Sucesos
El fiscal aprecia asesinato y pide ahora 18 años por el crimen de Aldeamayor
El acusado mantuvo en el alegato final su inocencia: «He cometido muchos errores, pero de ahí a que sea el autor de los hechos va un mundo»

El letrado de la defensa, Santiago Díez, y su defendido, Juan Manuel E.P. en una de las sesiones del juicio.-José C. Castillo
El presunto autor de la muerte de Avelino C.P., cuyo cadáver fue localizado el día 16 de enero en un pinar de Aldeamayor de San Martín, hizo ayer uso de su derecho a pronunciar unas últimas palabras, antes de la conclusión del juicio con jurado popular celebrado en la Audiencia Provincial, para proclamar de nuevo su inocencia.
Aunque Juan Manuel E.P. tenía previsto dar lectura a un folio manuscrito, el magistrado presidente de la sala interrumpió al procesado ante el temor de que dicho trámite pudiera traducirse en algún tipo de coacción hacia los miembros del jurado, con lo que el aludido se ha visto obligado a improvisar una breve declaración en la que, tras justificar que durante el juicio ha evitado cruzar miradas con ellos o con los testigos para evitar presionarles, ha pedido un fallo justo atendiendo a lo visto y oído a lo largo del proceso.
«He podido cometer errores a lo largo de mi vida, pero de ahí a que haya sido el autor de los hechos va un mundo», ha enfatizado el procesado, que de esta forma cerraba la cuarta y última jornada del juicio en la que las partes personadas en la causa expusieron sus informes finales en los que, como novedad más destacada, la fiscal, que inicialmente solicitaba 15 años por homicidio, se alineó con la acusación particular y elevó los hechos a la categoría de asesinato, merecedor de una condena de 18 años.
Y es que las acusaciones pública y particular, que solicitan indemnizaciones de 170.000 y 100.000 euros, respectivamente, coinciden en que de la prueba practicada ha quedado demostrado no sólo que Juan Manuel E.P. es el autor material de la muerte de Avelino C.P. (’Chacu’) por una disputa de drogas, con las que ambos traficaban, sino que dicho óbito se produjo de forma alevosa, pues, tal y como habrían acreditado los forenses, la víctima no llegó a defenderse.
En sus informes, los acusadores mantienen que todos los indicios y pruebas atestiguan que el procesado fue la última persona que vio con vida a la víctima, con la que concertó el 4 de enero de 2013 una cita en el aparcamiento subterráneo de la Plaza Mayor, para cerrar una operación de compra-venta de droga y que debido a los graves problemas económicos y personales de Juan Manuel, que se hallaba en proceso de separación, el encuentro concluyó de forma trágica.
La acusadora pública esgrimió hasta trece indicios claros de la culpabilidad de Juan Manuel E.P., entre ellos el elevado número de llamadas al teléfono de la víctima en la tarde noche de su desaparición y todas ellas entraron por el repetidor de El Otero, cercano a Aldeamayor.
Y recordó que ni el propio acusado supo dar una explicación coherente al motivo de que su vehículo hubiera albergado el cadáver de ‘Chacu’, salvo que este último hubiera utilizado el coche sin su permiso tras realizar una copia de la llave, algo que la fiscal, con ironía, comparó con la versión de la «bala mágica que mató a Kennedy».
La solicitud de condena de ambas partes contrastó con el fallo absolutorio y, alternativamente, por un delito de encubrimiento que mantuvo la defensa, que, en su informe, pidió al jurado que no se deje de llevar por sospechas, creencias sino únicamente por «certezas», algo que, a su jucio, brilla por su ausencia en un caso donde el único dato objetivo es la sangre localizada en el vehículo de su patrocinado, «lo que concluye únicamente que el cadáver estuvo allí, nada más».