Anulada la orden de quema de rastrojos
Carece de justificación ambiental y fitosanitaria / Ecologistas en Acción defiende que la quema de rastrojos conlleva “una grave pérdida” de biodiversidad y “empobrece” el suelo, además de que supone un alto riesgo de incendio forestal en algunas zonas
Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha declarado nula de pleno derecho la orden de la Junta que autorizaba la quema de rastrojos de cereales en la Comunidad por entender que carece de justificación ambiental y fitosanitaria. De hecho, la sentencia recoge que la eficacia o justificación de la quema de rastrojos como medida fitosanitaria son “muy escasas”, según informaron Ecologistas en Acción a través de un comunicado.
Este colectivo ecologista presentó un recurso contencioso-administrativo contra la orden dictada por el Ejecutivo autonómico al entender que no constaba en el expediente “dato o informe que justificara la necesidad de dictar dicha resolución como medida fitosanitaria de control de plagas” ni que hubiera plagas en la Comunidad ya que, de haber existido, la quema de rastrojos “no era el medio adecuado y necesario para combatirlas”.
A juicio de los ecologistas, la quema de ratrojos conlleva “una grave pérdida” de biodiversidad, además de que “empobrece” el suelo y supone un riesgo de incendio forestal cuando se practica en la proximidad de montes, al tiempo que agrava el problema de las plagas “al eliminar factores que pueden ser aliados en su control” y tiene “efectos nocivos” en la población expuesta, con un “serio problema” de salud pública.
De la misma forma, la sentencia reconoce que la orden impugnada “no cumple ninguna de las finalidades por las que se dictó” y vulnera el espíritu y finalidad del Real Decreto que establece las normas de condicionalidad que deben cumplirse en el marco de la Política Agrícola Común (PAC). Por último, los ecologistas incidieron en que las nubes de humo generadas por las quemas contienen gases tóxicos con efectos negativos sobre el sistema respiratorio y cardiovsacular, con especial preocupación ante la presencia de dioxinas e hidrocarburos aromáticos policíclicos, canderígenos reconocidos por la Organización Mundial de la Salud (OMS) que se incorporan a la cadena alimentaria y pueden provocar efectos neurológicos en fetos por exposición durante el embarazo, daños a los sistemas hormonal e inmunitario, o varios tipos de cáncer, concluyeron.