Diario de Valladolid

Trece años por violar, pegar y vejar a su novia belga en Medina

La Audiencia sostiene que el agresor creó «una atmósfera de dominación»coincidiendo con la «absoluta indefensión de la víctima»

El condenado Outman A. en la sesión del juicio celebrada en la Audiencia de Valladolid.-LA 8 DE VALLADOLID

El condenado Outman A. en la sesión del juicio celebrada en la Audiencia de Valladolid.-LA 8 DE VALLADOLID

Publicado por
Íñigo Arrúe
Valladolid

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La Audiencia de Valladolid, que ya envió al marroquí Outman A. a prisión en la primera sesión del juicio por violación, maltrato, lesiones y vejaciones a B.R.C.B., la que fuera su novia belga en junio de 2014, ha condenado finalmente al acusado a 13 años de prisión y a satisfacer a la víctima, residente en Bélgica, con 6.500 euros en concepto de responsabilidad civil por los daños causados a la joven flamenca, de 29 años.

De esta forma, la Sección Cuarta de lo Penal rebaja en cinco los años que solicitaban la Fiscalía y la acusación particular al rebajar de 11 a 9 años la pena por delito de violación y en un año el delito de maltrato habitual (el fiscal pidió 3), para quedarse en dos años. También rebaja de cuatro a dos los delitos de lesiones en el ámbito familiar, con dos años de condena cada uno.

La condena a Outman, de 30 años, se completa con una pena de 10 días de localización permanente por un delito de vejaciones injustas, según la sentencia 105/18 a la que ha tenido acceso este diario.

Los hechos enjuiciados se remontan al 20 de junio de 2014 cuando el acusado llegó a Medina procedente de Bélgica con la perspectiva de encontrar trabajo. Le acompañó la víctima, que era entonces su novia, desde el mismo país y ambos pasaron unos días viviendo en la calle y se acabaron instalando tres días después en casa de S.F.M. una conocida del magrebí, ya que había sido pareja de otro norteafricano amigo de Outman.

En ese momento, según el tribuna, empezó el calvario para la belga. En una de las agresiones, el 28 de junio, Outman no soportó que la belga se hubiese ido a montar a caballo y cuando volvió a casa le golpeó causando lesiones en la muñeca y en el brazo izquierdo.

La víctima en la primera sesión del juicio reiteró –por videoconferencia– que fue violada en el baño del domicilio y además, en otras ocasiones la golpeó. unas veces con un cinturón y otras con un cable de cargador de móvil. Incluso un día le orinó encima cuando ella se encontraba en un banco.

La dueña de la casa corroboró punto por punto la denuncia de B. R.C.B. «Las agresiones eran continuadas y todos los días. Era algo constante, de forma verbal y física y estaba yo en todas ellas, hasta la última, que fue la violación del cuarto de baño. Ahí dije ‘basta ya’ y ‘nos vamos a la Policía’», narró en la vista oral.

Ydetalló la sarta de humillaciones. «Pegarla, cogerla del pelo y arrastrarla por el pasillo, llamarla prostituta, maltrato, vejación, escupirle, tirarla del sofá... todo lo más grave. Hubo también un empujón contra una ventana. Y fue muy peligroso, ya quedó en una postura muy comprometida puesto que era un tercer piso y pudo haber caído», indicó la dueña del piso.

violencia física

La Audiencia de Valladolid afirma que las lesiones enjuiciadas «en realidad fueron un conjunto de agresiones, de actos violentos, de humillaciones, que se fueron sucediendo a lo largo de tres días, creando esa atmósfera de dominación, de presión y de violencia física y psíquica, de manera persistente, precisamente coincidiendo con la situación de la más absoluta indefensión de su víctima».

Todo ello, porque la actitud se produce cuando B.R.C.B. aceptó «venirse a la aventura con su compañero sentimental a un país que no conocía, sin recursos económicos, sin conocer el idioma, sin conocer a nadie», agrega.

Esa actitud, según la Sección Cuarta «culmina con la violación, manteniéndola retenida durante una hora en el cuarto de baño, golpeándola y obligándole a mantener unas relaciones sexuales por vía anal que ella no quería mantener,

todo ello en un clima de violencia y de dominación hacia la mujer».

La Sala, que no aprecia que pueda concurrir una atenuante de drogadicción, impone al acusado la prohibición de aproximarse a la víctima, a menos de 500 metros, en cualquier lugar donde se encuentre, así como acercarse a su domicilio, y lugar de trabajo, y de comunicarse con ella, por tres años. Y al salir de la cárcel el procesado será sometido a la medida de libertad vigilada por tiempo de 6 años.

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