Diario de Valladolid

El Tarcyl rechaza el recurso y libera el inicio de la obra del paso de Padre Claret en Valladolid

Todas las resoluciones relacionadas con la integración del ferrocarril han sido favorables al Ayuntamiento

E.M.

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Javier Álamo
Valladolid

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El Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TARCYL)  desestima la reclamación contra la adjudicación de la obra del nuevo paso de Padre Claret del proyecto de integración del ferrocarril en Valladolid. El recurso fue interpuesto por Fernando Marco Blanco en representación de Marco Infraestructura y Medio Ambiente S.A. De este modo, la obra podrá comenzar en enero . Tras esta resolución, todas las adoptadas hasta la fecha relacionadas con la integración del ferrocarril han sido favorables al Ayuntamiento.

El alcalde de Valladolid, Óscar Puente, se hace eco de esta resolución a través de su cuenta de Twitter y resalta el hecho de que las resoluciones dictadas con anterioridad en este proyecto de integración del tren han dado la razón al Consistorio . Puente indicó esta mañana en el Ayuntamiento que la notificación se ha recibido hoy y disponen de 15 días para firmar el contrato con la empresa con el fin de que las obras comiencen en enero.

Según refleja el Tribunal en la resolución, evaluadas las ofertas se clasificó a OHLA como la mejor valorada . En fecha de 2 de septiembre de 2022, la Mesa de Contratación elevó al órgano de contratación propuesta de adjudicación a favor de OHLA. En fecha de 16 de octubre de 2022, confirmando integramente la propuesta de adjudicación de la Mesa de Contratación, el Consejo de Administración de Valladolid Alta Velocidad 2003, S.A., adjudicó a esta licitadora el contrato. Esta adjudicación fue notificada al resto de licitadores el 21 de octubre de 2022. El 14 de noviembre de 2022, Marco Infraestructuras y Medio Ambiente S.A., presentó ante este Tribunal recurso especial en materia de contratación. El 17 de noviembre de 2022 la Secretaría del Tribunal dio traslado del recurso interpuesto a los restantes licitadores, otorgándoles un plazo de cinco días hábiles para que, si lo estimaran oportuno, formulasen alegaciones. En fecha 24 de noviembre de 2022 se presentan alegaciones por la entidad Obrascon Huarte Lain S.A.

En su resolución del pasado 22 de diciembre, el Tribunal desestima el recurso interpuesto por Fernando Marco Blanco en representación de Marco Infraestructura y Medio Ambiente S.A. "contra la adjudicación de licitación convocada por Valladolid Alta Velocidad 2003, S.A., para contratar obras correspondientes al proyecto de construcción del nuevo paso peatonal y de bicicletas en las calles Estación y Guipúzcoa, uniendo Padre Claret con Andalucía en el punto kilométrico 249+300 de Línea de Alta Velocidad Madrid-Chamartín BIF. Venta de Baños, término municipal Valladolid"; expediente 258/2022.

Padre Claret1

Padre Claret1

En el segundo punto de la resolución, el Tribunal acuerda levantar la suspensión del procedimiento de contratación , de conformidad con lo establecido en el artículo 57.3 de la LCSP. El Tribunal declara, asimismo, que no se aprecia la concurrencia de mala fe o temeridad en la interposición del recurso, por lo que no procede la imposición de la multa prevista en el artículo 58 de la LCSP.

Según la resolución, el Tribunal observa que la justificación de la reducción del plazo de ejecución del contrato del adjudicatario "ha sido valorada por el técnico correspondiente y que éste ha apreciado la suficiencia de la misma para ser merecedora de la puntuación asignada. Es por ello, que considerando el técnico del órgano de contratación que la reducción en plazos estaba debidamente justificada, procedía el otorgamiento automático de los puntos referidos al adjudicatario, sin que se aprecie error manifiesto en tal apreciación por este Tribunal a la vista de la documentación aportada en la oferta".

El Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales indica que esta resolución "es definitiva en la vía administrativa" . "Contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación. 

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