CASO ATAÚDES
Caso ataúdes: La defensa carga contra el relato incriminatorio de un extrabajador que "buscaba chantaje y castigo"
El abogado del actual gerente del grupo El Salvador y la Funeraria Castellana vuelve a pedir la nulidad el proceso tras denunciar irregularidades en la investigación policial

En primer término, la familia Morchón Vaquero, en una imagen del juicio que se está celebrando en la Audiencia de Valladolid.
La defensa de la familia Morchón volvió hoy a pedir la nulidad del proceso del caso ataúdes que se juzga en la Audiencia Provincia de Valladolid por irregularidades en la investigación policial que destapó el presunto fraude por el cambiazo de féretros por otros más baratos y luego revenderlos a otras familias entre los años 1995 y 2015 en el grupo El Salvador y la Funeraria Castellana de Valladolid.
En concreto, la defensa de Ignacio M. V., hijo del fundador de la funeraria El Salvador del mismo nombre y principal acusado por el cambiazo de ataúdes junto a su hermana Laura, aseguró que se ha construido un relato incriminatorio desde un punto de partida que “no nos lleva a una investigación objetiva”. No en vano, subrayó que se ha tomado como “brújula” de la investigación a un empleado (Justo M.) que decidió utilizar el material para chantajear y castigar, “por el mero hecho de hacerlo”. En este sentido, recordó que el policía encargado del asunto dijo que le daba presunción de veracidad a unos papeles firmados por una persona. “Se parte de un hecho muy erróneo”, reiteró.
Según argumentó el abogado del actual gerente de la funeraria, que se enfrenta a 20 años de cárcel, la investigación policial en la que se basa la acusación se realizó al margen del Juzgado de Instrucción número 6, que entonces estaba investigando un caso de una posible extorsión a la funeraria por parte de un extrabajador, ya fallecido. De ahí que solicitara una sentencia absolutoria para su cliente.
Ayer, el Ministerio Fiscal rebajó la solicitud de condena para la mujer del empresario fallecido, María del Rosario V.L., y su hija Rosi, que se enfrentan cada una a once años de cárcel. En concreto, se les exime de los delitos de estafa agravada, apropiación indebida y contra el respeto a los difuntos, aunque conservan los delitos de blanqueo de capitales y pertenencia a grupo criminal. Después de que el lunes se retomara el juicio con las conclusiones de la Fiscalía y las dos acusaciones particulares, a partir de hoy toca el turno a las defensas de las 23 personas que se sientan en el banquillo. La primera correspondió a uno de los hijos del magnate de la funeraria, que se prolongó durante dos horas.
En su exposición, el representante legal del hijo de Morchón señaló, según recogió la Agencia Ical, que todo nace de un trabajador “envidioso y rencoroso”, que “amenaza y extorsiona”, que ahora se intenta "justificar, blanquear e incluso beatificar”. Fue entonces cuando recordó a la Sala de la Audiencia que la realidad es “tozuda”, ya que Justo está condenado por extorsión. “Le oímos decir que todo esto no era contra el hijo sino contra du padre”, añadió.
Expuso que Justo “perdió el norte”, tal y como quedó comprobado que en los años 2013 y 2014 redobló la recopilación de datos, ya que veía que estaba cerca de llegar a la jubilación y quedar con una pensión mínimo, además de mostrar su malestar por que el grupo funerario no contrataba a su hijo.
También hizo referencia a que cliente vio vulnerado su derecho a no autoinculparse, ya que en el caso de la extorsión, en la que declaró como testigo, la Policía, sin comunicación al juzgado, ya había puesto en marcha una investigación de la que luego resultó incriminado. Además, consideró una transgresión del derecho constitucional la investigación de la vida financiera de los ahora acusados durante 18 años.
Por lo tanto, la defensa concluyó que se ha llevado a cabo una actuación de la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) de la Policía Nacional sin amparo judicial, a la vez que recalcó todos los datos bancarios recabados han sido ocultados por el juzgado de instrucción y no figuran en la causa.
Ante todo ello, el abogado de Ignacio Morchón hijo pidió a la Sala un acto de desconfianza en la prueba obtenida de un chantaje, sin una metodología clara y una tesis económica que no se sostiene, sin olvidar una tesis económica que tampoco es real y, sobre todo, de una discusión sobre un conjunto de féretros que no tiene en cuenta 27.257 féretros comprados y solo discute sobre un número menor. “Les pido que distingamos lo que es una imputación objetiva, por razón ya no del cargo, sino por razón del apellido, de lo que es la verdadera prueba de autoridad. Estamos ante una situación completamente anómala”, comentó. Además, consideró que hoy una “multitud” de personas acusadas y sentadas en el banquillo que son “espectadores” de una “batalla entre el odiador y el odiado”, que ambos están muertos. “Les ha alcanzado la onda expansiva de esa pelea, pero no tienen nada que ver ni hay responsabilidad penal en todo lo que aquí hemos enjuiciado”, matizó.
