Diario de Valladolid

Reconocen a un jubilado de Valladolid una subida de pensión del 5% por maternidad al tener dos hijos

La Seguridad Social deberá pagarle además atrasos por 5.000 euros / El Juzgado de lo Social advierte que es “discriminación “ por sexo que un varón no perciba el complemento

Edificio de la Seguridad Social en Valladolid. J.M. LOSTAU

Edificio de la Seguridad Social en Valladolid. J.M. LOSTAU

Publicado por
Íñigo Arrúe
Valladolid

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Un jubilado valladolid de 67 años percibirá una subida del 5% de su pensión de jubilación más atrasos por 5.000 euros , al estimar el Juzgado de lo Social número 2 de Valladolid que tiene derecho a percibir el complemento de maternidad por tener dos hijos. Ser varón, sostienen los jueces, no puede impedir que reciba el mismo derecho que tienen las mujeres en España.

El demandante, afiliado a la Seguridad Social en el Régimen General , tiene reconocida una pensión de jubilación, en un porcentaje del 88%, sobre una base reguladora de 2.853 euros , con efectos económicos desde 5 de julio de 2018, (en la práctica, 1.800 euros mensuales) por resolución de la Dirección provincial del INSS, de fecha 23 de julio de 2018. Es padre de dos hijos, de 41 y 37 años, y, por esta razón, solicitó su derecho a percibir el plus en su pensión de jubilación.

En concreto, interesó el reconocimiento del derecho a percibir el complemento de maternidad previsto en el artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social (Lgss), aunque su petición ante el INSS fue desestimada en dos ocasiones.  Pero el jubilado no se rindió. Presentó demanda judicial el 14 de diciembre de 2021 y ahora el Juzgado de lo Social 2 le ha dado la razón. La sentencia 19/2023 no deja lugar a dudas. «Planteada la litis en los términos expuestos, ha resultado indiscutido que el contenido del artículo 60 LGSS, en su redacción inicial, en tanto que únicamente reconocía a las mujeres pensionistas (jubilación, invalidez y viudedad contributivas) el derecho a percibir el de maternidad, comportaba una discriminación directa por razón de sexo , prohibida por la Directiva 79/7/CEE del Consejo.

Requisitos necesarios

El abogado Aitor Martín Ferreiro que ha defendido al pensionista en la demanda, reconoció que el reconocimiento del complemento a un varón del «ya se estaba reflejando en sentencias en juzgados de España desde noviembre de 2021» , aunque lo más novedoso es que ahora los jueces están creando jurisprudencia respecto a la retroactividad la fecha para cobrar el plus. «A mi cliente le corresponde un 5% por tener dos hijos. Si hubiese tenido tres hijos sería un 10% . Mi patrocinado empezó a cobrar pensión desde 2018 y los atrasos que ahora le corresponden por sentencia son unos 5.000 euros», precisó el letrado.

El letrado advirtió que para lograr el derecho a recibir el complemento por maternidad es necesario cumplir una serie de requisitos. El primero es que sea varón. Además debe de tener dos o más hijos, haber accedido a la jubilación de forma voluntaria (que no haya llegado al máximo de pensión a cobrar) y que se le haya reconocido la jubilación entre enero de 2016 y febrero de 2021. Es el plazo entre el tirón de orejas de Europa por «discriminación por sexo» y la fecha en la que la Seguridad Social modificó el artículo 60 de la Ley de Seguridad Social (la retroactividad del pago) que aboca al varón a un laberinto de tramitación desesperante y farragoso para lograr tan solo una propina ridícula. Disuasorio en toda regla. El último requisito es que la mujer del matrimonio no perciba el complemento.

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