Campaña especial de la Policía Local de Valladolid contra el alcohol y las drogas al volante: días de los controles
La iniciativa de la Policía Municipal con la DGT tiene como objetivo mejorar la concienciación de los riesgos que suponen su presencia a la hora de conducir

Archivo - Un vehículo de la Policía Municipal de Valladolid.
El alcohol es un factor que aparece con frecuencia o desencadena un tercio de los accidentes mortales y su presencia multiplica entre 2 y 15 el riesgo de siniestro. Es por esto que se considera como única tasa segura el 0,0%, puesto que su presencia aumenta el riesgo de accidentalidad y el de mortalidad. La campaña se celebrará entre el 13 y el 19 de julio.
En España es muy frecuente la presencia de sustancias psicoactivas en los conductores, las más comunes suelen ser el cannabis, la cocaína, las anfetaminas y las metanfetaminas. El consumo simultáneo de este tipo de sustancias también es un factor que aumenta al extremo el riesgo vial.
Esta campaña lo que persigue es la concienciación del peligro real que supone conducir bajo los efectos de alcohol o drogas, puesto que los peatones son los usuarios más débiles y necesitan estar en pleno uso de sus facultades físicas y mentales , para no correr ningún riesgo innecesario.
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Además de esto, se busca advertir de los efectos negativos que tienen, que abarcan desde aumentar el tiempo de reacción en las menores tasas, hasta tener graves problemas de percepción y coordinación en las más altas.
Es por estas situaciones que desde la campaña quieren mentalizar de la gravedad de estas conductas, además de controlar las tasas establecidas.
Estas cifras varían en función del cargo y la antigüedad del permiso de conducción. Para conductores generales, el máximo en aire espirado es 0,25 mg/l y 0,5 g/l en sangre; por otro lado, los profesionales y los noveles tienen permitido como máximo un 0, 3 g/l en sangre y 0,15 mg/l en aire espirado. En el caso de menores de edad la única tasa es la de 0,0%, con una multa de 500 euros en caso de incumplimiento.
En todas las situaciones está prohibida la conducción bajo los efectos de las drogas.
La apuesta que se tiene es la de erradicar a los conductores que se ponen al volante bajo la influencia de estas sustancias nocivas y poner en el punto de mira a los reincidentes.
Todas las penalizaciones las recoge el Código Penal. En el artículo 379.2 se establece una pena de prisión de tres a seis meses o una multa de seis a doce meses, con servicios comunitarios de entre 31 a 90 días y de uno a cuatro años sin derecho a circular por presencia de drogas. Las mismas penas son aplicables cuando en la tasa de alcoholemia se superan los valores de 0,6 mg/l de aire o de 1,2 en g/l de sangre.
Por otro lado, el artículo 383 pone penas de entre seis meses a un año de prisión y perder el derecho de conducción entre uno a cuatro años por negarse a someterse a las pruebas.
Desde el 6 de julio de 2022 se establece que es obligatorio el uso del alcoholímetro antiarranque en aquellos coches que puedan instalarlo.
Estas sanciones también conllevan la retirada de puntos del permiso de conducción. Se pierden 6 puntos cuando hay presencia de drogas, cuando se niega el conductor a hacerse la prueba o cuando un conductor general supera los 0,5 mg/l de aire o los profesionales o con un permiso de menos de dos años de antigüedad superan los 0,3 mg/l.
Por otro lado, cuando los profesionales y con menos de dos años de licencia están en valores entre 0,25 o 0,5 mg/l, se retiran 4 puntos.