También hizo referencia al cambio “radical” de posición del Ministerio Fiscal, al pasar de una calificación de delito medial a un concurso de normas. “Eso, en mi pueblo se llama plegar velas”, afirmó, tras señalar que ahora se planta a la Sala es que” como no puedo probar uno, a ver si hay suerte y probamos uno de los dos”. Todo ello, unido a la reducción de las penas, lanza un mensaje “claro” al tribunal.
Parte de su intervención estuvo centrada en que la prueba practicada en este caso ha sido “inútil”, al considerar que la declaración de los afectados no es necesaria por que no son parte del procedimiento. “De haber sido parte, tendrían que haber tomado declaración a 6.000 afectados y no a 200. Había que haberlos encontrado a todos, vivos o muertos”, dijo.
Reiteró la nulidad sobre la diligencia con afectación a derechos fundamentales como las intervenciones telefónicas, las entradas y registros, el inicio de la investigación y la prueba bancaria. Y es que criticó el acceso “masivo” a la vida económica de personas físicas y jurídicas durante un periodo de dos décadas, sin acordar una delimitación de sujetos ni de operaciones, ni de las cuentas ni de los periodos relevantes. “La intimidad económica bancaria es parte de la intimidad constitucionalmente protegida, por lo que requiere una resolución diferente, una valoración de idoneidad y de necesidad y de proporcionalidad muy distinta”, expuso.
Además, mantuvo la impugnación de la prueba referida a Rosmova y a Crisva, una empresa de carpintería que apenas tenía actividad y suministraba ataúdes a El Salvador que habían sido adquiridos como incompletos por tener defectos, al considerar que los actos de estas personas han quedado sobreseídas y archivadas.
Estimaciones no verificadas
Por último, reiteró la impugnación del valor probatorio de determinadas periciales, sobre todo a los informes firmados por el inspector de policía. “Me quejé del rol de este señor por que no se puede ser perito de seis asuntos, al haber hecho informes como contable, informático y técnico del gas, entre otros”, lamentó. También, declaró ha quedado probado que se basan en presupuestos que no son válidos, en estimaciones no verificadas y en una documentación incompleta, firmada por una persona que no tiene una especialidad en cada uno de ellas. “Hemos sufrido una contaminación del procedimiento”, sentenció.
En su opinión, se ha llegado a un juicio, cuando se pudo cerrar en instrucción una vez valorada la situación. Algo que no ocurrió por el arranque de una operación, con entradas y registros por más de 90 agentes de policía con armas largas a las puertas de un negocio, los medios de comunicación entran al tanatorio detrás los agentes, la rueda de prensa de altos cargos (directora de Hacienda, delegada del Gobierno y jefe superior de Policía) y la fiscal jefe sale en prensa a defender la instrucción realizada, además de que el inspector da presunción de veracidad a lo que dice un extrabajador. “Al final, la causa pasa los filtros del sistema y acaba en la Audiencia Provincial.
En este sentido, validó, según Ical, que el material que se encuentra a un extorsionador justifica una investigación pero otra cosa es que sus libretas y anotaciones y sus silencios e imputaciones se puedan convertir en pruebas suficiente. “Todo es circular”, apuntó. Volvió a cargar contra la actuación del Cuerpo Nacional de Policía que se “enamoró” de las explicaciones de Justo M. y tomó por buenas sus anotaciones.
Es por ello que calificó de “torcido” el trabajo de la policía por que la “sospecha”, con las anotaciones en las libretas del extrabajador, ha pasado, directamente a prueba y se ha valorado como “algo correcto”. “Aquí, todo depende de lo que ha escrito Justo, por lo que mi labor será evitar que el sesgo de confirmación se traslade a la sentencia”, afirmó.
Procedimiento civil y no penal
El defensor de uno de los principales acusados subrayó que el caso de los ataúdes debería haberse sido un procedimiento penal y no una acción penal, y así analizar si la empresa cumplió con el servicio funerario. “La pregunta es si la agencia funeraria ha cumplido con su contrato y la respuesta es afirmativa por que se incineraron todos los cuerpos, tal y como dijo la policía, y se ha prestado el servicio”, apuntó. Además, justificó que la manipulación, cambio y traslado de cuerpos se debe a las obligaciones que impone la ley. En este sentido, cuestionó que no hay ninguna norma que ponga que las incineraciones se deben realizar en una caja.
En todo caso, pudo existir un incumplimiento parcial del servicio funerario para el primer cliente y solo un ‘quanti minoris’ para el segundo, ya que no se le informó que adquiría un féretro de segunda mano. Por lo tanto, las familias solo tendrían derecho a reclamar un dinero. En este sentido, consideró que hay una calificación errónea de los hechos, ya que no ha habido un robo ni una sustracción y solo un mero hurto, lo que supondría una sanción administrativa.
También dijo que la funeraria no habría cometido ningún delito y solo una irregularidad fiscal de la empresa pero, en ningún caso, existe un delito de estafa, apropiación indebida, blanqueo de capitales ni falsedad documental, por que todos los certificados de las incineraciones -salvo algunos- fueron correctas.
