Diario de Valladolid

Palencia

Una sentencia anula la revisión PGOU en la parte referida al "molino de las Once Paradas"

Expone que carece de uso en la actualidad, cuando debe decir que tiene un uso hidráulico en costas

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ICAL

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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo confirma en una sentencia hecha pública la anulación de la Orden FOM/1848/2008, de 16 de octubre, por la que se aprueba la revisión del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Palencia en lo que se refiere a la ficha número 30 del Catálogo de Elementos Protegidos sobre el "molino de las Once Paradas, junto al Puente Mayor" que carece de uso en la actualidad, cuando debe decir que tiene en la actualidad un uso hidráulico en costas.

De esta manera, la sala rechaza el recurso de casación presentado ante el tribunal al considerar que no se ha acreditado que los terrenos a los que hace referencia y clasificados en el PGOU de 1992 como suelo no urbanizable merezcan la consideración de urbano.

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