La Comunidad contará con un listado de impagos para evitar cortes de luz
El Gobierno remite a la Junta el borrador del decreto ley del bono social al que se accederá por la renta

Imagenes de contadores digitales de electricidad en unas viviendas de Valladolid.-E.M.
Las compañías eléctricas deberán remitir a la Consejería de Familia un listado «permanentemente actualizado» sobre las suspensiones del suministro eléctrico previstas para que la Junta proteja a las familias que se encuentren en esta situación y evitar «cortes indeseados».
Así consta en el borrador que desarrolla el decreto ley sobre el bono social que el Gobierno trasladó ayer a las comunidades autónomas para que efectúen sus aportaciones, según una nota remitida a los medios.
El bono social es un mecanismo de apoyo en el pago del recibo eléctrico para personas vulnerables, que hasta ahora suponía un descuento del 25% en la factura.
El nuevo texto refuerza la coordinación entre administraciones y las compañías comercializadoras para aumentar la protección de estos usuarios con esta opción y amortiguar los efectos de la pobreza energética, que provoca que muchos hogares no puedan costear el suministro de un servicio tan básico como la luz.
El reglamento que se está configurando da herramientas a las comunidades para minimizar estos casos.
Las suministradoras deberán actualizar ese listado de los impagos y las fechas previstas para la suspensión, al menos una vez a la semana, y la Junta tendrá que designar un centro que canalice esta información.
Una vez que reciba los datos, la Comunidad tiene varias posibilidades.
Si el usuario está siendo atendido por los servicios de la Consejería de Familia, ésta se lo puede comunicar a la empresa y emprender diferentes acciones para que el corte no llegue a producirse, como aplicar este bono si se cumplen todas las condiciones para acceder a él.
Si no está siendo atendido, existen otras opciones. Entre ellas consta la de la incorporación del usuario al precio voluntario del pequeño consumidor para poder así ampliar el plazo de abono de la factura hasta los cuatro meses y aplicársele, a la vez, algunos descuentos.
Con la misma filosofía aparece una de las principales novedades, que consiste en que si el usuario es beneficiario de alguno de los programas sociales de la Consejería y éstos cubren el 50% de la financiación de la factura, «el suministro será declarado esencial y se cofinanciará junto con las eléctricas», por lo que se impide el corte de suministro para estos hogares.
De este modo, serán las empresas las que abonen la cuantía restando dentro de esta nueva financiación conjunta en materia de servicios sociales.
Este borrador también otros cambios generales. El primero se basa en que introduce el acceso al bono social sólo por criterios de renta de la unidad familiar, mientras hasta el momento la renta no era una variable a tener en cuenta y los beneficiarios de esta aportación eran determinados tipos de consumidores, como pensionistas con prestaciones mínimas, hogares con todos sus miembros en paro y familias numerosas, entre otros.
Para las situaciones de mayor gravedad, se crea una nueva categoría constituida por los «hogares vulnerables severos» en situación de exclusión social, que estarán «más protegidos» y se beneficiarán de «un descuento más elevado que los consumidores vulnerables».
También se amplía el plazo para cortar la luz tras comunicar el impago al usuario. Antes, las eléctricas tenían la obligación de esperar dos meses, ahora el ciudadano vulnerable acogido al bono social cuenta con otros dos meses más de margen.
En aras de aumentar las garantías para el usuario, las empresas estarán obligadas a realizar tres reclamaciones «fehacientes» de pago.
Las compañías adquieren otra obligación que va encaminada a mejorar la transparencia en la contratación, la de comunicar a sus clientes la posibilidad de acogerse al precio voluntario para el pequeño consumidor y de solicitar el bono social si cumple los requisitos.
Con estas modificaciones, las eléctricas podrán suspender el suministro si la factura no se hubiera abonado sólo una vez que transcurran los dos o cuatro meses -según el caso- para la suspensión del suministro por impago y la Junta hubiera efectuado todas las acciones posibles.
Novedades del bono social
Renta . Aparece como criterio único el nivel de renta de la unidad familiar por lo que variarán los usuarios acogidos al bono social, que supone descuento en el pago de la factura y más margen de tiempo para abonar la factura.
Plazo . Hasta ahora, si no se recibe el pago de la factura en dos meses desde la reclamación del mismo, las comercializadoras podían proceder al corte. Ahora son cuatro para los consumidores con bono social.
Hogares vulnerables severos . Nueva categoría más protegida y con mayores descuentos que los consumidores vulnerables.
Trasparencia de las eléctricas . Tienen la obligación de comunicar al cliente si cumple los requisitos para el bono social y para acogerse al precio voluntario para el pequeño consumidor.