Diario de Valladolid

Palencia

El juez acuerda medidas cautelares para que no se usen los datos del pasaporte biológico de Marta Domínguez

Ordena a la Asociación Internacional de Federaciones de Atletismo que se abstenga de utilizar los resultados hematológicos de la deportista hasta que se resuelva la demanda por vulneración de su intimidad

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ICAL

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El juez del Juzgado número 7 de Palencia ha resuelto acceder a la solicitud presentada por la atleta Marta Domínguez y ordena a la Asociación Internacional de Federaciones de Atletismo que se abstenga de utilizar los datos de su pasaporte biológico hasta que se resuelva la demanda interpuesta por la deportista por supuesta vulneración de su intimidad.

Además de sus datos hematológicos, el juez, en un auto hecho público hoy, ordena a la Federación Internacional de Atletismo que no use tampoco los informes periciales que se hubieran basado en dichos datos.

El auto también establece que Marta Domínguez "deberá prestar caución previa en la cantidad de 3.000 euros".

De esta manera, el juzgado da la razón a la atleta que presentó un recurso de apelación el pasado 18 de junio ante la decisión inicial del juez de denegar medidas cautelares para evitar el uso de los datos recogidos en su pasaporte biológico.

Esa negativa del Juzgado se había producido un mes después de que la campeona del Mundo de 3.000 obstáculos fuese absuelta por el Comité de Disciplina Deportiva de la Federación de Atletismo en un expediente abierto por supuestas anomalías que la Federación Internacional de Federaciones de Atletismo detectó en su pasaporte biológico.

Al parecer, no existían pruebas suficientes para sancionar Marta Domínguez y sólo se habría detectado una desviación en uno de los valores que se corresponde al periodo en el que la atleta estaba embarazada. Posteriormente, Marta Domínguez presentó una demanda por supuesta vulneración de su intimidad.

En el auto conocido hoy el juez argumenta que aunque los datos de la atleta “no aparecen divulgados con conocimiento por terceros (…) por lo que quedaría salvaguarda la protección de datos y el derecho a la intimidad que asiste a la actora (…) no es óbice para que se entre a valorar aquí si al menos de forma indirecta la utilización de los datos hematológicos de la demandante dificulta que se haga efectiva la tutela que se pretende en el procedimiento principal”.

Frente a esta decisión judicial cabe un recurso de apelación en un plazo de 20 días.

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