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Devuelven la patria potestad a los padres de un bebé hospitalizado por ingesta de cannabis y 'coca' en Valladolid

Los padres acudieron al Clínico con el bebé después de que hubiera ingerido las sustancias de forma accidental en noviembre de 2022

Hospital Clínico Universitario de Valladolid. - EUROPA PRESS

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La Audiencia de Valladolid ha acordado reintegrar la patria potestad al matrimonio cuyo bebé de un año ingresó en noviembre de 2022 en el Hospital Clínico Universitario tras haber sufrido una intoxicación por ingesta de cannabis y cocaína en el domicilio. El niño permanecía desde hace siete meses al cuidado de unos tíos abuelos paternos. El suceso se produjo cuando los padres del menor se personaron en el referido centro sanitario con su bebé tras haber tomado, accidentalmente, las referidas sustancias. El ingreso del bebé generó momentos de tensión cuando más tarde familiares del mismo pretendían llevárselo a casa, lo que obligó al servicio de seguridad a solicitar el apoyo de la Policía Nacional, que movilizó varios furgones policiales.

A raíz de ese ingreso, la Junta de Castilla y León privó al matrimonio de la patria potestad , si bien más tarde el Juzgado de Primera Instancia número 10, con fecha de 21 de marzo, dictó sentencia dando la razón a la pareja formada por A.R.V. y D.B.M, en el sentido de revocar la declaración de desamparo de su hijo emitida en fecha 17 de noviembre de 2022 por la Gerencia Territorial de Servicios Sociales y acordar el reintegro a los demandantes del ejercicio de la patria potestad y la guarda y custodia del mismo.

No conformes con ello, tanto la Gerencia Territorial de Servicios Sociales como la Fiscalía de Valladolid recurrieron dicha sentencia a fin de que se mantuviera la situación de desamparo acordada, medida que ahora ha sido desestimada otra vez por la Sección I de lo Civil de la Audiencia de Valladolid a través de una nueva sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press en fuentes jurídicas.

"Un niño cuidado y querido"

En su resolución, el tribunal recuerda que la prueba practicada en las actuaciones revela, como muy esclarecedora, la declaración de la pediatra del menor, según la cual el niño ha estado siempre muy bien cuidado dentro de su entorno socio cultural desde que nació y, con referencia a su experiencia profesional, sostiene que se trata de "uno de los mejor cuidados".

Con respecto al incidente de chupar o ingerir el hachís contaminado de cocaína que había en la vivienda, propiedad de un hermano del padre que visita ocasionalmente a esta familia, la pediatra sostiene también que, una vez advertido por la madre, la llamaron a ella y que la madre llevó al niño de inmediato al hospital, al tiempo que la experta califica la ingesta de "accidental, de accidente infantil sin más repercusión sin riesgo para la vida del niño , igual que podía haber ingerido cualquier otra sustancia tóxica de las que puede haber en una vivienda y que fortuitamente o casualmente puede quedar al alcance de un niño".

Pero además, la Audiencia Provincial se hace eco igualmente del testimonio de la técnico administrativa encargada de la coordinación y seguimiento del caso en cuanto a que se trata de un niño "querido, estimulado y cuidado, lo que no es habitual en casos similares" , y que la vivienda visitada es idónea por sus condiciones para el cuidado de un niño, sin que dude de que los padres le tratan bien.

"Apreciado que no existe desamparo , la consecuencia es la recuperación por los padres de la patria potestad y con ella la vuelta del menor a su compañía al ser una de las facultades y obligaciones de la patria potestad", sentencia la Sección I de lo Civil de la Audiencia Provincial.

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