañador por la calle abarcó otras siete
Las sanciones por mendigar en la calle en los cinco años que lleva en vigor la ordenanza que prohíbe esta práctica ascienden a 106. Son pocas en comparación con las más de 5.000 impuestas por infringir la conocida como ordenanza antivandalismo, pero representativas de una manera de entender la seguridad y la convivencia ciudadana que cambiará con la entrada en vigor de la nueva regulación a la que la Junta de Gobierno del Ayuntamiento dio ayer el visto bueno y que comenzará a aplicarse a partir de septiembre.
En el caso de transitar en bañador o prendas similares por la calle, fueron siete las sanciones impuestas desde que la ordenanza pasase el filtro del Pleno.
La norma aprobada en la última legislatura del anterior regidor entró en vigor en marzo de 2012 y, en nueve meses, hubo 36 sanciones por practicar la mendicidad en la calle, además de otras 6 por la segunda modalidad de esta práctica castigada en la ordenanza:la recogida en el artículo 24, que castigaba mendigar en las vías y espacios públicos con actitudes coactivas que dificultasen el tránsito de personas o vehículos.
El 2013 batió el récord de sanciones por pedir en la calle. Era el segundo año de aplicación de este texto, que, pese a endurecerse en 2012, databa de una regulación anterior del año 2004 en la que sólo se prohibía pedir limosna a los ocupantes de vehículos, algo que se mantiene en el nuevo texto elaborado por el departamento que dirige Luis Vélez.
En los 10 meses de 2015 transcurridos hasta que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León derogó el artículo 15.1 –que prohibía «cualquier tipo de mendicidad»–, tras el recurso presentado por una plataforma de partidos y colectivos contra la ordenanza reformada, fueron 58 las sanciones impuestas. Suprimido este artículo, el número de multas cayó en picado en años sucesivos. Sólo hubo una en 2013, en este caso por infracción del artículo 24, la referida a actitudes coactivas, frente a ninguna en 2014, una en 2015 y ninguna en estos dos últimos años.