Diario de Valladolid

La Audiencia de Segovia desestima las cuestiones previas y mantiene el juicio de las prejubilaciones de Caja Segovia

Los magistrados tienen claro que la Fundación Caja Segovia tiene una posición “legítima” para ejercer la acusación particular

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Redacción de Valladolid
Valladolid

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Los magistrados de la Audiencia de Segovia desestimaron las cuestiones previas presentadas por las defensas de los once acusados en el caso de las prejubilaciones de Caja Segovia y dan continuidad al juicio oral conforme a lo ya acordado que, si no hay cambios de agenda, tiene señalados los días 5, 6 y 7 de febrero. El auto de la Audiencia considera viable y "legítima" que la Fundación Caja Segovia mantenga la condición de acusación particular.

Los tres magistrados José Miguel García Moreno, como presidente de Sala, y María Asunción Remírez y Álvaro Miguel sostuvieron que, el 6 de mayo de 2011, Caja Segovia trasmitió en bloque al Banco Financiero y de Ahorro (BFA) la totalidad de su patrimonio empresarial, con su negocio bancario, parabancario o de otra naturaleza, sólo con unas excepciones, pero sin que la entidad “se extinguiera entonces” porque quedó “la personalidad matriz", en la parte no segregada, los activos y pasivos de la Obra Social.

Para los magistrados, la marca Caja Segovia continuó porque conservó “su NIF”, mantuvo “su personalidad jurídica primigenia”, y al parecer la aseguradora Caser continuó haciendo allí “los ingresos derivados de las pólizas suscritas”, para el plan de prejubilación de los trabajadores de Caja Segovia. El auto dejó claro que, por imperativo legal, Caja Segovia, quedó transformada en Fundación Caja Segovia, informa Ical.

Ofendida y perjudicada

Según el auto, la Fundación Caja Segovia tiene una posición “legítima” como acusación particular, citando al Tribunal Supremo, en su resolución sobre la Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM), porque, ante delitos patrimoniales y socio-económicos, el titular de los bienes distraídos o del patrimonio en cuyo perjuicio se contrajeron obligaciones, en el momento de la comisión, es Caja Segovia, es decir, resulta ser “la parte ofendida”.

Los magistrados argumentaron que Caja Segovia era la titular del capital que, según las acusaciones, “se dispuso de forma indebida para las prejubilaciones”, y es también Caja Segovia quien “directamente resultó perjudicada”, a través de la dotación de las pólizas. En su opinión, denegar la posibilidad de actuar en condición de acusación particular al ofendido por el delito, como solicitaron las defensas en sus cuestiones previas, cuando estamos ante lícitos de apropiación indebida o administración desleal, “deviene un error manifiesto”.

La Audiencia de Segovia no aprecia “falta de legitimación activa” de la Fundación Caja Segovia para el ejercicio de la acción penal por falta de ostentación del crédito en la actualidad, sin perjuicio de las consecuencias que puedan derivarse, a la hora de determinar si la entidad habría de ser considerada beneficiaria de las responsabilidades civiles derivadas de los delitos, objeto de enjuiciamiento, si hubiera una “eventual sentencia condenatoria”.

El auto, de once folios de extensión, rechazó una a una las cuestiones previas presentadas por las defensas de los exdirectivos y exaltos cargos de Caja Segovia acusados por los delitos de administración desleal y apropiación indebida: Atilano Soto, Elena García Gil, Manuel Agudíez, Manuel Escribano, Antonio Tapias y Enrique Quintanilla. Así como, los argumentos planteados por las defensas de los acusados a titulo lucrativo: Juan Magaña, Oscar Varas, Malaquías del Pozo, Juan Antonio Folgado y Miguel Ángel Plaza, y de la aseguradora Caser, acusada como responsable civil.

 

 

 

 

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