Diario de Valladolid

Colegio de abogados

El ICAVA no podrá baremar los cortes de un abogado

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Miguel A. Vergaz

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Aunque la denuncia contra el ICAVA tenía por objeto principal la cuota de entrada, la instrucción del expediente sancionador llevó a una posterior inspección por parte del Servicio para la Defensa de la Competencia y se amplió el contenido a dos cuestiones más. Una que afecta a todos los abogados y una segunda que concierne tanto a los letrados como a sus clientes.

La primera viene a cuenta de las cantidades que eran exigidas desde el ICAVA a sus colegiados para el sostenimiento del Consejo de la Abogacía de Castilla y León. Competencia estima que «el Colegio no tienen fundamentación jurídica para realizarla, puesto que resulta ser una obligación de los colegios de abogados integrados en dicho Consejo, pero nunca de sus colegiados». El ICAVA se compromete «a no solicitar ni requerir, ya sea de forma directa o indirecta, exención alguna por couta» para dicho Consejo.

Otro punto es la supresión de un baremo de recomendación en el cobro de los costes de los servicios de los abogados publicado por el ICAVA y que incluso estaba presente en la página web del Colegio. El Tribunal de la Competencia recuerda que la ley «prohíbe expresamente» las recomendaciones sobre honorarios, ya que «es claramente contraria a la libre competencia». El ICAVA adquiere así el compromiso «a no publicar ninguna referencia a los criterios de valoración en materia de tasación de costas» y no adoptar ninguna medida «que pueda derivar en recomendaciones, baremación o valoración de servicios profesionales».

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