Diario de Valladolid

El juez ordena revisar las imágenes de la cámara de un chalé de Boecillo enfocada al del vecino

El denunciante de Boecillo acusa al dueño de un chalé cercano de dirigir la cámara hacia su parcela y con «movimiento constante» / La Audiencia admite que tiene derecho a ver lo grabado

Cámara de seguridad y vigilancia.-E. M.

Cámara de seguridad y vigilancia.-E. M.

Publicado por
Íñigo Arrúe
Valladolid

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La Audiencia Provincial de Valladolid ha estimado el recurso de un vecino de Boecillo que denunció a un residente de un chalé cercano por haber tomado imágenes desde una cámara de videovigilancia «en constante movimiento» , aparato que enfocaba a su parcela y, sospecha, que grababa a sus familiares y amigos cuando estaban en la parcela. El tribunal vallisoletano corrige al  Juzgado de Instrucción 4, órgano que en, solo dos días desde que el supuesto afectado presentó la denuncia, acordó el sobreseimiento provisional y archivo de las diligencias previas incoadas el 29 de agosto de 2023.

Los hechos fueron denunciados en el puesto de la Guardia Civil el 29 de agosto de 2023 . Según recoge el reciente auto de la Audiencia, el presunto perjudicado declaró que su vecino tiene instaladas varias cámaras de videovigilancia , algunas dirigidas a la zona dónde suele aparcar su vehículo, y una tipo domótica que enfoca hacia su parcela  y que, constantemente, se mueve. 

El denunciante agregó a los guardias civiles que creía que grababa a su mujer, sus sobrinas y las amigas de éstas cuando se encontraban en su parcela.

El caso no prosperó en el juzgado instructor –el Ministerio Fiscal interesó el sobreseimiento–, pero el denunciante no se dio por vencido. Recurrió en reforma ante el propio Juzgado de Instrucción 4, que desestimó en auto de fecha de 6 de octubre la reapertura de la causa por el delito de re velación de secretos por particular, recogido en el artículo 197 del Código Penal. 

La siguiente baza que jugó, y ahora ha sido admitida, fue recurrir en apelación ante la Audiencia de Valladolid, que ha resuelto que, cuando menos, el interesado tiene derecho a comprobar qué imágenes se han podido grabar , y el tiro de la cámara respeta la intimidad del vecino.

Archivo «prematuro»

«Es parecer de la Sala que resulta prematuro sobreseer las diligencias sin llevar a cabo una mínima investigación de los hechos denunciados, sin haberse ordenado una inspección ocular por la Guardia Civil con examen de las imágenes grabadas, que permita descartar que ninguna de las cámaras de videovigilancia instaladas por el denunciado en su vivienda chalet puedan grabar a las personas que puntualmente pudieran encontrarse en la parcela del denunciante», razona el auto de la sección segunda de lo Peral.

 Agrega el tribunal, asimismo, que es pertinente que se compruebe si la altura a la que están instaladas las cámaras y la dirección a la que enfocan « tienen como único fin proteger la propiedad del denunciado sin posibilidad de captar imágenes nítidas de la parcela del denunciante», expone la resolución que ha tenido como ponente a José Alberto Maderuelo.

El auto dice más:  « Sólo cuando se pueda confirmar, se podrá dictar el sobreseimiento provisional de la caus a, ya que en este caso no se estaría vulnerando el derecho a la intimidad de terceros.  Por lo expuesto  se estima necesaria la citada diligencia de comprobación supervisada por el Juzgado instructor», concluye el auto de la Audiencia.

El artículo 197 del Código Penal prevé penas de prisión de uno a cuatro años y multa de 12  a 24 meses a quien, «para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento..., intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen». 

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