Diario de Valladolid

El Tribunal Supremo obliga a Michelin a pagar los descuentos en las pagas extras por maternidad

CCOO destaca que el Supremo desestima el recurso de casación de la empres

Solares junto a la fábrica de Michelín. LOSTAU

Solares junto a la fábrica de Michelín. LOSTAU

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Redacción de Valladolid
Valladolid

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El Tribunal Supremo (TS) reconoció en una sentencia del derecho de los trabajadores de Michelin a cobrar las pagas extraordinarias, sin descuentos, pese a estar en situación de maternidad , paternidad y riesgo durante el embarazo o la lactancia, según informó hoy CCOO en un comunicado.

Dos años después de la sentencia de la Audiencia Nacional que condenaba a Michelin a pagar las cantidades descontadas de las pagas extraordinarias, el Tribunal Supremo desestimó el recurso de casación interpuesto por la empresa , por lo que ésta tendrá que proceder al pago de dichas cantidades.

La argumentación de CCOO y UGT durante el juicio dio lugar a una sentencia "muy clara" pues recordaron que la Audiencia Nacional declaraba “el derecho de todos los trabajadores de la empresa demandada a la percepción integra de las pagas extraordinarias de julio, septiembre y Navidad en los supuestos en los que durante su devengo o percepción tuvieran suspendido el contrato de trabajo por maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia de un menor de nueve meses. 

Además, condenó a la empresa a estar y pasar por dicho pronunciamiento y, a pagar a los trabajadores que en el momento del devengo de las pagas extraordinarias de julio de 2018 y septiembre de 2018 se encontraron de baja por maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia de un menor de nueve meses, al pago de la diferencia entre el importe íntegro de dichas pagas extraordinarias y las cantidades que les han sido abonadas en el momento del pago de las mismas”.

Michelin, entonces, interpuso recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Finalmente, y dos años después, el TS ha decidido desestimar este recurso de casación y reforzar los fundamentos de la demanda de CCOO y UGT, por lo que confirma en sus términos la sentencia y declara su firmeza.

Finalmente, los sindicatos indicaron que el fallo supone que Michelin debe rectificar y proceder al pago de las cantidades descontadas y no abonadas a los trabajadores y trabajadoras que han estado en estas situaciones desde 2018.

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