AYUDAS
Las preguntas de la PAC
2018 El sector tramita ya sus solicitudes con el asesoramiento profesional necesario y la ayuda del Fega y el portal PAC para resolver sus dudas

Franscico Javier Fernández, responsable del sector de la Alianza, con sus abejas en su explotación de Salamanca.-ENRIQUE CARRASCAL
El sector se encuentra en plena tramitación de las solicitudes de la PAC 2018, cuyo plazo de presentación finaliza el 30 de abril. Es el momento de revisar la normativa vigente, verificar las novedades que se han introducido, buscar asesoramiento profesional, y resolver todas las dudas que se pueden plantear con el objetivo de evitar incumplimientos que afecten a estos pagos, que suponen aproximadamente un 30% de la renta agraria.
Castilla y León y el Fega han reunido algunas de las preguntas frecuentes a las que se enfrenta el sector esta campaña, y que se detallan a continuación:
ROTACIÓN DE CULTIVOS
Una de las novedades de esta campaña es la prohibición del uso de productos fitosanitarios en determinadas superficies de interés ecológico, SIE, en concreto aquellas que son o pueden ser productivas, y que en el caso de España corresponde a los barbechos y los cultivos fijadores de nitrógeno. El agricultor debe recordar que para percibir el pago verde ha de respetar las siguientes prácticas agrícolas: diversificación de cultivos, mantenimiento de los pastos permanentes existentes y contar con superficie de interés ecológico SIE en sus explotaciones.
Para que las tierras en barbecho sean consideradas SIE, como explican desde la Consejería de Agricultura, no deberán dedicarse a la producción agraria durante, al menos, un periodo de seis meses consecutivo, a contabilizar entre el uno de febrero y el 31 de julio del año de solicitud. En estos barbechos queda prohibido el empleo de cualquier producto fitosanitario en el periodo comprendido entre el 1 de febrero y el 31 de julio.
Las superficies de barbecho que pretendan computarse como de interés ecológico, según el texto de la administración, no deberán haber estado precedidas por ningún cultivo fijador de nitrógeno que hubiera computado como de interés ecológico en relación con la solicitud única del año anterior.
En cuanto a los cultivos fijadores de nitrógeno que sean considerados SIE, se mantendrán sobre el terreno, al menos, hasta el inicio de la floración. En todas estas superficies queda prohibido el empleo de cualquier tipo de producto fitosanitario, incluido su uso en semillas.
El solicitante debe asegurarse de no declarar superficies de barbecho sobre una superficie que computó como SIE fijador en el 2017. La no observación de este requisito supone, según la Junta, un incumplimiento en las prácticas agrícolas beneficiosas, en lo relativo a contar con SIE, «aunque en 2018 la explotación disponga de otras superficies que cumplan la condición de SIE por encima del 5% necesario».
Además, en el momento de realizar el pago, utilizando los datos de las declaraciones gráficas de los años 2017 y 2018, se verificará de manera exacta el cumplimiento de las prácticas de pago verde para el año 2018 en el expediente, en lo relativo a la rotación de los cultivos fijadores de nitrógeno.
AGROAMBIENTALES
En relación a la variación anual de la superficie solicitada, la Consejería de Agricultura aclara que, con carácter general, esta variación será del 10 o del 20% de la superficie suscrita en el contrato, en función de la media agroambiental solicitada. Excepto en el caso del cultivo de la remolacha, cuya variación anual tiene dos límites. Por un lado, no podrá disminuir del 80% ni superar el 120% de la superficie de contrato y, a su vez, por otro no podrá superar una variación anual del 20% respecto a la superficie acogida a la medida agroambiental del año anterior.
AYUDAS
La ayuda a zonas con limitaciones se puede solicitar de manera individual por la propia explotación y/o como miembro de entidad asociativa por su cuota de participación. El resultado final de superficie en zona de montaña, de la propia explotación o de la suma de ambas, debe ser superior a cinco hectáreas.
PASTOS
El coeficiente de admisibilidad de pastos se aplica en 2018 igual que se venía aplicando hasta ahora, aunque se ha modificado la definición de pasto permanente y se reconoce la dehesa como tal. Son admisibles los pastos que contengan vegetación leñosa aprovechables por el ganado, bien por pastoreo directo o por que dicha vegetación proporcione alimento al ganado. Para que esta vegetación leñosa sea admisible debe seguir cumpliéndose el requisito de que sea accesible para el ganado.
CENSO GANADERO
Antes del uno de marzo, los ganaderos deben actualizar la hoja de censos de datos de sus explotaciones en el REGA, requisito imprescindible para recibir ayudas, como recuerdan desde Asaja.