Tribunales
El Ayuntamiento de Valladolid pagará 500.000 euros tras dar licencia a una constructora que no pudo edificar
La Audiencia Nacional condena al Consistorio a indemnizarla por la obra ejecutada y la demolición
Le dio permiso en 2015 para construir un bloque de pisos en La Farola, pero Adif advirtió en 2019 que el proyecto invadía terrenos ferroviarias

Estado actual de la parcela de la calle Aurora, 36. en La Farola en la que no pudo edificar la constructora.
La Audiencia Nacional (AN) ha condenado al Ayuntamiento de Valladolid a pagar 492.193 euros, más los intereses devengados desde 2020, a la constructora La Cistérniga SA por haberla abocado a renunciar a una promoción de seis viviendas, dos apartamentos, garajes y trasteros en un bloque de la calle Aurora, 36, en el barrio de La Farola.
La sentencia 4567/2025 no es firme y contra ella cabe recurso de casación ante la misma Sala de lo Contencioso de la AN en el plazo de 20 días.
La AN es contundente en su reciente sentencia y recuerda que el Ayuntamiento de Valladolid, entonces gobernado por Óscar Puente (tomó posesión el junio de 2015), dio primero un permiso para edificar el bloque de viviendas a través de una licencia de obra anunciada en acuerdo de la Junta de Gobierno de Valladolid del 2 de diciembre de 2015 y luego, el 19 de abril de 2018, el equipo de Gobierno de PSOE y Toma la Palabra, aprobó el proyecto de ejecución de la obra.
La fecha de esta aprobación es clave para entender la sentencia condenatoria, ya que la AN establece que el Consistorio vallisoletano era consciente, en esta esa fecha de 2018, que autorizaba una obra que no podía concluirse por la nueva situación ferroviaria en el término de la capital vallisoletana con vías expandiéndose a lo ancho con una tercera vía de ancho internacional (de forma provisional, pero luego definitiva) para permitir la obra del soterramiento.
Ya que, según la sentencia, la edificación proyectada en la parcela de la calle Aurora 36 por la que Constructora La Cistérniga pagó 120.202 euros, «invadía la zona de dominio público y la línea límite de edificación».
Parada a los cuatro meses de empezar
La sentencia de la AN, en el apartado de Fundamentos de Derecho, recuerda que el 2 de diciembre de 2015 el Ayuntamiento de Valladolid concedió a Constructora La Cistérniga, S.A. la licencia para la construcción de seis viviendas, dos apartamentos, garajes y trasteros con cesión y urbanización de viario en una parcela de su propiedad en la calle Aurora 36 (barrio de La Farola) , que lindaba con la línea férrea de interés general de alta velocidad Chamartín-Bifurcación de Venta de Baños.
Casi toda la superficie de la parcela se encontraba dentro de la zona definida por la línea límite de edificación establecida en el artículo 15 de la de Ley 38/2015, del sector ferroviario y una parte de ella en la zona de dominio público establecida en el artículo 13 de dicha Ley.
La actuación siguió con todas las bendiciones y el 19 de abril de 2018 el Consistorio vallisoletano aprobó el proyecto de ejecución de la obra. Pero todo se frenó de forma brusca cuando el 18 de marzo de 2019, a los cuatro meses de haberse iniciado la construcción, ADIF requirió a Constructora La Cistérniga, S.A. la paralización cautelar e inmediata de la obra por no disponer de autorización para ejecutarla en la zona límite de edificación de la infraestructura ferroviaria.
Tras proceder a la paralización de la obra, la Constructora La Cistérniga, S.A. solicitó del ADIF su autorización para la ejecución de la misma. Como la edificación para cuya construcción se solicitaba la autorización invadía tanto la zona de dominio público como la definida por la línea límite de edificación, ADIF suspendió el procedimiento hasta que la solicitante obtuviera la reducción de la línea límite de edificación y de la zona de dominio público. Constructora La Cistérniga, S.A. presentó las oportunas solicitudes, a las que el ADIF dio trámite.
Sin que el administrador ferroviario hubiera llegado a dictar resolución sobre las solicitudes (de reducción de la línea de edificación y reducción de la zona de dominio público), el 10 de diciembre de 2019 Constructora La Cistérniga, S.A. desistió de las mismas e interesó el archivo de ambos expedientes.
Reclamó dos millones de euros
Pero la empresa dio un paso más. El 24 de enero de 2020 formuló una reclamación de indemnización de 1.277.458 euros frente al Ayuntamiento de Valladolid, al considerar que el proyecto autorizado por la licencia de 2 de diciembre de 2015 no podía ser realizado (ni aun cuando se hubiera reducido la zona demanial).
Imputó al Ayuntamiento el daño causado por haber otorgado la licencia sin comprobar que el proyecto era ejecutable. Y también demandó a ADIF. El entonces alcalde Óscar puente, en un decreto firmado el 18 de mayo de 2021, desestimó la reclamación, un revés que llevó el caso a un recurso ante el Juzgado Central de lo Contencioso 12, que no admitió responsabilidad ni del Consistorio de Valladolid ni del administrador ferroviario.
La clave es la licencia
Esta nueva sentencia desfavorable llevó a la constructora a llamar a la puerta de la AN en recurso de apelación y ahora ésta atiende la demanda de la constructora y lo razona asegurando que «de no haberse otorgado esa licencia y aprobado el proyecto de ejecución de la obra ésta no se habría iniciado y los perjuicios sufridos por la constructora serían de otra naturaleza y alcance, en todo caso, no serían imputables a ninguna Administración», razona el alto tribunal.
«Hemos de rechazar la alegación de que a la fecha de otorgar la licencia no había línea ferroviaria ni afección sobre la parcela. Tampoco cabe admitir el argumento de que estaba previsto el soterramiento de las vías. Pues es lo cierto que, a la fecha de la concesión de la licencia, existía la línea férrea Chamartín-Venta de Baños y el soterramiento no era más que un proyecto que ni estaba ejecutado ni llegó a ejecutarse en ningún momento. Y, en todo caso, a la fecha de aprobación del proyecto (abril de 2018), ya se había firmado el Convenio de colaboración entre el Ministerio, Adif, Renfe, Junta de Castilla y León y Ayuntamiento para la transformación de la red arterial ferroviaria de Valladolid», que mantenía la infraestructura ferroviaria en superficie, y dejaba obsoleto el Convenio celebrado en 2002 que apoyaba el proyecto de soterramiento», concluye.