Diario de Valladolid

El jurado declara culpable al asesino de ‘Sebitas’ y la defensa solicita ahora 10 años de cárcel

El fiscal pide una condena de 14 años de prisión, 90.000 euros de indemnización y una orden de alejamiento hacia los padres de la víctima, por 24 años / El abogado de la víctima abandona la petición de absolución del acusado

El acusado Tomás A.S.S. en una de las sesiones del juicio.-J. M. LOSTAU

El acusado Tomás A.S.S. en una de las sesiones del juicio.-J. M. LOSTAU

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Lucía Roales

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El jurado popular declaró ayer culpable a Tomás A.S.S., de 41 años, de la muerte de Sebastián V., el pasado 9 de abril de 2017 en el paraje del Soto de la Medinilla, junto al río Pisuerga.

El jurado además ratificó la conclusión del fiscal, de que no hubo ni alevosía ni ensañamiento, a pesar de que la víctima recibió 21 puñaladas y cinco golpes en la cabeza propinados con un ladrillo.

Tras la lectura en audiencia pública, por parte del jurado popular, del informe sobre los hechos probados y no probados del caso, el fiscal procedió a declarar su petición de condena: 14 años de prisión, una indemnización de 90.000 euros y la prohibición de que el acusado se acerque a la familia de la víctima durante 24 años.

El fiscal detalló que esa condena se basa en tres puntos importantes: por un lado la utilización de un arma blanca y un ladrillo por parte del acusado, la multiplicidad de heridas que presentó la víctima y la intención por parte de Tomás A.S.S. de causar la muerte a la víctima.

La acusación particular rebajó la petición de cárcel de 20 a 14 años, pero mantuvo la indemnización de 120.000 euros. El abogado de la defensa, cambió de estrategia ayer y abandonó la petición de absolución del acusado, para reclamar que la pena se rebajara a 10 años, el mínimo establecido para los casos de homicidio.

En la lectura de su informe, el jurado, al igual que el fiscal, la acusación particular y el informe policial, consideró verídico el testimonio del testigo que vio a Tomás A.S.S. agrediendo a Sebastián V., que luego encontró el cadáver en el río Pisuerga y que, horas más tarde, alertó de lo sucedido a la Policía Local.

El jurado reconoció que aunque el testigo es una persona que se encuentra en el límite de tener reconocido un retraso mental leve, los peritos dieron validez a su testimonio.

También consideraron probados la sucesión de los siguientes hechos que ocurrieron el 9 de abril de 2017: Sobre las 16.15 horas Sebastián V. regresa a su domicilio contando a su madre que sospecha que Tomás A. le había quitado su teléfono, ausentándose nuevamente de su casa sobre las 16.30 horas, manifestándole a su madre que iba al domicilio de Tomás y que como no le devolviera el terminal «le rompía la cabeza».

Posteriormente ambos salieron en dirección al paraje conocido como Soto de la Medinilla, al no encontrar el teléfono Tomás comenzó a agredir a la víctima dándole patadas y derribándole al suelo, cuando apareció el único testigo, que abandonó el lugar de los hechos por miedo al acusado. Allí Sebastián intentó zafarse de la agresión a la que le estaba sometiendo el acusado, bajando por una vereda sinuosa que desembocaba en la orilla del río, pero Tomás lo alcanzó.

En ese lugar, Tomás, tras coger un ladrillo del suelo, le golpeó en repetidas ocasiones en la cabeza. Después, con una navaja, continuó la agresión y asestó al fallecido más de una veintena de puñaladas, dos en la región pectoral derecha, otras cinco en la zona lumbar y axila izquierda, dos en la zona derecha del abdomen y otra docena en la espalda.

Una vez muerto, el acusado arrojó el cuerpo al Pisuerga. Horas más tarde, el cadáver fue encontrado por el propio testigo de la agresión, que decidió volver al lugar de los hechos y encontró el cuerpo flotando.

También declararon probado que el testigo del suceso no tenía alterada su capacidad mental, por lo que no pudo verse alterada la verosimilitud de su testimonio.

Entre otros puntos del informe sobre los hechos no probados, el jurado popular habló sobre la versión de Tomás Alonso, que señaló que en la tarde de los hechos fue con la víctima a recoger tierra en los alrededores de un vivero de la zona. El caso quedó visto para sentencia.

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