Diario de Valladolid

El juez impone 2.000€ a Clara Campoamor para personarse en el caso Sara

La presidenta de la asociación critica la exigencia y la atribuye a "un intento por tapar" las implicaciones institucionales en el asesinato de la niña

Imagen de la concentración en Valladolid pocos días después del asesinato de la niña.-J.M. LOSTAU

Imagen de la concentración en Valladolid pocos días después del asesinato de la niña.-J.M. LOSTAU

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Alicia Calvo
Valladolid

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El juez impone a la Asociación Clara Campoamor 2.000 euros de fianza como requisito para personarse como acusación popular en la causa judicial por el asesinato de la pequeña Sara, la niña de cuatro años que falleció tras haber sido violada y golpeada presuntamente por la pareja de su madre, el pasado agosto en La Rondilla.

La presidenta de la asociación, Blanca Estrella Ruiz, critica la decisión judicial, la califica de «vergonzosa» y entiende que responde a «un intento por tapar» las implicaciones institucionales el asesinato de la menor, por el que la madre de ésta y su novio permanecen en prisión.

El suceso conmocionó a la ciudadanía, después de que se supiera que, 22 días antes del brutal suceso, un pediatra dio la alerta por posibles lesiones en la pequeña, sin que ni Fiscalía ni Servicios Sociales de la Junta la protegieran.

La asociación presentará un recurso alegando que «salvo excepciones» en Castilla y León no les han exigido fianza para otras causas y que, dado que no recibe «subvención de ninguna institución», esa cantidad supondría impedir que pueda «ejercitar la acción popular».

Añade, además, que cuenta con «una trayectoria de años en Castilla y León acreditada»: «Hemos demostrado que somos una asociación seria y que vamos en defensa de las víctimas», indica el abogado de la entidad, Luis Antonio Calvo.

El auto judicial de Instrucción 6 expone que se acuerda la cantidad de 2.000 euros, bien en metálico o en aval bancario, porque «una fianza excesiva podría impedir la personación pretendida y una irrisoria convertiría en fatuo» este requisito.

Suma otra explicación: «La asociación que se persona ha sido parte en numerosos procedimientos en toda España y la cantidad se considera adecuada a los medios de quien se persona y a la importancia capital de los hechos que están siendo investigados».

Blanca Estrella Ruiz explica que espera que el recurso surta el efecto que desea y que esta cantidad disminuya sensiblemente. Si no sucede, avanza que recurrirá a la ciudadanía. «No solemos hacerlo, pero no tenemos ninguna intención de retirarnos», indica.

En opinión de Ruiz, en la decisión judicial ha pesado su aviso de que una vez se esclarezcan todos los hechos, la asociación se plantea actuar contra las instituciones que hayan incurrido en dejación de responsabilidades, «incluidas la Fiscalía, la Consejería de Familia y la autoridad judicial correspondiente».

Sin embargo, el auto expone –entre otros argumentos que se extienden a lo largo de quince páginas– que la sala «no ha podido encontrar ningún auto del Tribunal Supremo en el que no se fije fianza a quien pretende personarse en una causa ya abierta y en trámite ejercitando la acción popular».

Desciende el juez al detalle y se detiene en una resolución de 2014, de la Audiencia Provincial de Santander que sí llegó a exigir fianza a esta misma asociación.

A este respecto, el letrado de Clara Campoamor sostiene que en ese caso, en el que, según relata, un hombre mató a su pareja, «el juez inicialmente no impuso fianza» y sí lo hizo la Audiencia provincial «por un recurso presentado por el asesino».

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