Diario de Valladolid

El autor de fotos a alumnas se salva de la multa porque borró las imágenes

Se exponía a pagar 300.000 euros / La Policía las visionó pero no hizo copia ni detalló lo que salía

Imagen del colegio San Francisco de Asís y del patio donde estaban las niñas que fueron fotografiadas.-J. M. LOSTAU

Imagen del colegio San Francisco de Asís y del patio donde estaban las niñas que fueron fotografiadas.-J. M. LOSTAU

Publicado por
Íñigo Arrúe
Valladolid

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Salvado por la imposibilidad de determinar qué se veía exactamente en la foto y en el vídeo realizados a unas alumnas del colegio San Francisco de Asís de Delicias el 7 de marzo de 2018. De esta forma, el primer sancionado en España por tomar imágenes sin permiso, ha eludido el pago de una sanción estratosférica. Un varón que llegó a declarar a los agentes que le identificaron ‘in fraganti’: «Sé que está mal grabar a las niñas, pero es un impulso que no puedo evitar».

El vallisoletano A.A.A., que se enfrentaba a una sanción de hasta 300.000 euros, ha eludido la multa de la Agencia de Protección de Datos, ya que borró las imágenes, lo cual ha imposibilitado determinar si las niñas eran identificables, que es el nudo gordiano de una posible infracción.

También ha jugado a su favor que no hay constancia de que haya difundido las imágenes. El Cuerpo Nacional de Policía (CNP) sí que las visionó, pero ni realizó una copia de las mismas ni describió el contenido detallado de las imágenes, algo que hubiese ayudado a perfilar la comisión de una posible infracción.

TIRÓN DE OREJAS

La resolución 110/2019 de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), a la que ha tenido acceso este diario, declara el archivo de la infracción imputada a A.A.A. –un varón que se declaró insolvente y que vive con su madre pensionista– pero le recuerda que ha rozado la tragedia económica, ya que el nuevo Reglamento del Parlamento Europeo castiga la captación de imágenes sin consentimiento con una sanción máxima de 20 millones de euros el tratamiento de imágenes.

Y en su caso, la franja de multa sería de las más altas por tratarse de «menores» fotografiadas, además de advertir una «específica intencionalidad», tras la propia declaración del denunciado «de que no puede evitar tomar dicho tipo de imágenes».

El experto jurista Samuel Parra, especializado en materia de protección de datos, explica que el archivo de la causa obedece simplemente a la ausencia de pruebas contra el denunciado y por tanto prevalece el principio jurídico ‘in dubio pro reo’ según el cual, que en caso de duda, por insuficiencia probatoria, se favorecerá al imputado o acusado (reo).

«La prueba de cargo, si era tal, no existe. Hay una declaración de un agente que manifiesta que en esa foto y en ese vídeo había niñas, pero no se sabe si eran identificables o no. Y además todo se complica, ya que la foto y el vídeo se borraron. Por tanto la AEPD no tiene otra opción que archivar porque falta la prueba de cargo. Seguir actuando sería para redactar una resolución contraria a derecho», indicó el especialista. Efectivamente, la Policía escribió en su atestado de forma sucinta: el vídeo recoge «unas niñas jugando en el patio, así como una foto de las mismas». Fin de la descripción.

EXPEDIENTE PIONERO

«Sin fotos, hubiese podido bastar que, por ejemplo, el agente hubiese escrito en el atestado que se veía, por ejemplo, a una niña rubia o se identificara a otra media docena de escolares, pero el atestado no entra en detalles», agregó el letrado, quien indicó que el mero expediente abierto fue «pionero en España», porque la AEPD estableció que ya no es salvoconducto aquello de que son legales todas las fotos tomadas en espacios públicos y también que es necesario difundir las imágenes para incurrir en infracción, ya que la mera captura de una foto de una persona (adulta o menor) sin permiso, ya es susceptible de expediente.

El suceso se produjo el 7 de marzo de 2018 en el colegio San Francisco de Asís, cuando el expedientado. A.A.A., fue sorprendido tomando imágenes desde su coche. Apuntaba al patio y su objetivo eran unas menores que estaban en esta explanada del recinto.

Una trabajadora del centro alertó al 091 de la presencia del hombre dentro de un vehículo y que parecía estar tomando imágenes de las alumnas. Tras personarse una patrulla del CNP, los agentes constataron que efectivamente había tomado una fotografía a un grupo de niñas y además había grabado un vídeo, con el matiz de que las imágenes no eran de una visión general de las instalaciones educativas sino que estaban enfocadas a un grupo de chicas. Preguntado si contaba con el consentimiento del centro o de los padres para realizar fotografías a las alumnas, respondió negativamente. También reconoció que no había declarado un fichero de datos personales en la AEPD, ni informado a las chicas de su derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición a la captura de fotos y vídeo.

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