Diario de Valladolid

Los juzgados tumban los créditos multidivisas y obligan a devoluciones que superan los 50.000 euros

El Supremo sigue el criterio de los jueces de Valladolid y da la razón a un cliente de la provincia que no fue informado del «riesgo» de un préstamo «complejo» en moneda extranjera

Sucursal de Bankinter en la calle San Luis de Valladolid. -M.Á. SANTOS

Sucursal de Bankinter en la calle San Luis de Valladolid. -M.Á. SANTOS

Publicado por
Íñigo Arrúe
Valladolid

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Ya no es un caso concreto. La guadaña judicial está segando todos los préstamos con cláusula multidivisa , sentencias que no solo dan la razón al cliente que se adentró en el proceloso mundo de contraer deuda en otra moneda distinta al euro, sino que permite recuperar, y esto lo  más noticiable, cantidades de decenas de miles euros. No van al bolsillo, pero casi: las devoluciones se destinan a amortizar el principal. 

Los jueces de Valladolid y de instancias regionales y nacionales, tienen un criterio común y no dan un pase a los préstamos con cláusula multidivisa que hicieron fortuna en los años 2007 y 2008, pero que, al poco tiempo, se revelaron en la mayoría de casos como una trampa mortal . La deuda del particular que los suscribía en la moneda que tocara -–yens o francos suizos–, en lugar de reducirse mes a mes, aumentaba sin parar. Hasta 80.000 euros . Las entidades financieras mayormente afectadas son dos: Barclays (ahora integrada en Caixabank) y Bankinter.

Ahora es el turno de que el lentísimo periplo judicial de reclamación y posterior recurso a través de diferentes instancias, esté sentando en firme que las intrincadas cláusulas multidivisa (ojo,  no los contratos de préstamo contraídos) deben ser consideradas nulas . Los jueces y tribunales entienden que un español medio no tiene que estar asesorado por egiptólogos y artificieros de minas antipersonal para cerrar un contrato con un banco. 

Este diario publicó en el inicio de reclamaciones de vallisoletanos, el caso de una pareja de la capital del Pisuerga que  logró recuperar 100.000 euros . Aquel matrimonio suscribió con Bankinter en 2008 una escritura de préstamo con la entidad demandada por importe de 150.000  euros, pero no en esta moneda sino en  la japonesa: 24.535.500 yens, una  decisión tomada por ‘consejo’ de  Bankinter y que llevó a los demandantes a comprobar con estupor que su deuda, mes a mes, no menguaba,  sino que se incrementaba. 

Ahora, las últimas sentencias que ha conocido este periódico son todas en la misma línea de dar la razón a los clientes con tres argumentos que se repiten en las resoluciones: los clientes no fueron informados de forma adecuada de una cláusula que, de por sí, era «abusiva»; el producto que ofrecían era «muy complejo»  y, tercero,  ni siquiera los bancos les brindaron una simple simulación de la ‘aventura’ a la que se exponían

Crítica a los notarios

La uniformidad en las sentencias ha quedado plasmada recientemente en el auto del Tribunal Supremo de 12 de abril de 2023 que ratificó sentencias favorables a la nulidad de la cláusula multidivisa que plantearon  unos vallisoletanos. Ganó el juicio a Caixabank, tras un juicio en Primera Instancia 4 de Valladolid en 2018, resolución confirmada luego por la sala de lo Civil de la Audiencia Provincial  el 26 de febrero de 2021. 

El Supremo sostiene que los pestatarios «no recibieron información  precontractual suficiente para conocer los riesgos del contrato, incluido el incremento del capital, insuficiencia de información que determinan las nulidad de las cláusulas». 

El abogado que ha ganado el pleito, Antonio Castro Losada, informó que el dinero recuperado se aproxima a 25.000 euros y añadió que la jurisprudencia está fallando en la mayoría de los casos a favor de la nulidad. «En el caso de Valladolid la estadística es demoledora, porque están tumbando todas las cláusulas multidivisa. En mi caso, el cien por cien de los procedimientos que he llevado», indicó.  A modo de ejemplo, citó la sentencia ganada el  22 de febrero de este año a Caixabank. La dictó la sección 3 de lo Civil de la Audiencia de Valladolid y supuso el ‘retorno’ al cliente de 70.000 euros, un particular que suscribió un préstamo de 197.000 euros en multidivisa. Fue una resolución que ratificaba la queya  dictó Primera Instancia 4 en octubre de 2021.  O la sentencia anterior de la misma sala 475/2021 (confirmando la que dictó antes Primera Instancia 4 de Valladolid) que interpuso un particular contra Bankinter y pudo recuperar 78.400 euros. 

Un ejemplo de 173.400 euros de vuelta al bolsillo de 3 clientes vallisoletanos por un producto que ahora los jueces lo explican con palabras claras en sus sentencias condenatorias: un préstamo «abusivo», de «alto riesgo» y que se vendió «sin la información adecuada». En las sentencias también dan un tirón de orejas a los notarios por no verificar que el firmante se estaba metiendo en terreno peligroso. 

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