Diario de Valladolid

SUCESOS

El guardia civil de Zamora que asesinó a su ex mujer en Llanes estaba en activo sin arma pese a una condena de cárcel por lesiones y coacciones

A Dámaso F. S. se le suspendió una pena de 1 año y 8 meses de prisión y tenía prohibido acercarse al municipio asturiano

Dos policías municipales, en las proximidades del cuartel de la Guardia Civil de Llanes, y Dámaso F. S.

Dos policías municipales, en las proximidades del cuartel de la Guardia Civil de Llanes, y Dámaso F. S.EUROPA PRESS / E. M.

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Dámaso F. S., el guardia civil de la Comandancia de Zamora que mató a tiros a su pareja, también miembro del cuerpo, en el cuartel de Llanes (Asturias) tenía a sus espaldas un amplio historial de antecedentes y medidas relacionadas con otros episodios de violencia de género, entre ellas una pena de 1 año y 8 meses de cárcel por lesiones y coacciones que le fue suspendida, lo que le permitió continuar en activo aunque, eso sí, sin permiso de armas.

Según ha podido saber este periódico de fuentes de la investigación y judiciales, Dámaso F. S. se había beneficiado de la suspensión de la condena de un año y ocho meses de prisión. Las mismas fuentes explican que, aunque fue condenado a un año por un delito de lesiones y ocho meses por un delito de coacciones, el juez acordó suspender el ingreso en prisión, con lo que por el momento no entraría en la cárcel siempre que cumpla las condiciones impuestas por el juzgado. "Si incumple esas condiciones, el juez puede revocar la suspensión y ordenar el cumplimiento efectivo de la pena de prisión", aclaran.

Por otro lado, sobre el asesino pesaba también la prohibición de tenencia y porte de armas, que le impedía poseer o llevar armas durante el tiempo que dure la condena o la medida impuesta. De ahí que, precisamente, para cometer el crimen tuviera que robar el arma de un compañero. De hecho, la investigación deberá dilucidar en qué condiciones consiguió la pistola, a quien pertenecía y dónde se encontraba, puesto que es evidente que si recurrió a una era porque tenía toda la intención de matar.

También resulta llamativo que sobre el autor del crimen estaba vigente la prohibición de entrada en el municipio de Llanes. El juez le impuso la obligación de no acceder al término municipal de Llanes durante el periodo establecido en la sentencia, de manera que si lo incumplía podría cometer un nuevo delito de quebrantamiento de condena e ir a la cárcel. Pese a todo, no solo accedió al municipio sino que llegó hasta el cuartel de la Guardia Civil donde provocó la tragedia.

Finalmente, Dámaso F. S. estaba inhabilitado para el ejercicio de la patria potestad, con lo que durante el tiempo fijado por el juez había perdido el derecho a tomar decisiones legales sobre sus hijos menores. Esta medida, sin embargo, no implica necesariamente que pierda toda relación con ellos, sino que queda privada de esas facultades mientras dure la medida.

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