Diario de Valladolid

Dos años de cárcel para los padres de la exedil de Bobadilla por falsificar certificados Covid

Tras la condena de su hija el año pasado a dos años y tres meses de prisión por estafa y falsedad, los acusados acometieron el acto para así evitar que fueran desahuciados,

Los padres de la exedil de Bobadilla pactan 2 años por falsificar certificados Covid para evitar un desahucio. - EUROPA PRESS

Los padres de la exedil de Bobadilla pactan 2 años por falsificar certificados Covid para evitar un desahucio. - EUROPA PRESS

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La Audiencia de Valladolid ha impuesto dos años de cárcel al matrimonio formado por Francisco Javier F.S. y María Jesús C.M. por falsificar unos certificados Covid aparentando que eran positivos para así evitar que fueran desahuciados por el titular de la vivienda donde vivían. Los condenados son los padres de la que fuera edil de Festejos en el Ayuntamiento de Bobadilla del Campo, Inés María F.S, que el pasado año fue condenada a dos años y tres meses de prisión por estafa y falsedad, recientemente ratificada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

La sentencia de conformidad, recogida por Europa Press, ha sido dictada 'in voce' esta mañana en la Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia Provincial, donde la pareja ha ratificado el acuerdo por el que aceptan dos años de prisión y multa de 1.080 euros --Francisco Javier deberá pagar otra multa de 900 euros--como coautores de dos delitos de falsedad documental en concurso medial con dos delitos de estafa procesal en el que concurren la atenuante de reparación parcial del daño--han abonado ya 300 euros de la indemnización--y la también atenuante cualificada de dilaciones indebidas , informa Europa Press.

Las penas privativas de libertad, inferiores a los cuatro años iniciales que solicitaba el fiscal y los cinco de la acusación particular, no las cumplirá ninguno de los condenados al haberse acordado la suspensión de la ejecución , en el caso de ella por un periodo de tres años y en el del varón durante cuatro, periodos en los que ninguno de ambos podrá volver a delinquir, habrán de ir pagando la responsabilidad civil y, además, deberán estar siempre a disposición del tribunal y comunicar cualquier cambio de domicilio.

En concepto de responsabilidad civil, la pareja, de forma conjunta y solidaria, habrá de abonar al titular de la vivienda donde se alojaban en régimen de alquiler un total de 3.600 euros por las rentas impagadas, con el compromiso de pagar 200 euros mensualmente entre los dos hasta saldar la deuda.

La causa contra Francisco Javier F.S, que al igual que su hija fue en su momento concejal del PP en Bobadilla del Campo, y su esposa María Jesús C.M. tiene su origen en un juicio verbal por desahucio seguido contra ellos en el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Medina del Campo en cuya tramitación, con el ánimo de demorar la recuperación de la posesión de la vivienda en la que vivía por parte de la parte arrendadora, confeccionaron varios informes de pruebas Covid-19 en los que hicieron constar que la PCR había dado positivo y los aportaron al procedimiento como justificante para que el lanzamiento programado no se llevara a efecto.

Dichos informes los presentaron los días 4 de febrero y 18 de febrero de 2021, lo que provocó la suspensión de los lanzamientos señalados por el Juzgado de Primera Instancia 3 los días 10 de febrero y 3 de marzo del mismo año, cuando en realidad la única prueba de Covid a la que se sometieron los acusados fue el 24 de agosto, en ambos casos con resultado negativo.

Daños en la vivienda

Además del impago de rentas por el alquiler, la pareja, al conocer que iba a ser lanzada de la vivienda por impago, causó distintos desperfectos en el inmueble al rajar los sillones , realizar pintadas en las paredes y llevarse la lavadora , según la denuncia que en su día interpuso el arrendador.

Los condenados son, casualmente, padres de la exedil de Festejos en el Ayuntamiento de Bobadilla del Campo, Inés María F.S, condenada el pasado año a una pena de dos años y tres meses de cárcel por delito de estafa agravada y de otro de falsedad en documento oficial , al quedarse con el dinero que una amiga íntima había ido ingresando en una cuenta de la exmunícipe en la creencia, sin embargo, de que la misma pertenecía a la Agencia Estatal Tributaria y de que con ello dejaba libre de cargas el piso que pretendía vender.

Así, el fallo supuso dos años y tres meses de prisión y una multa de seis meses --6 euros diarios durante ese periodo--. Además, en concepto de responsabilidad civil, la condenada deberá indemnizar a los perjudicados en la cantidad global de 10.322 euros.

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