Defensa de la viuda y dos hijas
Por su parte, la defensa de la viuda del empresario, María del Rosario V.L. y sus hijas Laura y Rosi, reiteró que lo único que ha quedado acreditado en el juicio es la extorsión que llevó a cabo el extrabajador Justo, que al final acabó condenado por ello. También coincidió con el anterior abogado defensor en la petición de la nulidad sobre la diligencia por las intervenciones telefónicas, los registros, el inicio de la investigación y la prueba bancaria, por lo que reclamó una condena absolutoria para sus clientas. Volvió a incidir en que el único jefe era de Ignacio Morchón, ya fallecido, tal y como han asegurado todos los empleados de la mercantil.
Apuntó que el juicio por el caso de los ataúdes es “difícil” para todas las partes y para la propia Sala de la Audiencia Provincial por que el “objeto” y las pruebas elegidas no están claras, sin olvidar que hubo una falta de llamamiento a testigos que estaban relacionados con el objeto de la acusación. “En Instrucción se hicieron muchas cosas pero pocas fueron elegidas por la propia jueza de Instrucción”, apuntó. También, consideró que la prueba de las anotaciones de Justo ha sido “muy parcial” por que la presunción de veracidad de lo que escribió en sus libretas no se cuestionó.” No queda acreditada la sustracción de féretros ni una operativa criminal”, declaró.
Además, cargó contra la premisa con la que partió toda la investigación policial de la imposibilidad de manejar un cuerpo y requería la participación de más personal de la funeraria.
También hizo referencia al papel de sus tres clientas, con las que hay un problema “evidente” de autoría, porque no se ha mencionado a ninguna de ellas durante los interrogatorios. Solo a Rosi, que se confundió con otra trabajadora con el mismo nombre. Por otro lado, confesó desconocer por qué el Ministerio Fiscal ha minorado la solicitud de penas de prisión para la viuda de Morchón y su hija Rosa, tras la retirada de los delitos de estafa y apropiación indebida mientras que mantiene los de constitución de organización criminal y blanqueo de capitales. “Es algo incoherente porque no ha habido ninguna prueba para acreditar su participación en una organización criminal, ya que la viuda era una mera administradora figurativa, tras el fallecimiento del dueño”, señaló.
En cuanto al papel que desarrolló Laura M. en el grupo funerario, dejó claro que no se ha podido acreditar su papel en la Dirección de la sociedad y que su labor se limitaba a ser una “correturnos” para cubrir las sustituciones y las vacaciones del personal de la recepción y más tarde en el área de Publicidad por estudios de Periodismo. Algo que nada tiene que ver con que pudiera contar con las llaves de la caja fuerte, una vez que fue detenido su padre por la policía. Mientras, su hermana Rosi solo se dedicaba a la facturación de clientes, sin llevar la contabilidad de la sociedad.
La defensa de ocho de los trabajadores de la funeraria -entre ellos, los dos hermanos de Morchón padre-, cuyos nombres aparecieron en las anotaciones de las libretas de Justo, siguió con la misma línea de dar presunción de veracidad a esos papeles frente a la presunción de inocencia, por lo que también solicitó una sentencia absolutorio de sus clientes. No en vano, consideró que ese material estaba “repleto” de contradicciones, imputaciones “imposibles”, incompatibilidad de turnos o incongruencias cronológicas.
En este sentido, recordó que Justo M. se incorporó como trabajador de la funeraria en marzo de 1995 aunque no empezó su actividad al cargo del horno crematorio de Santovenia hasta principios de 1997. Sin embargo, pese a no tener conocimiento de lo que podía estar pasando en el cementerio, atribuye 97 supuestos cambiazos de féretros.
En cuanto a la manipulación de la supuesta prueba fabricada por el extrabajador, mostró su sorpresa por que el Ministerio Fiscal ponga en duda la finalidad de la extorsión, que ya había sido condenado por este hecho. “La intencionalidad de esas anotaciones están fuera de duda y las fotografías están forzadas para dar una imagen tosca del féretro, además de manipular otras pruebas como las del horno crematorio con las llamas previamente preparadas y las posiciones anormales de los cadáveres”, expuso. Es por ello que reiteró que toda esta forma de actuar de Justo responde a una “animadversión” hacia Ignacio Morchón padre, que se agravó cuando conoció que su hijo no iba a ser contratado en la funeraria.
“No hay fotos ni vídeos de un cambiazo de ataúd pero la propia policía, en esa presunción de veracidad que ha operado de facto, decidió dar absoluta credibilidad a las anotaciones de Justo y no contrastó nada durante un año de investigación ni se había llevado una actuación indagatoria”, afirmó. En ese sentido, consideró que existe una “radical” insuficiencia aprobatoria, ante una investigación “puramente prospectiva”, en la que se dio presunción de veracidad a Justo. Prosiguió que la Policía reconoció que no realizó ninguna actuación de indagación a fin de acreditar las anotaciones de Justo respecto a cada uno de los trabajadores ni existen pruebas adicionales. “No hay llamadas, no hay mensajes, no hay instrucciones, no hay pagos, no hay reuniones, no hay reporte de funciones, no hay absolutamente nada”, concluyó.