Diario de Valladolid

El Supremo revoca una sentencia que envió a la cárcel a un constructor vallisoletano

Fue condenado a 3 años y a 6M€ de multa por la Audiencia Provincial en apelación y sin celebración de vista

Santiago Valbuena.-E.M.

Santiago Valbuena.-E.M.

Publicado por
Íñigo Arrúe
Valladolid

Creado:

Actualizado:

Doce años ha tardado el constructor vallisoletano Santiago Valbuena a que la Justicia le dé la razón y al final la ha obtenido. La satisfacción es alta, pero el camino ha sido una pesadilla: un ingreso en prisión por un año, un infarto y una multa de 6 millones de euros a Hacienda por presunto fraude fiscal inmobiliario.

Ahora el Tribunal Supremo ha revocado la sentencia condenatoria de la Audiencia de Valladolid de 2005, en un fallo que ya no tiene posibilidad de recurso ordinario. Y lo hace con una contundencia palmaria: «No debió ser condenado, porque se vulneró su derecho de defensa». La sección cuarta de la Audiencia le condenó a tres años de prisión y a la citada multa, en una apelación promovida por la Abogacía del Estado y por Fiscalía, «sin escuchar personalmente al demandante», como también advirtió antes el Tribunal Europeo de los Derechos Humanos de Estrasburgo.

Es el momento de Valbuena. De liberarse de la losa de pagar lo que quedaba pendiente de los 6 millones y también de exigir indemnizaciones de 6 millones por los daños materiales, morales, gastos y costas.

Ayer no paraba de repetir: «¿Quien me resarce de los años que he vivido, de todo lo que he perdido, del infarto que sufrí o del tumor cerebral de mi mujer?».

«Me metieron tres años de cárcel y estuve un año en prisión más otra larga temporada con la pulsera y yendo a dormir. Se pensaron que era Mario Conde y me cogieron como chivo expiatorio. Fue una sentencia que quería ser ejemplar. Un zurriagazo tremendo. Y para salir de la cárcel, tuve que avalar todo para cubrir la deuda íntegra con el piso de que tenía en la Plaza de España. En definitiva, una angustia que no se la deseo a nadie», resumió ayer el que fuera administrador único de la sociedad promotora de viviendas Vivascom S.L.

Parcelas en Zaratán

Los hechos por los que fue juzgado y absuelto en primera instancia se remontan a 1999, cuando Vivascom adquirió y vendió distintas parcelas de Zaratán, en lo que la Fiscalía entendió como una operación de especulación inmobiliaria.

Valbuena compartió banquillo por estos hechos en 2005 con José Luis F. U. y Valeriano G. L., administradores únicos a su vez de Feruce Promociones Inmobiliarias S. L. y de Construcciones Lezgon S. L., si bien entonces la titular del Juzgado de lo Penal número 2 dictó sentencia absolutoria para los tres por entender que los hechos no eran constitutivos de delito.

Pero ahí no acabó la batalla judicial para Santiago Valbuena. La Abogacía del Estado y la Fiscalía apelaron. Y no solo eso. El gerente de Vivascom se quedó como único acusado, ya que falleció poco después el administrador de Feruce, en tanto que al representante de Lezgón le fue retirada la acusación.

La Audiencia de Valladolid estimó el recurso de la Abogacía del Estado y le condenó a tres años de prisión por un delito de falsedad en documento público en concurso con un delito contra Hacienda, además de imponerle el pago de una multa de 4.185.000 euros –el triplo de la cuantía defraudada al fisco– y de una indemnización en favor de la Hacienda de 1.391.000 euros, con lo que la cuantía final se elevó a casi seis millones.

La Audiencia sostuvo que Valbuena, con el fin de aumentar ficticiamente el precio de adquisición, se puso de acuerdo con el representante de Feruce para que esta sociedad apareciera como compradora de algunas fincas para luego vendérselas a Vimascon al doble del precio real.

Gracias a la entrada en la operación de Feruce como «sociedad interpuesta o pantalla», la Audiencia entendió que el condenado logró reducir los elevadísimos incrementos patrimoniales que se habían producido por parte de Vimascon y por los que tenía que efectuar la correspondiente declaración de tributos ante la Hacienda Pública, a efectos del Impuesto de Sociedades y del IVA soportado deducible.

Estrasburgo

La sentencia era inapelable, pero quedaba Estrasburgo. Valbuena, licenciado en Derecho, sabía que se habían vulnerado sus derechos, ya que no le llamaron a defenderse. Fue una sentencia de contestación a una apelación y no hubo vista.

«No me llamaron ni a declarar. Directamente me condenaron y eso que estaba absuelto. Si me hubieran condenado en primera instancia, hubiera ido a negociar, como han hecho otros promotores de Valladolid», recordó. Tras pedir el indulto, apeló al Tribunal de Derechos Humanos, que, en diciembre de 2011, falló contra España por condenar a Valbuena sin que este acusado pudiera ser escuchado. Este dictamen europeo permitió al promotor llamar hace dos años a la puerta del Supremo, porque desde 2015 las sentencias del tribunal europeo son de obligado cumplimiento. De hecho, esta puede ser de las primeras sentencia del TS en este sentido.

tracking