Todo lo que debes saber sobre el desahucio express
Existe la posibilidad de que el 90% de las veces que nos encontremos en situación de desahucio tengamos la necesidad de que se agilice el proceso, por ello siempre es importante contar con un buen servicio de desahucio exprés

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¿Qué es un desahucio express ? es el procedimiento que simplifica y agiliza los trámites de desahucio. Si posees otras dudas respecto al tema, puedes tomar lápiz y papel y anotar las respuestas a las interrogantes más frecuentes:
La terminología de desahucio aplica para las ocasiones en las que se nos comunica la terminación de un contrato bien puede tratarse de un arrendamiento como un contrato laboral. En líneas generales se priva al inquilino de la posesión temporal del inmueble por razones de incumplimiento con el contrato de arrendamiento, la finalidad de este procedimiento es un desalojo que se lleve a cabo por orden judicial.
Lo cierto es, que en ocasiones este tipo de procedimiento se lleva a cabo de una manera abrupta que bien puede ser evitada con garantías que se establezcan antes del contrato original.
Al momento del desahucio el propietario del inmueble tiene el respaldo de un cerrajero y una orden judicial que le permiten el lanzamiento del individuo ajeno de la propiedad. El propósito es la toma del inmueble (si es necesario puede aplicar la fuerza) y cambiar cerraduras y candados.
Origen y ventajas del desahucio exprés:
Entra en vigor en España en el año 2009 como una modificación de la Ley de Arrendamientos Urbanos y la Ley de Enjuiciamiento Civil. Su objetivo es la protección de los procesos de arrendamiento en el que los mecanismos en casos de morosidad o impago por parte del inquilino permiten al dueño un desahucio inmediato y justificado. Algunas ventajas del desahucio exprés son:
- El tiempo que espera el propietario hace la solicitud del pago al inquilino hasta presentar la demanda se reduce de dos meses a uno.
- El propietario puede incluir en las condiciones en la demanda la posibilidad de perdonar la deuda total sólo si el inquilino desaloja por voluntad propia. El plazo máximo que el primero puede otorgar al inquilino para desalojar una vez impuesta la demanda es de 15 días.
- La presentación de la demanda puede ser personal o a través de una citación del juzgado.
- Los desahucios por impago o expiración de contrato poseen la cualidad de fijar la fecha y hora para que se lleve a cabo el desalojo. Antes, debía hacerse mediante una demanda ejecutiva para que tuviese efectividad.
Algunas dudas frecuentes sobre el desahucio exprés
¿Cuánto tiempo dura un desahucio exprés?
La media general comprende los 5 a 6 meses, sin embargo, cada proceso judicial es independiente del otro, lo que significa que todo dependerá del papeleo existente y de la disponibilidad del juzgado para adelantar el proceso.
¿El arrendador me debe advertir sobre la posibilidad de demanda en caso de impago?
No, no está en la obligación de recordar esta posibilidad ya que antes del contrato se deben establecer las condiciones, además de que el impago es un retraso innecesario.
¿Luego de cuántos impagos es posible el desahucio exprés?
El inquilino está en la obligación de pagar la renta en un periodo comprendido de los primeros 7 días de cada mes. Los tribunales son cada vez más puntuales a la hora de establecer condiciones, por ende, un solo impago puede ser motivo de demanda.
¿Qué puedo hacer si recibo una demanda por impago?
Las opciones que puedes llevar a cabo son:
- Pagar la renta y llevar a cabo la finalidad del contrato.
- Oponerse acreditando el pago.
- En últimas instancias, llamar a un abogado y esperar el lanzamiento para negociar una salida en la que ninguna de las dos partes se vean afectadas de manera negativa.
¿Y si cambio las cerraduras del inmueble?
Estarías llevando a cabo un delito por incumplimiento de las condiciones del contrato y de las condiciones de la demanda. Por consiguiente, las consecuencias pueden ser el desalojo inmediato u otra demanda por delito de coacción.
Las principales alternativas para evitar el lanzamiento de algún local comercial o vivienda son un acuerdo de refinanciación, un acuerdo de carencia, dación de pago y por último la suspensión total del plazo en el que se puede procesar el lanzamiento.