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El cannabis ya es legal en España: Consejo de Ministros aprueba un Real Decreto para uso medicinal

El cannabis medicinal ha dado un paso adelante en España con una regulación que por fin aterriza en la práctica clínica. Este avance convive con la necesidad de distinguir claramente los componentes más conocidos de la planta, el CBD y el THC, y con la evidencia sobre el valor terapéutico del cannabidiol en indicaciones concretas

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El cannabis, legal para uso médico desde octubre de 2025

El 7 de octubre de 2025 el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto 903/2025, de 7 de octubre, por el que se establecen las condiciones para la elaboración y dispensación de fórmulas magistrales tipificadas de preparados estandarizados de cannabis. Esta norma regula el uso del cannabis medicinal mediante preparados estandarizados, prescritos por médicos especialistas y dispensados en servicios de farmacia hospitalaria. El decreto contempla su empleo cuando otras alternativas médicas tradicionales no han funcionado, con especial atención a dolor crónico, espasticidad en esclerosis múltiple, epilepsia refractaria y náuseas o vómitos por quimioterapia.

Las fórmulas magistrales con preparados estandarizados de cannabis solo podrán ser prescritas por médicos especialistas y deberán elaborarse y dispensarse exclusivamente en servicios de farmacia hospitalaria bajo seguimiento clínico individualizado.

Los preparados estandarizados deberán estar registrados en la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS), garantizando su calidad, seguridad y dosificación adecuada, encargándose la misma agencia de publicar monografías clínicas con indicaciones, condiciones de uso y dosificación.

Este marco normativo no modifica el uso recreativo ni legaliza productos derivados del cannabis de los que se pueden encontrar en cualquier tienda CBD. Dichos productos, como las flores CBD, resinas u otros productos derivados de CBD seguirán guiándose por las mismas leyes de actuales, mientras que el cannabis de uso médico quedará bajo control de la AEMPS, que contará con un sistema de autorizaciones para cultivo con fines médicos y científicos, lo que asegura abastecimiento bajo control sanitario. 

CBD y THC: diferencias esenciales

Los productos médicos derivados del cannabis pueden tener dos principios activos diferentes: el THC y el CBD. El THC (tetrahidrocannabinol) es el principal compuesto psicoactivo del cannabis. Puede alterar percepción, memoria y coordinación y, a dosis elevadas, generar efectos indeseados como ansiedad o taquicardia. El CBD (cannabidiol) no es psicotrópico y modula algunos efectos del THC, por lo que se estudia como opción terapéutica con mejor tolerabilidad en múltiples cuadros clínicos.

Mientras el THC se asocia a euforia y cambios cognitivos por su acción directa sobre receptores CB1 del sistema endocannabinoide, el CBD actúa de forma indirecta en varias dianas (receptores serotoninérgicos, TRPV, entre otros) y no genera “colocón”. Esa diferencia funcional explica por qué, en entornos clínicos, el CBD se considera una herramienta con perfil de seguridad más amable para ciertos pacientes. 

Potencial terapéutico del CBD

La evidencia científica sobre el CBD ha crecido y se consolida especialmente en epilepsias refractarias infantiles, donde formulaciones farmacéuticas estandarizadas han mostrado reducción de crisis en síndromes como Dravet y Lennox-Gastaut. La regulación española alude a este tipo de escenarios, en los que la relación beneficio-riesgo puede resultar favorable bajo supervisión especializada.

En dolor crónico, el CBD (solo o combinado con THC en proporciones controladas) se investiga como parte de estrategias multimodales para mejorar la calidad de vida, reducir la hipersensibilidad y, en ocasiones, permitir ajustes de analgésicos convencionales. Las revisiones recientes señalan efectos analgésicos y antiinflamatorios prometedores, aunque la respuesta varía entre pacientes y la dosificación óptima requiere individualización.

También hay interés creciente en espasticidad por esclerosis múltiple, náuseas y vómitos inducidos por quimioterapia y trastornos del sueño asociados a enfermedades crónicas. En estos ámbitos, el CBD puede aportar alivio sintomático con un perfil de efectos adversos manejable, sobre todo frente a somnolencia, diarrea o cambios de apetito. La falta de psicoactividad favorece la aceptabilidad clínica, siempre que el preparado sea estandarizado y con controles de calidad farmacéutica.

¿Cómo se toma el CBD?

El CBD puede administrarse en aceites o tinturas sublinguales (colocando las gotas bajo la lengua durante 60–90 segundos), cápsulas y comprimidos, comestibles, flores o extractos para vaporización y formatos tópicos (cremas, geles y parches). Para calibrar la dosis conviene empezar con cantidades bajas y aumentarlas de forma progresiva cada 3–7 días hasta encontrar el punto efectivo (principio “start low, go slow”). Lo ideal es mantener una pauta constante, anotar sensaciones y tomarlo con comida rica en grasa puede mejorar la absorción.

Antes de incorporar CBD, especialmente si hay medicación crónica, consulta con un profesional sanitario por posibles interacciones (CYP450) y pauta individualizada. Prioriza productos con análisis de laboratorio, concentración clara en mg, lotes trazables y ausencia de contaminantes; en tópicos, busca formulaciones con buena penetración cutánea y uso localizado. Para profundizar en tipos de productos, efectos y pautas prácticas, puedes revisar esta guía práctica del CBD.

Seguridad, calidad y acceso con la nueva ley

La seguridad depende de productos regulados, concentración conocida y acompañamiento profesional. El Real Decreto orienta la prescripción a especialistas y la dispensación a farmacias hospitalarias para garantizar seguimiento clínico y farmacovigilancia. La AEMPS definirá las monografías que establecerán indicaciones, límites de THC/CBD, ajustes de dosis y compatibilidades con otros fármacos.

En cuanto a interacciones, el CBD puede influir en enzimas hepáticas (CYP450), algo a considerar con anticonvulsivos, anticoagulantes u otros tratamientos crónicos. Por eso la supervisión médica resulta imprescindible, especialmente en pacientes polimedicados o con comorbilidades. La literatura biomédica también recuerda que la respuesta clínica es heterogénea y que se necesitan más ensayos robustos para acotar dosis, duraciones y subgrupos con mayor beneficio. 

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