Diario de Valladolid

Aldeamayor acumula 82.828 euros en tres despidos improcedentes

CCD-CI denuncia que las sentencias han obligado al Ayuntamiento a pagar estas compensaciones en sólo 28 meses, esta vez a la trabajadora del Centro de Día

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Santiago G. del Campo
Valladolid

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El portavoz del Grupo de Coalición de Centro Democrático - Candidatura Independiente (CCD-CI), Félix Calleja, desveló ayer la sentencia dictada el 17 de septiembre de 2018 por el Juzgado de lo Social número 2 de Valladolid, por la cual se declara improcedente el despido efectuado por la Alcaldía del Ayuntamiento de Aldeamayor contra la trabajadora del centro de día, Rita Sánchez.

La sentencia condena al Ayuntamiento de Aldeamayor de San Martín a optar entre la readmisión o el abono de la indemnización correspondiente. En esta ocasión la cuantía no es abultada –tan sólo 1.608,34 euros–, pero Calleja critica que se trata de la tercera ocasión en que el Ayuntamiento es condenado a abonar este tipo de indemnizaciones.

En sólo 28 meses el Consistorio ha tenido que abonar un total de 82.828 euros por estos conceptos, (31.050 a una aparejadora, 50.770 al una técnico de Cultura y ahora 1.608 a una trabajadora del Centro de Día).

«El Ayuntamiento de Aldeamayor de San Martín decidió por decreto de Alcaldía del socialista Fernando de la Cal, acatar la sentencia y optar por pagar la indemnización fijada por el Juzgado, para no tener que readmitir a la trabajadora», explicó Calleja. «Además ha autorizado, dispuesto y reconocido dicha obligación y ordenado el pago de la cantidad fijada con cargo a una aplicación del presupuesto municipal 2018».

Calleja indicó que es «una auténtica vergüenza que un supuesto equipo de Gobierno municipal de izquierdas despida a tres trabajadores de forma improcedente en sólo 28 meses», e indicó que «es fácil despedir con dinero de otros».

El Juzgado considera entre los hechos probados que la demandante, tras superar un proceso de selección, prestó servicios como personal laboral, para el Ayuntamiento de Aldeamayor de San Martín, en virtud de un contrato de duración determinada, a tiempo completo, desde 2 de enero de 2018, con categoría profesional Animadora Centro de Día.

El contrato terminó el 2 de julio de 2018, pero el Ayuntamiento suscribió al día siguiente, 3 de julio, un contrato análogo de obra o servicio determinado, a tiempo completo, con otra persona. Por otra parte, pese a poseer el puesto de un Complemento de Destino de 6.048 euros, la demandante no percibió cantidad alguna en concepto de este complemento, ni tampoco de complemento específico.

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