Diario de Valladolid

Condenada la ex cúpula de Urbanismo por modificar el Plan General Urbano de 2003

El ex edil García Coca recibe la mayor condena, dos años de cárcel, y Mezquita y Aller son condenados a 15 meses

Acusados en el ‘Caso PGOU’ durante una de las sesiones del juicio que se celebró en octubre en la Audiencia.-J.M. LOSTAU

Acusados en el ‘Caso PGOU’ durante una de las sesiones del juicio que se celebró en octubre en la Audiencia.-J.M. LOSTAU

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Íñigo Arrúe
Valladolid

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Condena de cárcel para la ex cúpula de Urbanismo en 2003, cuando era concejal José Antonio García de Coca, aunque ninguno de los tres acusados –el juicio se inició con 14, sumando diez constructores– tendrá que pisar la prisión por modificar el Plan General de 2004 con cambios de planos y normativa. El cuarto acusado de la cúpula de la Concejalía, el que fuera jefe del Servicio de Planeamiento Urbanístico, José Luis Cerezo Bada, quedó fuera del proceso en la décima jornada del juicio que se desarrolló entre los pasados días 16 y 31 de octubre.

La máxima pena recae sobre García de Coca, a quien la Audiencia de Valladolid le impone dos años de cárcel y un año y nueve meses de inhabilitación para el cargo de concejal por un delito de falsedad en documento oficial y varios delitos de prevaricación. Asimismo le condena a un año y nueve meses de inhabilitación por un delito contra el patrimonio histórico.

Además, el tribunal condena al que fuera responsable del área de Urbanismo en el Consistorio, Modesto Mezquita, a un año y tres meses de prisión e inhabilitación por un delito de falsedad en documento oficial y varios delitos de prevaricación urbanística. El entonces coordinador del área de Urbanismo, Luis Álvarez Aller, ha sido condenado por a un año y tres meses de prisión por los mismos delitos. La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.

La Sala, a la hora de fijar las penas, aprecia la atenuante de dilaciones indebidas de forma «muy cualificada», ya que han sido juzgados dieciséis años después de los hechos –lo que les ha rebajado dos grados la condena– y absuelve a los tres acusados de tráfico de influencias por el que también fueron juzgados por único interés de la acusación particular en nombre de la Federación de Vecinos ‘Antonio Machado’. Sin embargo, el tribunal ha rechazado de plano que concurriera este ilícito penal.

«Es cierto que, con cada una de las falsedades, se benefició a una serie de empresarios, propietarios de las parcelas o promotores, que consiguieron poder edificar más viviendas, o cambiar el uso de sus propiedades. Pero, primeramente, tales particulares han sido excluidos del proceso porque los delitos que se les habían imputado han prescrito. Además, es que la presión que estos ejercieran sobre los acusados no se ha acreditado en absoluto», zanja el tribunal.

Otra ventaja penal de la que se han beneficiado los tres acusados, como reconoce la sentencia, es la aplicación de solo el delito de falsedad en grado superior por ser más beneficiosa esta condena que la suma de penas por cada delito.

«Hemos considerado más beneficioso, en el caso de García de Coca, penar el delito más grave, la falsedad documental, en su grado superior, que resultaría de 4 años y 6 meses de prisión a 6 años. y, entendiendo que su actuación, al serle de imputación dos delitos de prevaricación que no les son imputables a los otros acusados, es más grave, la pena a imponer sería la de 5 años. pero, esta pena, debe rebajarse en dos grados debido a la concurrencia de las dilaciones indebidas, con lo que la pena resultante es de dos años de prisión». razona la sección cuarta.

Lo mismo ocurre en cuanto a los otros dos acusados, cuya pena base por delito de falsedad sería la de 4 años y 6 meses de prisión, pero que, aplicada la degradación por la atenuante, da como resultado la pena de 15 meses de cárcel.

Auto de rectificación

La sentencia definitiva llegó tras un hecho inusual. La Audiencia publicó inicialmente un fallo y, a los pocos minutos, lanzó un auto de rectificación para corregir errores relativos en expresiones puntuales como multa de ‘días’ en lugar de ‘euros’ o penas de prisión por multa, así como un añadido a la acusación particular en la bolsa de las costas procesales generadas.

La Fiscalía vio a los tres encausados autores de un delito de falsedad en documento oficial, cuatro de prevaricación y de otro sobre el patrimonio histórico, con peticiones para todos ellos de tres años de prisión. La acusación popular solicitó seis años y diez meses de prisión, para Coca, cuatro años y medio para Mezquita, y cuatro para Aller.

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