La Junta deberá devolver más de 10M€ por deficiencias en el control de aguas y registro de animales
La resolución del BOE explica que en Castilla y León se han detectado deficiencias en “controles fundamentales y auxiliares”
La Junta de Castilla y León deberá devolver 10,07 millones por deficiencias en el control de aguas subterráneas e identificación y registro de bovinos y ovinos-caprinos, según una resolución con correcciones financieras agrarias, publicada por el Boletín Oficial del Estado (BOE) de ayer, por incumplimientos del Derecho de la Unión Europea. Esta liquidación de deuda se abonarán con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (Feaga), con 9,6 millones, y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), con 433.138 euros.
En total, cinco resoluciones que suman un total de 25,22 millones de euros aplicadas a Comunidad Valenciana, Cataluña, Andalucía, Castilla y León y Murcia, si bien es la región la que soportará la devolución más importante, con 10,07 millones, más intereses de deuda generados. Se trata de un acuerdo del Consejo de Ministros del 14 de julio, a propuesto del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, por el que se aprueba “la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la UE iniciado a Castilla y León el 17 de enero de 2017”.
La resolución del BOE explica que en Castilla y León se han detectado deficiencias en “controles fundamentales y auxiliares”. Los primeros se centran en la “no imposición de sanciones por la no realización o realización inadecuada de controles sobre el terreno en el marco de la condicionalidad”. Es decir, en requisitos legales de gestión y la no aplicación o aplicación incorrecta de las sanciones reglamentarias. En concreto, se detectaron deficiencias a la hora de garantizar la eficacia de los controles sobre el terreno realizados, en la protección de aguas subterráneas, nitratos, alcance del control de los productos fitosanitarios, legislación alimentaria, bienestar de los terneros, control del bienestar del ganado porcino y bienestar animal general.
También se halló un tratamiento “incorrecto de las infracciones” en el caso de la identificación y registro de bovinos y de ovinos-caprinos, “discrepancias” entre los requisitos controlados sobre el terreno y los consignados como comprobados en el informe final y la “no aplicación del concepto de incumplimiento intencionado”.
Contra todos estos acuerdos cabe recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Supremo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación del mismo.