Diario de Valladolid

La nueva Ley de Bienestar Animal: prohibido atar a los perros, dejarlos solos durante 24 horas y obligatorio esterilizar a los gatos

La normativa, que entra en vigor este viernes, recoge que habrá que hacer un cursillo para adquirir un can y estipula multas en el caso de incumplimientos

Una mujer pasea a su perro en las calles de Valladolid. -PHOTOGENIC

Una mujer pasea a su perro en las calles de Valladolid. -PHOTOGENIC

Publicado por
Diego González
Valladolid

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La Ley de Protección de los Derechos y el Bienestar de los Animales entra en vigor este viernes y serán varias las medidas que deberán de tener en cuenta los propietarios de mascotas y los hogares que convivan con ellos. Y es que en España, según recoge el Boletín Oficial del Estado (BOE) que recoge la normativa, aprobada el pasado 28 de marzo, hay más de 13 millones de animales de compañía registrados e identificados, de los que solo un 27,7% de perros están identificados con microchip , mientras que en el caso de los gatos se reduce hasta un 4,3%. De esta forma, se tiene el objetivo de "fomentar la protección animal la protección animal y prevenir el alto grado de abandono", así como impulsar la adopción, promover campañas de identificación y vacunación, cría y venta responsable.

En el caso de no cumplir con las disposiciones de la ley, se incluye diversas sanciones según el tipo de infracción. Si es leve, las multas pueden ir de los 500 a los 10.000 euros ; si es grave, entre 10.001 y 50.000 euros; y si es muy grave, entre 50.001 y 200.000 euros. En el caso de la sanción leve se tendrá en cuenta el incumplimiento de las prohibiciones y obligaciones.

Sobre la tenencia y convivencia responsable con animales, la ley establece que se deberán mantener unas condiciones de vida "dignas" para garantizar su bienestar, derechos y desarrollo saludable. Si viven en jaulas, acuario o terrarios, tendrán que disponer con espacios "adecuados" e tamaño, naturalización y enriquecimiento ambiental; mientras que se tendrá que cuidar la reproducción incontrolada, la deposición de excrementos o su identificación. Además, recoge que se deberá "superar la formación en tenencia responsable reglamentada para cada especie de animal de compañía" .

Por otro lado, queda prohibido el sacrificio injustificado, practicarles mutilaciones o modificaciones corporales permanentes, utilizarlos en peleas o adiestrarlos para esta práctica, así como instigar la agresión a otros seres o personas fuera del ámbito de actividades regladas, mantenerlos atados en espacios públicos o a vehículos en marcha, dejar sin supervisión durante más de tres días consecutivos -en el caso de perros, no podrá ser superior a 24 horas seguidas-, o el uso de collares eléctricos o de castigo que puedan causar lesiones.

Al respecto del acceso con animales domésticos a medios de transportes públicos, se facilitan de aquellos "que no constituyan un riesgo para las personas, otros animales y las cosas", pero los conductores de taxis o turismos habilitarán su entrada "de manera discrecional". En navieras, compañías aéreas y trenes, se tendrán que tomar medidas que faciliten el acceso de animales de compañía , siempre y cuando el titular respete las medidas de seguridad y vele por el correcto comportamiento del animal.

En establecimientos públicos y privados, alojamientos hoteleros, restaurantes, bares y  otros en los que se consuman bebidas y comidas, podrán facilitar la entrada de animales de compañía que no constituyan un riesgo para las personas, otros animales y las cosas, a zonas no destinadas a la elaboración, almacenamiento o manipulación de alimentos. 

Para la tenencia de perros, será próximamente obligatorio hacer un curso de formación gratuito y tener un seguro de responsabilidad civil . Como en el caso de los gatos, se tendrá que hacer la identificación por microchip, pero en el caso de los felinos, se deberán esterilizar todos antes de los seis meses , excepto los que estén inscritos como reproductores. El objetivo es controlar las colonias de gatos comunitarios y reducir de forma progresiva su población, por lo que las entidades locales tendrán la responsabilidad de hacer un "mapeo y censo" de aquellos de su término municipal,  identificarlos, esterilizarlos y controlar su salud . En concreto, para los animales de compañía, el objetivo es que la cría la ejecuten personas responsables que estén inscritas en el Registro de Criadores de Animales de Compañía.

En términos generales, se establece que los métodos educativos y de control del ser animal no pueden conllevar "sufrimiento o maltrato" ni tampoco "estados de ansiedad o miedo". Por otro lado, además de ejercer su vigilancia y evitar su huida, no se podrán dejar solos en vehículos cerrados , expuestos a condiciones que puedan poner su vida en peligro. 

Cada animal tendrá que pasar un reconocimiento veterinario periódico que tendrá que quedar registrado y documentado. Su localización será obligatoria, mientras que en caso de pérdida o sustracción se deberá comunicar a la autoridad competente en un plazo de 48 horas . Asimismo, se recurrirá a los servicios veterinarios cuando el animal lo requiera y se colaborará con las autoridades para comunicar el cambio de titularidad, extravío o muerte.

En el caso de animales de compañía (perros, gatos y hurones; animales de producción que se inscriban como animales de compañía por decisión de su titular; aves de cetrería; animales en acuarios no incluidos en el catálogo de especies exóticas invasoras ni de especies silvestres protegida), se tendrán que mantener integrados en el núcleo familiar, siempre que sea posible por su especie, en buen estado de salud e higiene.

Respecto a las prohibiciones, no se podrá maltratar o agredirlos físicamente, así como el uso de prácticas, métodos y herramientas invasivas que causen daños, sufrimientos u ocasionen su muerte. También queda registrado que no se dejarán sueltos a los animales en lugares públicos o privados de acceso público , especialmente en Parques Nacionales, cañadas donde pastan rebaños u otros espacios naturales protegidos.

No estará permitido utilizar los animales en espectáculos públicos o actividades turísticas o publicitarias que les llegue a causar angustia, dolor o sufrimiento. Así,  quedan fuera de este caso los espectáculos taurinos . La ley continúa con la prohibición en "todo caso" en atracciones mecánicas o carruseles de feria y el uso de animales silvestres en los circos.

"Someterlos a trabajos inadecuados o excesivos en tiempo o intensidad respecto a las características y estado de salud de los animales", es otra de los prohibiciones registradas en la Ley de Protección de los Derechos y el Bienestar de los Animales, al igual que la nula alimentación con vísceras, cadáveres y otros despojos "procedentes de animales que no hayan superado los oportunos controles sanitarios".

Se prohíben la utilización de animales como recompensa, rifa o promoción, ni tampoco como reclamo publicitario, excepto para el ejercicio de actividades relacionadas con los mismos. Además, no se permitirán usar artilugios, mecanismos o utensilios que limiten o impidan su movilidad en un punto fijo.

La venta, de perros, gatos y hurones solo podrá realizarse directamente desde la persona criadora registrada, mientras que queda prohibida la venta de animales no identificados. En el caso de los canes y felinos,  deberán tener una edad mínima de dos meses en el momento de la venta y se prohíbe la venta directa de cualquier tipo de animal de compañía a través de internet, portales web o cualquier medio o aplicación telemáticos

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