Diario de Valladolid

Competencia vapulea la ley de viviendas turísticas de la Junta

La CNMC la recurre ante el TSJ por entenderla «contraria a la competencia» / Turismo se enroca, no varía ningún artículo, pese al aviso de hace meses, y defiende que «lucha contra la competencia desleal»

El director general de Turismo, Javier Ramírez.-E. M.

El director general de Turismo, Javier Ramírez.-E. M.

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Alicia Calvo
Valladolid

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Competencia vapulea la normativa de alquiler vacacional de Castilla y León. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) echa por tierra el decreto por el que se regulan los apartamentos y viviendas turísticas de la Comunidad, aprobado a principios de año.

Ante este revés, la Consejería de Cultura yTurismo se enroca en la idoneidad de su norma y hace, una vez más, oídos sordos a las recomendaciones de este organismo.

Frente a la inacción de la Junta, la CNMC decidió recurrir la normativa ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ), al que exige que retire o modifique una decena de artículos de la norma porque estima que resulta contraria «a la competencia».

Acudió a la vía contenciosa-administrativa contra Castilla y León y también contra Galicia, aunque en menor medida, después de haber formulado un requerimiento previo, en abril, a cada comunidad informando de estas cuestiones e invitando a que las subsanaran antes de dar este paso ante los tribunales.

Entonces, como ahora, la Consejería no lo tuvo en cuenta y refrenda su posición y su decreto, tal y como lo aprobó el Consejo de Gobierno el pasado 16 de febrero.

El director general de Turismo, Javier Ramírez, explicó ayer a este diario que «la postura de la Junta no ha variado» y que pasa por que el decreto «no atenta contra la libre competencia de los mercados», sino que responde a una necesidad «de ordenar el sector y una realidad que existe».

Competencia envió ayer un comunicado en el que detalla que interpuso los recursos porque la legislación aprobada en ambas autonomías va en contra, también, «de los principios de regulación económica eficiente».

Por ello, pidió al tribunal que elimine varios aspectos del decreto gallego, en el caso de Castilla y León se extiende más y solicita que suprima alguno más por entender que son «injustificados y perjudiciales a la competencia».

En concreto, desaprueba la inclusión de los precios en catálogos, directorios, guías o sistemas informáticas. También estima que debe desaparecer «la posible intervención de la Administración para realizar recomendaciones de precios que pueden ser empleados como precios de referencia».

Pero va más allá y tampoco comparte otros apartados, como el que regula la existencia de un catálogo exhaustivo de requisitos técnicos y servicios mínimos e, incluso, también se manifiesta en contra de que sea obligatoria la colocación de un distintivo en el inmueble turístico.

No termina ahí el listado de peticiones. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia refirió al tribunal que considera que no debe exigirse «la asistencia telefónica 24 horas» y aboga, en cambio, por que se permitan «vías alternativas a la atención a los usuarios».

Existen dos últimos apartados en los que interviene: reclama que se deroguen los artículos que regulan «la prohibición de cesión por habitaciones y la fijación de criterios temporales para limitar estancia».

La Comisión expuso que con los requerimientos de abril quiso «argumentar la necesidad de mejorar las normas y evitar la vía contenciosa-administrativa».

Sin embargo, explicó que «dado el tiempo transcurrido entre los requerimientos y el recurso judicial», ambos gobiernos autonómicos pudieron «mejorar o anular las restricciones injustificadas puestas de relieve por la CNMC, en beneficio –señaló– de los consumidores y usuarios».

Es más, indicó que ambas comunidades, «a pesar de responder a la Comisión, no variaron su normativa».

Este organismo también arguyó que está «legitimado» para impugnar ante los tribunales las disposiciones generales de rango inferior a la ley «de los que se deriven obstáculos al mantenimiento de una competencia efectiva en los mercados».

En el escrito subrayó que es «el organismo independiente regulador de los mercados y que garantiza y promueve una competencia efectiva».

La Junta respondió ayer, como ya hiciera cuando recibió el requerimiento, que va a seguir defendiendo los criterios mantenidos porque estima que ha tenido en consideración «a los interesados del sector, a los titulares de viviendas que desarrollan actividades que necesitan regularse» y que su norma «equilibra el interés en relación a la comercialización de los pisos tutelados, a la vez que garantiza unos mínimos de calidad turística y los derechos de quienes visitan Castilla y León».

Negó Javier Ramírez que esta norma «constriña la iniciativa privada» y que «desarrolle agravios comparativos». Más bien, defiende lo contrario. Esgrimió que no efectuar la regulación, tal y como está redactada, sería «facilitar la competencia desleal». «Este decreto contribuye a la lucha contra la actividad clandestina y la economía sumergida», indicó, para a renglón seguido apuntar que «no favorece a las empresas instaladas, ni se imponen mayores cargas a este tipo de alojamiento turístico frente a otros».

Desde que se empezó a hablar de él, Consejería insistió en que este decreto trata de «evitar el intrusismo». De nuevo, ayer, Ramírez sostuvo esa tesis: «Lo más importante es tener un regulación que permita tener un marco jurídico que facilite esa libre competencia en el sector», dijo, y negó que sus requisitos elevaran «en ningún caso los costes de entrada en el mercado», como argumenta Competencia.

La Junta se escuda en que la regulación ha tenido en cuenta «los criterios consensuados con otras comunidades» y que ha contado con «los informes preceptivos favorables» del Consejo Autonómico de Turismo de Castilla y León, el Consejo Económico y Social y el Consultivo, ambos de la Comunidad.

Lo que suceda con este recurso atañe a numerosos interesados en Castilla yLeón. Desde que el decreto entró en vigor, más de medio millar de titulares se incorporaron a ejercer la actividad de alojamiento en la modalidad de viviendas de uso turístico en la Comunidad.

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