Diario de Valladolid

El TSJCyL ratifica la pena de 25 años al asesino de Benita Núñez

Ratifica el fallo el tribunal de jurado en la Audiencia por el asesinato de su mujer en Aranda en 2016

El abogado de la defensa, Fernando Vecino, durante la vista oral.-SANTI OTERO

El abogado de la defensa, Fernando Vecino, durante la vista oral.-SANTI OTERO

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Redacción de Valladolid
Valladolid

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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha confirmado la condena de 25 años y medio de prisión impuesta por la Audiencia de Burgos a José Tomás Villalibre por el asesinato de su exmujer, Benita Núñez, ocurrido durante la madrugada del 17 de julio de 2016 en Aranda de Duero. En su sentencia, la Sala de lo Civil y Penal del TSJCyL, con sede en Burgos, desestima el recurso de apelación interpuesto por el condenado y ratifica en todos sus términos el fallo el tribunal de jurado de la Audiencia burgalesa, que halló al recurrente autor de un delito de asesinato y otro de allanamiento de morada y le impuso una pena de 25 años y medio de privación de libertad. Además, no podrá acudir ni residir en Aranda durante 30 años ni aproximarse a los familiares más directos de la víctima a menos de 500 metros, ni comunicarse con ellos, durante 30 años, según informaron a Europa Press fuentes del TSJCyL.

El condenado deberá indemnizar con 112.080 euros al hijo y con 94.350 euros a la hija de ambos, así como con 92.400 euros a las cuatro hermanas y con 63.125 euros a la madre de la víctima. El jurado entendió que el acusado cometió un asesinato con alevosía, con las agravantes de parentesco y de cometer el delito por razón de género.

Los hechos se produjeron la noche del 16 de julio de 2016, cuando el acusado acudió a un concierto de Melendi en Aranda, a sabiendas de que la víctima iba también con dos amigas, después de haber intercambiado mensajes.

A la conclusión del concierto, el acusado se dirigió a la vivienda que había compartido con la víctima y que el juez le había atribuido a ella tras el divorcio. Pese a ello, entró en el domicilio utilizando unas llaves que aún conservaba y esperó en el sofá del salón la llegada de Benita, con la que entabló entonces una discusión por el reparto de los bienes comunes. El asesinato se produjo en la cocina, donde el acusado se hizo con un cuchillo con el que asestó a la víctima dos cuchilladas en el pecho mientras le tapaba la boca con la mano para amortiguar sus gritos. La muerte fue casi instantánea.

Recurso

El abogado defensor de José Tomás Villalibre entendió que se ha bía «vulnerado» el «derecho a la presunción de inocencia» de su cliente durante el juicio en el que se consideraron probados los hechos expuestos por las acusaciones ante el jurado popular que le declaró culpable por unanimidad a finales de abril de este año. Por ello, Fernando Vecino recurrió el veredicto con el fin de demostrar, entre otras cosas, que Villalibre debería ser juzgado por «homicidio» al entender que no existió alevosía en el ataque, con un cuchillo, que acabó con la vida de la víctima.

Tanto el Ministerio Fiscal como las acusaciones rechazaron en bloque la «estimación absoluta» del recurso de apelación planteado por la defensa. En primer lugar, tal y como detalló el fiscal valiéndose del dictamen del jurado, porque «sí concurrió alevosía» debido a que Núñez utilizó sus manos para protegerse del «ataque sorpresivo» de su ex marido, quien trató de acallar sus gritos.

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