Gago deberá ir a la cárcel tras elevar el Supremo su condena a 14 años

El TS incrementa la pena de 12 a 14 años de prisión al añadir al delito de cómplice el de tenencia ilícita de armas / Mantiene los 20 y los 22 años para Triana y su madre, la asesina confesa de Carrasco

Fermín Guerrero, Raquel Gago, Triana Martínez y Montserrat González, en una imagen de archivo durante el juicio.-CASARES

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FELIPE RAMOS / ALICIA CALVO
Valladolid

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El tiempo en libertad para la tercera condenada por el asesinato de la presidenta de la Diputación y del PP de León, Isabel Carrasco, se terminó.

El Tribunal Supremo eleva la condena para Raquel Gago, y suma dos años por tenencia ilícita de armas a los doce que le impuso el Tribunal Superior de Justicia como cómplice del crimen de Carrasco en concurso de atentado.

El fallo fue comunicado ayer a la Audiencia Provincial y la sentencia completa se conocerá en los próximos días, según un escueto comunicado del Supremo, remitido por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. La policía local, que se encuentra en libertad bajo fianza, tendrá que entrar en la cárcel en los próximos días, una vez que se conozca la sentencia.

De hecho, el fiscal jefe de León y la acusación particular, ejercida por la hija de la víctima, exigieron ayer que entrara ya en la cárcel.

El Alto Tribunal estima así el recurso de la Fiscalía del Supremo. El Ministerio Público defendía que no existía «la menor duda» de que Raquel Gago «tenía conocimiento y aceptó hacerse cargo del arma» con el que se perpetró el crimen.

El Supremo considera así probado que Gago sabía que el revolver que su amiga, Triana Martínez, la hija de la asesina confesa de Carrasco, le había dejado en su coche dentro de un bolso y que tuvo en su poder 30 horas, era con la que Montserrat González le había descerrajado cuatro disparos, uno no impactó, por la espalda y a quemarropa a la presidenta de la Diputación leonesa.

La Sala Segunda del Supremo sólo corrige al TSJ de Castilla y León en lo relativo a este delito. Respalda el resto de su sentencia, al mantener la calificación de cómplice, en lo que supone un nuevo varapalo para el juez de la Audiencia Provincial de León, Carlos Álvarez.

Este magistrado, en un insólito fallo que enmendó primero el TSJ y, ahora, el Supremo, desautorizó al jurado y desoyó su veredicto. Redujo de cómplice a encubridora la pena a la policía local que, durante todo el proceso judicial, se vio arropada por colegas de profesión.

El abogado de Gago, Fermín Guerrero, fue más allá con las pretensiones sobre su defendida. Guerrero, que permaneció fugado 18 horas en medio del proceso judicial y obligó a suspender una vista en el juicio que pretendía repetir, solicitó un nuevo juicio o la absolución. El letrado considera que se vulneró la presunción de inocencia de su patrocinada.

Sin embargo, la sentencia del TS es firme y contra ella no cabe recurso. Una vez concluido este proceso judicial, únicamente podría presentarse un recurso de revisión. Se trata de un mecanismo legal que para poder utilizarlo debe aparecer una prueba nueva que pudiera servir para demostrar que la condenada no participó en los hechos, según explicaron desde el propio TSJ.

Con la deliberación de la Sala, Gago pasa por la cuarto ‘veredicto’ que difiere del resto. Primero la condenó el jurado popular, antes de ser desautorizado por el juez. Los miembros del mismo consideraron por mayoría (siete de nueve votos) que la agente de policía urdió con las otras dos condenadas un plan para cometer el asesinato de la tarde del 12 de mayo de 2014 y la situaron casi al mismo nivel que a Triana. Estimaron que las tres fueron responsables de los delitos de asesinato, atentado contra la autoridad y tenencia ilícita de armas, aunque la vio sólo como cómplice porque su cooperación «no fue esencial o decisiva».

El juez de la Audiencia revocó la decisión del jurado y la ‘salvó’ parcialmente al condenarla sólo a cinco años por encubrimiento. Tres de ellos por la tenencia de armas.

Sin embargo, los recursos llegaron al TSJ, que consideró probado que «Raquel sabía lo que se tramaba, que formaba parte del plan, que llevó a cabo su función, consistente en esperar en su coche en un lugar convenido a que Montserrat, disfrazada y con un arma de fuego, según lo acordado, matase a Isabel Carrasco, confirmando su presencia por teléfono para que Triana llegase con el arma en una bolsa y la depositase en el vehículo, yéndose seguidamente a sus ocupaciones y dejando pasar el tiempo hasta tomar la decisión de entregarla a la Policía».

Con estos argumentos, el TSJ corrigió al magistrado-presidente del jurado y volvió a elevar la implicación de Gago. Sin embargo, el Alto Tribunal castellano y leonés no apreció suficientes pruebas de que Gago supiera que ese arma que tenía borrado el número de serie y entregó en la Comisaría fuera el del asesinato.

Para la asesina confesa y su hija nada cambia. El Supremo rechaza los recursos de su defensa y confirma la condena impuestas por el TSJ, y antes en el veredicto del jurado y el auto del presidente de la Sala de la Audiencia, de 22 años para Montserrat González, por asesinato, y de 20 para Triana Martínez, como cooperadora necesaria.

Ambas permanecen ingresadas en el centro penitenciario de Villanubla, en Valladolid, después de ser trasladadas de la cárcel de Mansilla de las Mulas, en donde les abrieron varios expedientes por mal comportamiento, tal y como publicó este periódico.

La Sala no acepta ninguno de los argumentos de la defensa y mantiene que existió un plan urdido para matar a la líder del PP de León.

El letrado José Ramón García reclamó para Triana la absolución basándose en un encubrimiento no punible. Entiende que ella había protegido a su madre y que no conocía sus intenciones de asesinar a Isabel Carrasco.

García sostiene que la llamada que realizó Montserrat a Triana no fue para quedar después de matar a Carrasco y darle el revolver, dentro del plan que tenían urdido, según confirma el Supremo, sino que sucedió antes del crimen y Triana trató de disuadir a su madre.

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Tampoco atiende el Alto Tribunal a la petición de eximente de trastorno mental que esgrimía para rebajar la pena de la asesina confesa.