Diario de Valladolid

política

Los restaurantes deberán ofertar productos regionales

El nuevo decreto obligará a comedores de lujo, gastrobares y salones de banquetes a ofrecer alimentos de Tierra de Sabor y vinos de D.O. de la Comunidad

Uno de los comedores del Hostal Sardón de Sardón de Duero, en Valladolid-Mar Torres

Uno de los comedores del Hostal Sardón de Sardón de Duero, en Valladolid-Mar Torres

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Ismael Pérez

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El vino y los productos más cercanos entrarán por decreto en las cartas de los restaurantes de cuatro y cinco tenedores, los gastrobares y los salones de banquetes de la Comunidad, según recoge el proyecto de la nueva normativa de restauración elaborado por la Consejería de Cultura y Turismo.

El decreto, pendiente de recibir alguna iniciativa ciudadana en la plataforma Gobierno Abierto antes de ser de aprobado, pretende renovar el de 1999 incorporando los salones de banquetes, los restaurantes-bodegas y los gastrobares a la clasificación de tipos de establecimientos, además de los asadores y mesones, ya recogidos en la Ley de Turismo de 2010.

La exigencia de contar en la carta con vinos de un mínimo de cuatro de las nueve denominaciones de origen de la región y de productos de Tierra de Sabor se extenderá a los restaurantes clasificados como de cinco y cuatro estrellas, los gastrobares y a los salones de banquetes de primera categoría o dos cucharas. Para los de segunda el decreto solo demanda «alguna denominación» además de los productos de la marca regional.

Los mejores restaurantes, aquellos clasificados como de cinco tenedores o de lujo, ahora deberán tener también vestuarios para el personal de servicio, carta en braille, sumiller, zona de bodega, aparcamiento concertado, contenedores de reciclaje, admisión de tarjetas de crédito, servicio de reserva de mesa, comedor privado, composición nutricional de los platos y programas de formación propia.

Las obligaciones se van reduciendo hasta los de un tenedor o cuarta categoría, que deberán cumplir solo con los mínimos de cualquier establecimientos de restauración: agua caliente, extracción de humos, zona de almacenamiento apropiada, sistemas de climatización, medidas de ahorro de energía y agua, aseos con economizadores y un ratio de un inodoro por cada cincuenta plazas y un lavabo por cada cien en caso de gran tamaño.

Nuevos locales

Otra novedad será la obligación de contar con un ascensor cuando cualquier local tenga más de dos plantas además de la baja, una exigencia que la vieja normativa solo aplicaba a los restaurantes de lujo.

Entre los nuevos tipos de establecimientos que reconoce el decreto se encuentran los gastrobares, definidos como un establecimiento «que sirve tapas o raciones de autor empleando los mejores ingredientes, altas técnicas de cocina y presentadas de forma innovadora». La normativa obliga a estos a ofrecer una variedad de al menos 20 tipos de tapas distintas y una decoración acorde con su carácter innovador.

En los restaurantes-bodegas también contempla ubicarlos en bodegas que estén o hayan estado dedidacadas a la elaboración y conservación de vinos, a que dispongan de caldos de la bodega, aunque esté almacenado en barril, y a una zona de cata de vinos propios o de la zona.

Para los mesones el decreto cbliga también a contar con platos y bebidas típicas del lugar y camareros uniformados de acuerdo al ambiente tradicional del establecimiento. Por último, se permite a los asadores disponer de horno de leña o parrilla a la vista de los comensales siempre que se garantice la evacuación de humos. Los tres últimos se categorizan como restaurantes de dos tenedores.

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