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LA PRIMERA reglamentación para regular los establecimientos de restauración de la Comunidad, que no llegó a ver la luz, establecía unos requisitos sobre la utilización de productos de la tierra que causaron revuelo entre parte del sector hostelero. El motivo de la polémica era que obligaba a que las cartas de algunos restaurantes de Castilla yLeón incluyeran un determinado procentajede productos de Tierra de Sabor y de vinos de las denominaciones de origen.

Esta imposición solo afectaba a una treintena de los más de 5.400 restaurantes, los de cuatro y cinco tenedores, que apenas representan el 0,6% del total, aunque también a los de cualquier categoría que decidieran voluntariamente especializarse en alguna de las nuevas figuras que se recogían en el decreto elaborado por la Consejería de Cultura y Turismo. Los primeros debían disponer de vinos de al menos cuatro denominaciones de origen de Castilla y León y de productos de Tierra de Sabor, marca que cuenta con más de 4.400 referencias asociadas. Los restaurantes especializados, que aparecían regulados por primera vez en el borrador de decreto, estaban obligados a utilizar en sus platos, como mínimo un 35% de productos de Castilla y León.

Estas condiciones fueron contestadas por una parte del sector de la restauración y por la oposición parlamentaria, en desacuerdo con la imposición sobre la procedencia de las materias primas. Tras la controversia creada y después de un año, la Consejería de Cultura y Turismo recupera el decreto, pero modificado, ya que elimina la exigencia de que los establecimientos de restauración incluyan materias primas amparadas por la marca Tierra de Sabor o por alguna de las 60 figuras de calidad con las que cuenta la Comunidad.

El nuevo borrador establece que los restaurantes de lujo y los especializados deberán contar con una selección de bebidas «suficiente» de la variedad de las denominaciones de origen nacionales «o de otros distintivos de calidad, entre ellas las de Castilla y León». Otro tanto ocurre con los alimentos, a los que se exige una «calidad reconocida» pero no de necesariamente de procedencia regional.

Tras el retraso que acarrea, es necesario que la nueva reglamentación esté en vigor cuanto antes, por interés del sector y de los propios clientes, que saben así a qué atenerse a la hora de acudir a uno de estos establecimientos. Es acertado que la presencia de alimentos de Tierra de Sabor o vinos con denominación de Castilla yLeón no sea obligatoria, pero siempre será una garantía de calidad. Pero la normativa puede resultar en algunos aspectos demasiado genérica, por lo que convendrá afinar su redacción con la colaboración de los restauradores.