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E.N.G. / VALLADOLID
Valladolid

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Estar registrado como pareja de hecho presenta algunas ventajas con respecto a quienes conviven sin estar inscritos. Pero si se compara con la seguridad jurídica que concede el matrimonio, los beneficios son pocos. La doctrina consolidada tanto desde el Tribunal Constitucional como el Supremo establecen que el matrimonio y la convivencia no son situaciones equivalentes, sino realidades jurídicamente distintas. Y, por tanto, con diferentes incentivos. 

¿Influye el tipo de unión si comparten hijos?

No hay diferencia entre matrimonio y pareja de hecho. Los derechos y obligaciones como progenitores son los mismos. En caso de ruptura, las medidas legales a favor de los hijos (guarda y custodia, pensión de alimentos y régimen de visitas) se tramitan sin distinción, independientemente de si están casados o no lo están.

Si fallece la pareja sin hacer testamento, ¿quién hereda sus bienes? 

Si no existe testamento, la pareja no tiene ningún derecho sucesorio: en caso de tener hijos en común, estos serían los herederos universales; de lo contrario, se inicia la línea ascendente hacia padres, hermanos y demás familiares por grado de consanguinidad. Puede darse el caso de que acabe heredando todos los bienes un primo lejano o, incluso, el Estado, mientras al conviviente no le corresponde nada. En el matrimonio, ante la ausencia de disposición testamentaria el cónyunge viudo sin hijos puede recibir la herencia al sobreviviente (salvo un tercio si hay padres).

¿Y si hay testamento? ¿Puede una pareja de hecho legar todos sus bienes a su compañero?

No. Sólo puede adjudicar un tercio de su patrimonio (el llamado ‘de libre disposición’), mientras que los dos tercios restantes irán a parar a los herederos forzosos. En autonomías forales donde sí se han desarrollado leyes para las parejas de hecho como Aragón, Cataluña, Galicia, País Vasco, Navarra y Baleares, sí se han equiparado los derechos sucesorios, pero no es el caso de Castilla y León.

Si uno de los miembros fallece, ¿el sobreviviente tiene derecho a pensión de viudedad?

La ley 40/2007 en materia de medidas de la Seguridad Social reconoció el derecho de las parejas de hecho a recibir una prestación de viudedad. Aunque la concesión de estas pensiones es una de las que presenta mayor casuística, en el caso de las uniones de hecho tienen requisitos más restrictivos que para los matrimonios. Por ejemplo, se exige un periodo mínimo de convivencia de cinco años y que los ingresos del sobreviviente no supusieran más del 50% de los ingresos familiares durante el año anterior.

En caso de ruptura, ¿el miembro más desfavorecido económicamente tiene derecho a una pensión compensatoria?

Algunas autonomías han recogido ese derecho en sus legislaciones. En Castilla y León, al no haber regulación para las parejas de hecho, si los convivientes no han pactado un sistema de compensaciones al inscribirse como unión de hecho, las posibles reclamaciones tendrían que formularse por vía judicial. Y existe amplia jurisprudencia con pronunciamientos en contra.

¿Pueden presentar la declaración de la Renta conjunta?

No. Sólo los cónyuges pueden tributar de forma conjunta. En el caso de parejas que conviven sin estar casadas, uno de los miembros puede presentar declaración conjunta con el hijo. El otro deberá presentar declaración individual.

¿Existe un permiso de vacaciones equivalente al establecido por contraer matrimonio?

Aunque el Estatuto de los Trabajadores no lo contempla, muchos convenios colectivos equiparan los permisos retribuidos a los del matrimonio añadiendo la coletilla ‘o parejas análogas’. Así, pueden disfrutar de los quince días de vacaciones por firmar en el registro de uniones de hecho, así como de los permisos generados por un cónyuge en situaciones familiares.

¿Cobran seguro de vida?

Salvo que la póliza lo especifique de forma expresa, los beneficiarios del seguro son los parientes del titular. Y una pareja de hecho no está considerada un ‘pariente’ de forma oficial.

¿La unión de hecho tiene validez internacional?

El no reconocimiento de la unión puede conllevar un disgusto en determinados países y situaciones. Desde no poder repatriar el cadáver de la pareja por no quedar reconocida la competencia para tomar esa decisión hasta tener prohibido el alojamiento en la misma habitación de un hotel del Golfo Pérsico porque es requisito estar casado.

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